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Descripción

EDICTO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO UNICO PROMISCUO DE FAMILIA DE PLATO - MAGDALENA, POR MEDIO DEL PRESENTE. HACE SABER: Que mediante auto calendado treinta y uno (31) de Mayo de dos mil veintidós (2022) dentro del radicado 47555-31-84001- 2022-00049-00, se ordenó el emplazamiento de todas las personas que se crean con derecho a intervenir en este proceso, para que dentro del término de ley, se hagan presentes a hacer valer sus derechos, lo cual se hará únicamente en el registro nacional de personas emplazadas, sin necesidad de publicación en un medio escrito, como lo establece el artículo 10 del Decreto 806 de 2020, entendiéndose surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro. Por secretaría procédase a su inclusión en el registro mencionado. Para que se surtan los efectos señalados en el artículo 108 del C.G.P del C.G.P. y acorde con lo establecido en el artículo 10 del decreto 806 de 2020, se publicará el presente edicto en el Registro Nacional de Emplazados. Se expide en Plato-Magdalena, a los treinta y uno (31) de Mayo de dos mil veintidós (2022). El Secretario, IGNACIO SAMUEL ROYER ARIAS. Secretario. IDWEB:1546325

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2022-08-14 00:02:43

Ficha técnica

EDICTO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO UNICO PROMISCUO DE FAMILIA DE PLATO - MAGDALENA, POR MEDIO DEL PRESENTE. HACE SABER: Que mediante auto calendado treinta y uno (31) de Mayo de dos mil veintidós (2022) dentro del radicado 47555-31-84001- 2022-00049-00, se ordenó el emplazamiento de todas las personas que se crean con derecho a intervenir en este proceso, para que dentro del término de ley, se hagan presentes a hacer valer sus derechos, lo cual se hará únicamente en el registro nacional de personas emplazadas, sin necesidad de publicación en un medio escrito, como lo establece el artículo 10 del Decreto 806 de 2020, entendiéndose surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro. Por secretaría procédase a su inclusión en el registro mencionado. Para que se surtan los efectos señalados en el artículo 108 del C.G.P del C.G.P. y acorde con lo establecido en el artículo 10 del decreto 806 de 2020, se publicará el presente edicto en el Registro Nacional de Emplazados. Se expide en Plato-Magdalena, a los treinta y uno (31) de Mayo de dos mil veintidós (2022). El Secretario, IGNACIO SAMUEL ROYER ARIAS. Secretario. IDWEB:1546325

condiciones:

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