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Descripción

ALCALDÍA DE BARRANQUILLA NIT. 890.102.028-1 RESOLUCIÓN N° OGT 000020 DE 2022 "POR MEDIO DE LA CUAL SE INICIA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA TENDIENTE A REVISAR Y EMITIR CONCEPTO DE APROBACIÓN O DESAPROBACIÓN DE ESTUDIO DE TRANSITO (ET) DEL PROYECTO DENOMINADO CATLEYA DE AROMANZZA" lo hubiere, para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos, así como a los terceros indeterminados, para lo cual se le señala un plazo de cinco (5) días, contados a partir de las notificaciones, comunicaciones y publicaciones del caso, para que se hagan parte dentro de la presente actuación. En mérito de lo expuesto este Despacho: RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Iniciar Actuación Administrativa tendiente a revisar y emitir concepto de aprobación o desaprobación de Estudio de Tránsito (ET) del proyecto denominado CATLEYA DE AROMANZZA, de conformidad con la solicitud presentada por el señor CARLOS ALFONSO SIERRA GALINDO, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.262.328; en calidad de segundo suplente general del presidente de la CONSTRUCTORA BOLIVAR S.A. identificada con número de identificación tributaria 860.513.493-1, a su vez apoderado de la sociedad GRUPO ARGOS S.A., identificada con número de identificación tributaria 890.900.266-3. El mencionado proyecto CATLEYA DE AROMANZZA está localizado en un predio identificado con matrícula inmobiliaria 040-6311443 delimitado por las calles 96, 98 y las carreras 73 y 72B en el desarrollo del Plan Zonal Riomar, jurisdicción del Distrito de Barranquilla. El proyecto está conformado por 4 torres; 2 de estas torres (No vis) tienen en total 11 pisos. Mientras que las otras 2 (VIS) tienen 9 pisos con uno de sus extremos con solo 8 pisos. Cuenta en total con 338 cupos para parqueaderos de los cuales 133 se encuentran en N1 y 206 en el edificio de parqueaderos. De estos 338 parqueaderos 176 son asignados a los residentes de las torres No vis (170 de ellos ubicados en el edificio de parqueaderos y los 6 restantes en Nivel 1 cerca de la Torre 4) los restantes se manejan como parqueaderos comunales (para uso de residentes y visitantes) 10 de estos cupos con para personas con movilidad reducida. También se cuenta con un total de 23 cupos para motos. Cuenta con 406 apartamentos en total de 2 y 3 alcobas, distribuidos así: 88 apartamentos de 68.5m2, 66 apartamentos de 66 m2, 22 apartamentos de 75 m2, 162 apartamentos de 51 m2 y 68 apartamentos de 52 m2. Las torres cuentan con ascensores, escaleras de evacuación, gabinetes de incendios, armario de medidores y shut de basuras. El proyecto cuenta con un edificio comunal-portería de 3 pisos y zonas comunes exteriores como la piscina y área de juegos infantiles ubicado en la zona central del proyecto, para un área proyectada total construida de 35.547,3 m2. ARTÍCULO SEGUNDO: Con el fin de cumplir lo dispuesto en el presente acto, se deberá efectuar la publicación de que trata la citada norma, en un periódico de amplia difusión y circulación nacional o local a cargo del representante legal de la sociedad CONSTRUCTORA BOLIVAR S.A., identificado con número de identificación tributaria 860.513.493-1. La publicación se deberá efectuar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto. PARÁGRAFO: El solicitante deberá hacer llegar a la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial - Oficina de Gestión de Tránsito, un ejemplar de la mencionada publicación debidamente certificada por el periódico local o nacional, para que haga parte de la presente actuación. ARTÍCULO TERCERO: Colocar a disposición de los terceros indeterminados que se crean con interés en la resulta de la presente actuación el Estudio de Tránsito (ET), referenciado en el artículo anterior, el cual podrá ser consultado ante la Oficina de Gestión del Tránsito de la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial, para lo cual se le señala un plazo de cinco (5) días, contados a partir de las notificaciones, comunicaciones y publicaciones del caso. ARTÍCULO CUARTO: La Secretaria Distrital de Tránsito y Seguridad Vial podrá solicitar la realización de consultas o estudios técnicos adicionales a los presentados por el solicitante, si así lo considera pertinente, para definir la viabilidad del proyecto. Los costos asociados a consultas y/o estudios técnicos a los que se refiere este artículo serán asumidos por el solicitante. ARTÍCULO QUINTO: Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo normado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Dado en el D.E.I.P.B el 02 SEP. 2022 NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARLOWN GABRIEL ALCARAZ Jefe de Oficina de Gestión de Tránsito Secretaría Distrital de Transito y Seguridad Vial.. IDWEB:1548930

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2022-10-14 16:02:51

Ficha técnica

ALCALDÍA DE BARRANQUILLA NIT. 890.102.028-1 RESOLUCIÓN N° OGT 000020 DE 2022 "POR MEDIO DE LA CUAL SE INICIA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA TENDIENTE A REVISAR Y EMITIR CONCEPTO DE APROBACIÓN O DESAPROBACIÓN DE ESTUDIO DE TRANSITO (ET) DEL PROYECTO DENOMINADO CATLEYA DE AROMANZZA" lo hubiere, para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos, así como a los terceros indeterminados, para lo cual se le señala un plazo de cinco (5) días, contados a partir de las notificaciones, comunicaciones y publicaciones del caso, para que se hagan parte dentro de la presente actuación. En mérito de lo expuesto este Despacho: RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Iniciar Actuación Administrativa tendiente a revisar y emitir concepto de aprobación o desaprobación de Estudio de Tránsito (ET) del proyecto denominado CATLEYA DE AROMANZZA, de conformidad con la solicitud presentada por el señor CARLOS ALFONSO SIERRA GALINDO, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.262.328; en calidad de segundo suplente general del presidente de la CONSTRUCTORA BOLIVAR S.A. identificada con número de identificación tributaria 860.513.493-1, a su vez apoderado de la sociedad GRUPO ARGOS S.A., identificada con número de identificación tributaria 890.900.266-3. El mencionado proyecto CATLEYA DE AROMANZZA está localizado en un predio identificado con matrícula inmobiliaria 040-6311443 delimitado por las calles 96, 98 y las carreras 73 y 72B en el desarrollo del Plan Zonal Riomar, jurisdicción del Distrito de Barranquilla. El proyecto está conformado por 4 torres; 2 de estas torres (No vis) tienen en total 11 pisos. Mientras que las otras 2 (VIS) tienen 9 pisos con uno de sus extremos con solo 8 pisos. Cuenta en total con 338 cupos para parqueaderos de los cuales 133 se encuentran en N1 y 206 en el edificio de parqueaderos. De estos 338 parqueaderos 176 son asignados a los residentes de las torres No vis (170 de ellos ubicados en el edificio de parqueaderos y los 6 restantes en Nivel 1 cerca de la Torre 4) los restantes se manejan como parqueaderos comunales (para uso de residentes y visitantes) 10 de estos cupos con para personas con movilidad reducida. También se cuenta con un total de 23 cupos para motos. Cuenta con 406 apartamentos en total de 2 y 3 alcobas, distribuidos así: 88 apartamentos de 68.5m2, 66 apartamentos de 66 m2, 22 apartamentos de 75 m2, 162 apartamentos de 51 m2 y 68 apartamentos de 52 m2. Las torres cuentan con ascensores, escaleras de evacuación, gabinetes de incendios, armario de medidores y shut de basuras. El proyecto cuenta con un edificio comunal-portería de 3 pisos y zonas comunes exteriores como la piscina y área de juegos infantiles ubicado en la zona central del proyecto, para un área proyectada total construida de 35.547,3 m2. ARTÍCULO SEGUNDO: Con el fin de cumplir lo dispuesto en el presente acto, se deberá efectuar la publicación de que trata la citada norma, en un periódico de amplia difusión y circulación nacional o local a cargo del representante legal de la sociedad CONSTRUCTORA BOLIVAR S.A., identificado con número de identificación tributaria 860.513.493-1. La publicación se deberá efectuar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto. PARÁGRAFO: El solicitante deberá hacer llegar a la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial - Oficina de Gestión de Tránsito, un ejemplar de la mencionada publicación debidamente certificada por el periódico local o nacional, para que haga parte de la presente actuación. ARTÍCULO TERCERO: Colocar a disposición de los terceros indeterminados que se crean con interés en la resulta de la presente actuación el Estudio de Tránsito (ET), referenciado en el artículo anterior, el cual podrá ser consultado ante la Oficina de Gestión del Tránsito de la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial, para lo cual se le señala un plazo de cinco (5) días, contados a partir de las notificaciones, comunicaciones y publicaciones del caso. ARTÍCULO CUARTO: La Secretaria Distrital de Tránsito y Seguridad Vial podrá solicitar la realización de consultas o estudios técnicos adicionales a los presentados por el solicitante, si así lo considera pertinente, para definir la viabilidad del proyecto. Los costos asociados a consultas y/o estudios técnicos a los que se refiere este artículo serán asumidos por el solicitante. ARTÍCULO QUINTO: Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo normado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Dado en el D.E.I.P.B el 02 SEP. 2022 NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARLOWN GABRIEL ALCARAZ Jefe de Oficina de Gestión de Tránsito Secretaría Distrital de Transito y Seguridad Vial.. IDWEB:1548930

condiciones:

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