Descripción
REPÚBLICA DE COLOMBIA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO – C.R.A RESOLUCIÓN No. 0000793 DE 2022. “POR LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO POR LA SOCIEDAD GRUPO RIO S.A.S. CONTRA LA RESOLUCIÓN No. 000660 DEL 26 DE OCTUBRE DE 2022” RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR, el Artículo Tercero de la Resolución No. 0000660 del 26 de octubre de 2022, de conformidad con lo expresado en la parte motiva del presente proveído, el cual quedará de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad GRUPO RIO S.A.S. con NIT. 900.452.101-1, deberá hacer el respectivo pago de la tasa compensatoria por el aprovechamiento forestal realizado, de conformidad a lo establecido en la Resolución No. 000332 del 25 de mayo de 2018 y la correspondiente liquidación y factura que la CRA procederá a realizar. (…)” ARTÍCULO SEGUNDO: ACLARAR, que la sociedad GRUPO RIO S.A.S. con NIT. 900.452.101-1, deberá publicar la parte Resolutiva de la Resolución No. 0000660 del 26 de octubre de 2022 y la parte Resolutiva de la presente Resolución, debidamente ejecutoriadas, en un periódico de amplia circulación en los términos de la Ley 1437 de 2011 Art 73 en concordancia con lo previsto en el artículo 70 de la ley 99 de 1993, Dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación del presente Acto Administrativo, y remitir copia a la Subdirección de Gestión Ambiental en un término de cinco días hábiles. ARTÍCULO TERCERO: Quedará con plena vigencia y obligatoriedad, todo lo no modificado o aclarado mediante el presente proveído de la Resolución No. 0000660 del 26 de octubre de 2022, expedido por esta Autoridad Ambiental. ARTÍCULO CUARTO: Notificar en debida forma el contenido del presente acto administrativo al interesado o a su apoderado debidamente constituido o a cualquier persona interesada que lo solicite por escrito, de conformidad con los artículos 67,68 y 69 de la Ley 1437 de 2011. PARÁGRAFO: El Representante Legal de la sociedad GRUPO RIO S.A.S. con NIT. 900.452.101-1, o quien haga sus veces, deberá informar por escrito o al correo electrónico notificaciones@crautonoma.gov.co la dirección de correo electrónico por medio de la cual autoriza surtir la notificación y/o comunicación de actos administrativos. La sociedad deberá informar oportunamente a la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO C.R.A. sobre los cambios a la dirección de correo que se registre en cumplimiento del presente parágrafo. ARTÍCULO QUINTO: Contra el presente proveído no procede recurso alguno. (Artículo 75, Ley 1437 de 2011). DADA EL 13. DICIEMBRE. 2022 NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. JESÚS LEÓN INSIGNARES. DIRECTOR GENERAL.. IDWEB:1552918
Ubicación
BarranquillaFecha de publicación
Publicado 2022-12-29 00:00:43Ficha técnica
REPÚBLICA DE COLOMBIA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO – C.R.A RESOLUCIÓN No. 0000793 DE 2022. “POR LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO POR LA SOCIEDAD GRUPO RIO S.A.S. CONTRA LA RESOLUCIÓN No. 000660 DEL 26 DE OCTUBRE DE 2022” RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR, el Artículo Tercero de la Resolución No. 0000660 del 26 de octubre de 2022, de conformidad con lo expresado en la parte motiva del presente proveído, el cual quedará de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad GRUPO RIO S.A.S. con NIT. 900.452.101-1, deberá hacer el respectivo pago de la tasa compensatoria por el aprovechamiento forestal realizado, de conformidad a lo establecido en la Resolución No. 000332 del 25 de mayo de 2018 y la correspondiente liquidación y factura que la CRA procederá a realizar. (…)” ARTÍCULO SEGUNDO: ACLARAR, que la sociedad GRUPO RIO S.A.S. con NIT. 900.452.101-1, deberá publicar la parte Resolutiva de la Resolución No. 0000660 del 26 de octubre de 2022 y la parte Resolutiva de la presente Resolución, debidamente ejecutoriadas, en un periódico de amplia circulación en los términos de la Ley 1437 de 2011 Art 73 en concordancia con lo previsto en el artículo 70 de la ley 99 de 1993, Dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación del presente Acto Administrativo, y remitir copia a la Subdirección de Gestión Ambiental en un término de cinco días hábiles. ARTÍCULO TERCERO: Quedará con plena vigencia y obligatoriedad, todo lo no modificado o aclarado mediante el presente proveído de la Resolución No. 0000660 del 26 de octubre de 2022, expedido por esta Autoridad Ambiental. ARTÍCULO CUARTO: Notificar en debida forma el contenido del presente acto administrativo al interesado o a su apoderado debidamente constituido o a cualquier persona interesada que lo solicite por escrito, de conformidad con los artículos 67,68 y 69 de la Ley 1437 de 2011. PARÁGRAFO: El Representante Legal de la sociedad GRUPO RIO S.A.S. con NIT. 900.452.101-1, o quien haga sus veces, deberá informar por escrito o al correo electrónico notificaciones@crautonoma.gov.co la dirección de correo electrónico por medio de la cual autoriza surtir la notificación y/o comunicación de actos administrativos. La sociedad deberá informar oportunamente a la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO C.R.A. sobre los cambios a la dirección de correo que se registre en cumplimiento del presente parágrafo. ARTÍCULO QUINTO: Contra el presente proveído no procede recurso alguno. (Artículo 75, Ley 1437 de 2011). DADA EL 13. DICIEMBRE. 2022 NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. JESÚS LEÓN INSIGNARES. DIRECTOR GENERAL.. IDWEB:1552918
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