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Descripción

REPÚBLICA DE COLOMBIA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO C.R.A AUTO No. 989 DE 2022. "POR EL CUAL SE INICIA UN TRÁMITE DE APROVECHAMIENTO FORESTAL ÚNICO A LA SOCIEDAD OSPINA Y CIA S.A.PARA EL PROYECTO URBANÍSTICO VIEW POINT,EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUERTO COLOMBIA - ATLÁNTICO." DISPONE PRIMERO: Iniciar el trámite de Aprovechamiento Forestal único a la sociedad OSPINA Y CIA S.A. con NIT:860.002.837-7. Representada Legalmente por el señor LUIS EDUARDO PAEZ ANGULO, o quien haga sus veces al momento de la notificación del presente proveído, para aprovechar DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (258) individuos arbóreos, con el fin de llevar a cabo el proyecto urbanístico denominado VIEW POINT en jurisdicción del municipio de Puerto Colombia –Atlántico. REPÚBLICA DE COLOMBIA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO C.R.A AUTO No. 989 DE 2022. "POR EL CUAL SE INICIA UN TRÁMITE DE APROVECHAMIENTO FORESTAL ÚNICO A LA SOCIEDAD OSPINA Y CIA S.A.PARA EL PROYECTO URBANISTICO VIEW POINT, EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUERTO COLOMBIA - ATLÁNTICO." PARÁGRAFO PRIMERO: La Subdirección de Gestión Ambiental, designará un funcionario para que mediante visita de inspección técnica verifique y conceptúe sobre la viabilidad y procedencia de la solicitud. SEGUNDO: La sociedad OSPINA Y CIA S.A. con NIT: 860.002.837-7, deberá indicar el manejo que se le dará a los residuos de construcción y demolición (RCD), que se generarían de la obra, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 472 del 28 de febrero de 2017, la cual deroga expresamente la Resolución 541 de 1994. TERCERO: La sociedad OSPINA Y CIA S.A. con NIT: 860.002.837-7, debe cancelar a la Corporación Autónoma Regional del Atlántico la suma de DOS MILLONES, TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL, OCHOCIENTOS VEINTIDOS PESOS (COP $2.353.822), por concepto del servicio de evaluación ambiental de la solicitud presentada, de acuerdo a lo dispuesto en la parte motiva del presente proveído. PARÁGRAFO PRIMERO: El usuario debe cancelar el valor señalado en el presente articulo dentro de los nueve (9) días siguientes al recibo de la cuenta de cobro que para tal efecto se le enviará. PARÁGRAFO SEGUNDO: Para efectos de acreditar la cancelación de los costos señalados en el presente artículo, el usuario debe presentar copia del recibo de consignación o de la cuenta de cobro, dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de pago, con destino la Subdirección de Gestión Ambiental. PARÁGRAFO TERCERO: En el evento de incumplimiento del pago anotado en el presente artículo, la C.R.A. podrá ejercer el respectivo procedimiento de jurisdicción coactiva, conforme a lo establecido en art. 23 del decreto 1768 de 1994. CUARTO: Sin perjuicio de que se otorguen o no los permisos y/o autorizaciones respectivas, la sociedad OSPINA Y CIA S.A, con NIT: 860.002.837-7, deberá cancelar el costo por concepto de evaluación. QUINTO: Practíquense todas las diligencias tendientes al cabal cumplimiento de las obligaciones y funciones de la C.R.A. SEXTO: La sociedad OSPINA Y CIA S.A. con NIT:860.002.837-7,debe publicar la parte dispositiva del presente proveído en un periódico de amplia circulación en los términos de la Ley 1437 de 2011 Art 73 en concordancia con lo previsto en el articulo 70 de la ley 99 de 1993, dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación del presente Acto Administrativo, y remitir copia a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta entidad, en un término de cinco días hábiles para efectos de dar continuidad al trámite que se inicia. PARÁGRAFO: Una vez ejecutoriado el Presente Acto Administrativo la Subdirección de Gestión Ambiental de esta entidad, procederá a realizar la correspondiente publicación en la página web de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, de conformidad con el Articulo 65 de la ley 1437 de 2011. SÉPTIMO: Téngase como interesado cualquier persona que así lo manifieste con su correspondiente identificación y dirección domiciliaria. OCTAVO: Notificar en debida forma el contenido del presente acto administrativo al interesado o/a su apoderado debidamente constituido, de conformidad con los artículos 67, 68 y 69 de la Ley 1437 de 2011. REPÚBLICA DE COLOMBIA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO C.R.A AUTO No. 989 DE 2022. "POR EL CUAL SE INICIA UN TRÁMITE DE APROVECHAMIENTO FORESTAL ÚNICO A LA SOCIEDAD OSPINA Y CIA S.A. PARA EL PROYECTO URBANISTICO VIEW POINT, EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUERTO COLOMBIA- ATLÁNTICO." PARÁGRAFO: El Representante Legal de sociedad OSPINA Y CIA S.A. con NIT: 860.002.837-7, o quien haga sus veces, deberá informar por escrito o al correo electrónico notificaciones@crautonoma.gov.co la dirección de correo el electrónico por medio de la cual autoriza surtir la notificación y/o comunicación de actos administrativos. La sociedad deberá informar oportunamente a la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO -C.R.A. sobre los cambios a la dirección de correo que se registre en cumplimiento del presente parágrafo. NOVENO: Contra el presente auto procede el recurso de reposición, el que podrá interponerse ante la Subdirección de Gestión Ambiental de la C.R.A., personalmente y por escrito, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación conforme a lo dispuesto en el Articulo 76 de la Ley 1437 de 2011. Dado en Barranquilla a los 21 DIC 2022 NOTIFÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE JAVIER RESTREPO VIECO SUBDIRECTOR DE GESTIÓN AMBIENTAL Exp, Por abrir, Rad. No. 2022140001 14052 del 06 de diciembre de 2022. Proyectó: MAGN (Abogado Contratista). Supervisó: Dra. Juliette Sleman (Asesora de Dirección) Revisó: Karem Arcón (Coord. Grupo permisos y tramites ambientales).. IDWEB:1553991

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2023-01-20 10:34:27

Ficha técnica

REPÚBLICA DE COLOMBIA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO C.R.A AUTO No. 989 DE 2022. "POR EL CUAL SE INICIA UN TRÁMITE DE APROVECHAMIENTO FORESTAL ÚNICO A LA SOCIEDAD OSPINA Y CIA S.A.PARA EL PROYECTO URBANÍSTICO VIEW POINT,EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUERTO COLOMBIA - ATLÁNTICO." DISPONE PRIMERO: Iniciar el trámite de Aprovechamiento Forestal único a la sociedad OSPINA Y CIA S.A. con NIT:860.002.837-7. Representada Legalmente por el señor LUIS EDUARDO PAEZ ANGULO, o quien haga sus veces al momento de la notificación del presente proveído, para aprovechar DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (258) individuos arbóreos, con el fin de llevar a cabo el proyecto urbanístico denominado VIEW POINT en jurisdicción del municipio de Puerto Colombia –Atlántico. REPÚBLICA DE COLOMBIA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO C.R.A AUTO No. 989 DE 2022. "POR EL CUAL SE INICIA UN TRÁMITE DE APROVECHAMIENTO FORESTAL ÚNICO A LA SOCIEDAD OSPINA Y CIA S.A.PARA EL PROYECTO URBANISTICO VIEW POINT, EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUERTO COLOMBIA - ATLÁNTICO." PARÁGRAFO PRIMERO: La Subdirección de Gestión Ambiental, designará un funcionario para que mediante visita de inspección técnica verifique y conceptúe sobre la viabilidad y procedencia de la solicitud. SEGUNDO: La sociedad OSPINA Y CIA S.A. con NIT: 860.002.837-7, deberá indicar el manejo que se le dará a los residuos de construcción y demolición (RCD), que se generarían de la obra, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 472 del 28 de febrero de 2017, la cual deroga expresamente la Resolución 541 de 1994. TERCERO: La sociedad OSPINA Y CIA S.A. con NIT: 860.002.837-7, debe cancelar a la Corporación Autónoma Regional del Atlántico la suma de DOS MILLONES, TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL, OCHOCIENTOS VEINTIDOS PESOS (COP $2.353.822), por concepto del servicio de evaluación ambiental de la solicitud presentada, de acuerdo a lo dispuesto en la parte motiva del presente proveído. PARÁGRAFO PRIMERO: El usuario debe cancelar el valor señalado en el presente articulo dentro de los nueve (9) días siguientes al recibo de la cuenta de cobro que para tal efecto se le enviará. PARÁGRAFO SEGUNDO: Para efectos de acreditar la cancelación de los costos señalados en el presente artículo, el usuario debe presentar copia del recibo de consignación o de la cuenta de cobro, dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de pago, con destino la Subdirección de Gestión Ambiental. PARÁGRAFO TERCERO: En el evento de incumplimiento del pago anotado en el presente artículo, la C.R.A. podrá ejercer el respectivo procedimiento de jurisdicción coactiva, conforme a lo establecido en art. 23 del decreto 1768 de 1994. CUARTO: Sin perjuicio de que se otorguen o no los permisos y/o autorizaciones respectivas, la sociedad OSPINA Y CIA S.A, con NIT: 860.002.837-7, deberá cancelar el costo por concepto de evaluación. QUINTO: Practíquense todas las diligencias tendientes al cabal cumplimiento de las obligaciones y funciones de la C.R.A. SEXTO: La sociedad OSPINA Y CIA S.A. con NIT:860.002.837-7,debe publicar la parte dispositiva del presente proveído en un periódico de amplia circulación en los términos de la Ley 1437 de 2011 Art 73 en concordancia con lo previsto en el articulo 70 de la ley 99 de 1993, dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación del presente Acto Administrativo, y remitir copia a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta entidad, en un término de cinco días hábiles para efectos de dar continuidad al trámite que se inicia. PARÁGRAFO: Una vez ejecutoriado el Presente Acto Administrativo la Subdirección de Gestión Ambiental de esta entidad, procederá a realizar la correspondiente publicación en la página web de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, de conformidad con el Articulo 65 de la ley 1437 de 2011. SÉPTIMO: Téngase como interesado cualquier persona que así lo manifieste con su correspondiente identificación y dirección domiciliaria. OCTAVO: Notificar en debida forma el contenido del presente acto administrativo al interesado o/a su apoderado debidamente constituido, de conformidad con los artículos 67, 68 y 69 de la Ley 1437 de 2011. REPÚBLICA DE COLOMBIA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO C.R.A AUTO No. 989 DE 2022. "POR EL CUAL SE INICIA UN TRÁMITE DE APROVECHAMIENTO FORESTAL ÚNICO A LA SOCIEDAD OSPINA Y CIA S.A. PARA EL PROYECTO URBANISTICO VIEW POINT, EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUERTO COLOMBIA- ATLÁNTICO." PARÁGRAFO: El Representante Legal de sociedad OSPINA Y CIA S.A. con NIT: 860.002.837-7, o quien haga sus veces, deberá informar por escrito o al correo electrónico notificaciones@crautonoma.gov.co la dirección de correo el electrónico por medio de la cual autoriza surtir la notificación y/o comunicación de actos administrativos. La sociedad deberá informar oportunamente a la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO -C.R.A. sobre los cambios a la dirección de correo que se registre en cumplimiento del presente parágrafo. NOVENO: Contra el presente auto procede el recurso de reposición, el que podrá interponerse ante la Subdirección de Gestión Ambiental de la C.R.A., personalmente y por escrito, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación conforme a lo dispuesto en el Articulo 76 de la Ley 1437 de 2011. Dado en Barranquilla a los 21 DIC 2022 NOTIFÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE JAVIER RESTREPO VIECO SUBDIRECTOR DE GESTIÓN AMBIENTAL Exp, Por abrir, Rad. No. 2022140001 14052 del 06 de diciembre de 2022. Proyectó: MAGN (Abogado Contratista). Supervisó: Dra. Juliette Sleman (Asesora de Dirección) Revisó: Karem Arcón (Coord. Grupo permisos y tramites ambientales).. IDWEB:1553991

condiciones:

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