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Descripción

República de Colombia Rama Judicial Juzgado Séptimo de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple Santa Marta – Magdalena AVISO DE DILIGENCIA DE REMATE Por el Juzgado Séptimo de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Santa Marta - Magdalena-, se ha señalado el veintidós (22) de junio del año 2.023 a las 9:00 de la mañana, a efectos de llevar a cabo diligencia de REMATE del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 080-96377 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Santa Marta, de propiedad de WILLIAM MORENO VESGA, distinguido con el Código Catastral No. 000200043417000, ubicado en la CALLE 45B2 # 30-20, CASA 21 MANZANA L URBANIZACIÓN TERRANOVA, el cual consta de OCHENTA Y UNO PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS (81.20 MTS2), que linda; NORTE: En cinco punto ochenta metros lineales (5.80ml) con anden y calle vehicular en medio que lo separa de la zona social y recreativa; SUR: En cinco punto chenta metros lineales (5.80 ml), con terrenos de la finca Santa Cruz de Curinca; ESTE: En catorce metros lineales (14.00 ml)con lote numero veintidós (22) de la misma manzana L; OESTE: En catorce metros lineales (14.00 ml), con lote número veinte (20) de la misma manzana L; La vivienda consta de dos pisos; Dicho bien se encuentra avaluado en la suma de: CIENTO CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS OCHENTAMIL PESOS ($140.980.000).- Diligencia programada dentro del proceso ejecutivo para la efectividad de la garantí real seguido por BANCOLOMBIA S.A. NIT.- 890.903.938-8, a través de apoderado, contra WILLIAM MORENO VESGA identificado con cédula de ciudadanía No. 91.441.006, de radicado 47-001-40-03-007 -2018-00557-00 perteneciente al hoy denominado JUZGADO SÉPTIMO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA. El secuestre GUSTAVO ENRIUE PEREZ reside en la CALLE 26 B 5-81 BARRIO LOS ANGELES DE SANTA MARTA, teléfono 3167189719; E-mail: perezgalvezgustavo@gmail.com. La licitación se iniciará a la hora señalada (09:00 A.M.), siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo dado al inmueble, previa consignación del porcentaje legal que corresponde al 40% del avalúo total del inmueble. En atención a lo establecido en el artículo 7º de la ley 2213 de 2022, la diligencia se realizará de forma virtual, sin perjuicio que se pueda variar cuando aquella presente fallas, de lo cual se comunicará tempestivamente. Para la realización de la audiencia se remitirá previamente al correo de los apoderados y partes el protocolo para su desarrollo, por lo que deberán suministrarlo previamente, advirtiéndose que su conexión debe efectuarse con 15 minutos de antelación a la hora programada. Atendiendo que el acceso a las instalaciones del despacho se encuentra habilitada, en aras de garantizar el acceso a la justicia y transparencia a los postores, sus sobres se recibirán de forma directa y física en la secretaría del Juzgado en los términos de los artículos 451 y 452 del CGP, el cual solo se abrirá, de ser necesario, transcurrido el lapso normativo. El presente aviso deberá ser publicado conforme las disposiciones normativas indicadas en el artículo 450 del Código General del Proceso. Firmado Por: PROCESO EJECUTIVO: 47-001-40-53-007 -2018-00557-00 BANCOLOMBIA S.A. Vs WILLIAM MORENO VESGA Jose Antonio Vertel Romero Secretario Juzgado Pequeñas Causas Juzgado 007 Pequeñas Causas Y Competencia Múltiple Santa Marta – Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación:29e031bf8362c1076af8 4f2ff5dd05a76bbeed 9e9c54dca6886b 32a45a67323b Documento generado en 30/05/2023 11:53:45 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica. IDWEB:1559503

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2023-06-04 00:00:00

Ficha técnica

República de Colombia Rama Judicial Juzgado Séptimo de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple Santa Marta – Magdalena AVISO DE DILIGENCIA DE REMATE Por el Juzgado Séptimo de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Santa Marta - Magdalena-, se ha señalado el veintidós (22) de junio del año 2.023 a las 9:00 de la mañana, a efectos de llevar a cabo diligencia de REMATE del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 080-96377 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Santa Marta, de propiedad de WILLIAM MORENO VESGA, distinguido con el Código Catastral No. 000200043417000, ubicado en la CALLE 45B2 # 30-20, CASA 21 MANZANA L URBANIZACIÓN TERRANOVA, el cual consta de OCHENTA Y UNO PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS (81.20 MTS2), que linda; NORTE: En cinco punto ochenta metros lineales (5.80ml) con anden y calle vehicular en medio que lo separa de la zona social y recreativa; SUR: En cinco punto chenta metros lineales (5.80 ml), con terrenos de la finca Santa Cruz de Curinca; ESTE: En catorce metros lineales (14.00 ml)con lote numero veintidós (22) de la misma manzana L; OESTE: En catorce metros lineales (14.00 ml), con lote número veinte (20) de la misma manzana L; La vivienda consta de dos pisos; Dicho bien se encuentra avaluado en la suma de: CIENTO CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS OCHENTAMIL PESOS ($140.980.000).- Diligencia programada dentro del proceso ejecutivo para la efectividad de la garantí real seguido por BANCOLOMBIA S.A. NIT.- 890.903.938-8, a través de apoderado, contra WILLIAM MORENO VESGA identificado con cédula de ciudadanía No. 91.441.006, de radicado 47-001-40-03-007 -2018-00557-00 perteneciente al hoy denominado JUZGADO SÉPTIMO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE SANTA MARTA. El secuestre GUSTAVO ENRIUE PEREZ reside en la CALLE 26 B 5-81 BARRIO LOS ANGELES DE SANTA MARTA, teléfono 3167189719; E-mail: perezgalvezgustavo@gmail.com. La licitación se iniciará a la hora señalada (09:00 A.M.), siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo dado al inmueble, previa consignación del porcentaje legal que corresponde al 40% del avalúo total del inmueble. En atención a lo establecido en el artículo 7º de la ley 2213 de 2022, la diligencia se realizará de forma virtual, sin perjuicio que se pueda variar cuando aquella presente fallas, de lo cual se comunicará tempestivamente. Para la realización de la audiencia se remitirá previamente al correo de los apoderados y partes el protocolo para su desarrollo, por lo que deberán suministrarlo previamente, advirtiéndose que su conexión debe efectuarse con 15 minutos de antelación a la hora programada. Atendiendo que el acceso a las instalaciones del despacho se encuentra habilitada, en aras de garantizar el acceso a la justicia y transparencia a los postores, sus sobres se recibirán de forma directa y física en la secretaría del Juzgado en los términos de los artículos 451 y 452 del CGP, el cual solo se abrirá, de ser necesario, transcurrido el lapso normativo. El presente aviso deberá ser publicado conforme las disposiciones normativas indicadas en el artículo 450 del Código General del Proceso. Firmado Por: PROCESO EJECUTIVO: 47-001-40-53-007 -2018-00557-00 BANCOLOMBIA S.A. Vs WILLIAM MORENO VESGA Jose Antonio Vertel Romero Secretario Juzgado Pequeñas Causas Juzgado 007 Pequeñas Causas Y Competencia Múltiple Santa Marta – Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación:29e031bf8362c1076af8 4f2ff5dd05a76bbeed 9e9c54dca6886b 32a45a67323b Documento generado en 30/05/2023 11:53:45 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica. IDWEB:1559503

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