Clasificados Vehículos Inmuebles Empleos Varios

precio no suministrado

Descripción

REPUBLICA DE COLOMBIA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL ATLANTICO C.R.A AUTO No. 301 DE 2023 POR MEDIO DEL CUAL SE INICIA TRAMITE DE PERMISO DE VERTIMIENTOS SOLICITADO POR LLOREDA S.A. CON NIT. 890.301,602-5, UBICADA EN JURISDICCION DEL DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA En mérito de lo anterior se, DISPONE PRIMERO: ADMITIR la solicitud presentada por LLOREDA S.A, con NIT. 890.301.602-5, representada legalmente por el señor Adolfo León Pizarro, e INICIAR tramite de un PERMISO DE VERTIMIENTOS para la descarga de Aguas Residuales Domesticas (ARD) y Aguas Residuales no Domesticas (ARnD), producto de la actividades realizadas al interior de la citada. Sociedad, La descarga de aguas residuales es solicitada con un caudal de 1,4 teniendo como fuente receptora el, EL RIO MAGDALENA, en el punto localizado en coordenadas; X: 521512.8 Y: 121,9334.3, PARAGRAFO PRIMERO: LLOREDA S.A. con NIT. 890,301.602-5, en un Termino máximo de diez (10) días hábiles, -Contados a partir de Ia notificación de la presente actuación, deberá ACTUALIZAR el formato Único nacional de solicitud de permisos, aportando debidamente diligenciado el Formato Único nacional de Permiso de Vertimientos a cuerpos de Agua, de conformidad con lo establecido en el artículo primero de la Resolución 1058 de 2021 y en el artículo 2.2.3.3, 5,5, del Decreto 1076 de 2015 adicionado por el Decreto 50 de 2018. PARAGRAFO SEGUNDO: La Subdirección de Gestión Ambiental, conforme a lo establecido en el artículo 2.2, 3,3.5.5. Del Decreto 1076 de 2015 modificado por el Decreto 50 de; 2018, una vez acreditado el pago por concepto de evaluación ambiental y la actualización del formato único de solicitud ‘de permisos, designara un funcionario para que mediante visita técnica de inspección ambiental verifique y conceptúe sobre la viabilidad y procedencia de la solicitud. Dicha visita se realizara una vez acreditado el pago por concepto de evaluación ambiental. SEGUNDO: LLOREDA S.A. con NIT, 890.301.602-5, representada legalmente por el señor Adolfo León Pizarro, previamente a la continuación del presente tramite, deberá cancelar a favor de la CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL ATLANTICO la suma de DIECISEIS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS UN PESOS ($16.406.801), por concepto de evaluación ambiental de la solicitud presentada, de acuerdo a la factura de cobro quo se expida y se le envié para el efecto. PARAGRAFO PRIMERO: El usuario debe cancelar el valor señalado en el presente artículo dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo de Ia cuenta de cobro que para tal efecto se le enviara. Si pasados 30 días calendario sin recibir el pago del servicio de evaluación, se entenderá el desistimiento de la solicitud por parte LLOREDA S, A., de conformidad con lo establecido en la Resolución CRA 261 de 2023. PARAGRAFO SEGUNDO.: Para efectos de acreditar la cancelación de los costos señalados en el presente artículo, el usuario debe presentar copia del recibo de consignación o de la cuenta de cobro, con destino Ia Subdirección de Gestión Ambiental. PARAGRAFO TERCERO: En el evento de incumplimiento del pago anotado en el presente artículo, la, C.R.A.podra ejercer el respectivo procedimiento de jurisdicción coactiva, conforme a lo establecido en artículo 23 del decreto 1768 de 1994. TERCERO: Sin perjuicio de que se otorgué o no los permisos y/o autorizaciones la LLOREDA S.A. con NIT. 890.301.602-5, deberá cancelar el costo por concepto de evaluación. CUARTA Practíquense todas las diligencias tendientes al cabal cumplimiento de las obligaciones y funciones de la C, R, A. QUINTO: LLOREDA S.A. con NIT. 890.301.602-5, previamente a la continuación del presente trámite, deberá publicar la parte dispositiva del presente proveído en un periódico de amplia circulación en los términos de la Ley 1437 de 2011, artículo 73, en concordancia con lo previsto en el artículo 70 de la ley 99 de 1993; y remitir copia de la publicación con destino a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación. Dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de diez (10) días hábiles contados 1, partir de la notificación del presente Acto Administrativa, y remitir copia a la Subdirección 'de Gestión Ambiental en un término de cinco (5) días hábiles. PARÁGRAFO: Una vez ejecutoriado el Presente Acto Administrativo, la Subdirección de Gestión Ambiental, procederá a realizar la correspondiente publicación en la página Web de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, SEXTO: Téngase como interesado cualquier persona que así lo manifieste con su correspondiente identificación y dirección domiciliaria. SÉPTIMO: Notificar en debida forma el contenido del presente acto administrativo a LLOREDA S.A. con NIT. 890, 301,602-5, de conformidad con los artículos 56, 67, 68 y 69 de la Ley 1437 de 2011 reformado por la Ley 2080 de 2021. En caso de realizar la notificación electrónica se deberá solicitar la respectiva autorización a los correos electrónicos: secretariagerencial@lloreda.com.co y/o apizarro@ lloreda.com.co, relacionados en la información general de la solicitud del permiso de vertimientos. OCTAVO: Contra el presente acto administrativo, procede por vía administrativa el Recurso de Reposición ante la Dirección General de esta Corporación, el cual podrá interponerse personalmente y por escrito, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación conforme a lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 reformado por la Ley 2080 de 2021. Dado en Barranquilla a los 31 MAY 2023 NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE JULIETTE SLEMAN CHAMS SUBDIRECTORA GESTIÓN AMBIENTAL (E). IDWEB:1559877

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2023-06-10 00:00:00

Ficha técnica

REPUBLICA DE COLOMBIA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL ATLANTICO C.R.A AUTO No. 301 DE 2023 POR MEDIO DEL CUAL SE INICIA TRAMITE DE PERMISO DE VERTIMIENTOS SOLICITADO POR LLOREDA S.A. CON NIT. 890.301,602-5, UBICADA EN JURISDICCION DEL DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA En mérito de lo anterior se, DISPONE PRIMERO: ADMITIR la solicitud presentada por LLOREDA S.A, con NIT. 890.301.602-5, representada legalmente por el señor Adolfo León Pizarro, e INICIAR tramite de un PERMISO DE VERTIMIENTOS para la descarga de Aguas Residuales Domesticas (ARD) y Aguas Residuales no Domesticas (ARnD), producto de la actividades realizadas al interior de la citada. Sociedad, La descarga de aguas residuales es solicitada con un caudal de 1,4 teniendo como fuente receptora el, EL RIO MAGDALENA, en el punto localizado en coordenadas; X: 521512.8 Y: 121,9334.3, PARAGRAFO PRIMERO: LLOREDA S.A. con NIT. 890,301.602-5, en un Termino máximo de diez (10) días hábiles, -Contados a partir de Ia notificación de la presente actuación, deberá ACTUALIZAR el formato Único nacional de solicitud de permisos, aportando debidamente diligenciado el Formato Único nacional de Permiso de Vertimientos a cuerpos de Agua, de conformidad con lo establecido en el artículo primero de la Resolución 1058 de 2021 y en el artículo 2.2.3.3, 5,5, del Decreto 1076 de 2015 adicionado por el Decreto 50 de 2018. PARAGRAFO SEGUNDO: La Subdirección de Gestión Ambiental, conforme a lo establecido en el artículo 2.2, 3,3.5.5. Del Decreto 1076 de 2015 modificado por el Decreto 50 de; 2018, una vez acreditado el pago por concepto de evaluación ambiental y la actualización del formato único de solicitud ‘de permisos, designara un funcionario para que mediante visita técnica de inspección ambiental verifique y conceptúe sobre la viabilidad y procedencia de la solicitud. Dicha visita se realizara una vez acreditado el pago por concepto de evaluación ambiental. SEGUNDO: LLOREDA S.A. con NIT, 890.301.602-5, representada legalmente por el señor Adolfo León Pizarro, previamente a la continuación del presente tramite, deberá cancelar a favor de la CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL ATLANTICO la suma de DIECISEIS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS UN PESOS ($16.406.801), por concepto de evaluación ambiental de la solicitud presentada, de acuerdo a la factura de cobro quo se expida y se le envié para el efecto. PARAGRAFO PRIMERO: El usuario debe cancelar el valor señalado en el presente artículo dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo de Ia cuenta de cobro que para tal efecto se le enviara. Si pasados 30 días calendario sin recibir el pago del servicio de evaluación, se entenderá el desistimiento de la solicitud por parte LLOREDA S, A., de conformidad con lo establecido en la Resolución CRA 261 de 2023. PARAGRAFO SEGUNDO.: Para efectos de acreditar la cancelación de los costos señalados en el presente artículo, el usuario debe presentar copia del recibo de consignación o de la cuenta de cobro, con destino Ia Subdirección de Gestión Ambiental. PARAGRAFO TERCERO: En el evento de incumplimiento del pago anotado en el presente artículo, la, C.R.A.podra ejercer el respectivo procedimiento de jurisdicción coactiva, conforme a lo establecido en artículo 23 del decreto 1768 de 1994. TERCERO: Sin perjuicio de que se otorgué o no los permisos y/o autorizaciones la LLOREDA S.A. con NIT. 890.301.602-5, deberá cancelar el costo por concepto de evaluación. CUARTA Practíquense todas las diligencias tendientes al cabal cumplimiento de las obligaciones y funciones de la C, R, A. QUINTO: LLOREDA S.A. con NIT. 890.301.602-5, previamente a la continuación del presente trámite, deberá publicar la parte dispositiva del presente proveído en un periódico de amplia circulación en los términos de la Ley 1437 de 2011, artículo 73, en concordancia con lo previsto en el artículo 70 de la ley 99 de 1993; y remitir copia de la publicación con destino a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación. Dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de diez (10) días hábiles contados 1, partir de la notificación del presente Acto Administrativa, y remitir copia a la Subdirección 'de Gestión Ambiental en un término de cinco (5) días hábiles. PARÁGRAFO: Una vez ejecutoriado el Presente Acto Administrativo, la Subdirección de Gestión Ambiental, procederá a realizar la correspondiente publicación en la página Web de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, SEXTO: Téngase como interesado cualquier persona que así lo manifieste con su correspondiente identificación y dirección domiciliaria. SÉPTIMO: Notificar en debida forma el contenido del presente acto administrativo a LLOREDA S.A. con NIT. 890, 301,602-5, de conformidad con los artículos 56, 67, 68 y 69 de la Ley 1437 de 2011 reformado por la Ley 2080 de 2021. En caso de realizar la notificación electrónica se deberá solicitar la respectiva autorización a los correos electrónicos: secretariagerencial@lloreda.com.co y/o apizarro@ lloreda.com.co, relacionados en la información general de la solicitud del permiso de vertimientos. OCTAVO: Contra el presente acto administrativo, procede por vía administrativa el Recurso de Reposición ante la Dirección General de esta Corporación, el cual podrá interponerse personalmente y por escrito, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación conforme a lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 reformado por la Ley 2080 de 2021. Dado en Barranquilla a los 31 MAY 2023 NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE JULIETTE SLEMAN CHAMS SUBDIRECTORA GESTIÓN AMBIENTAL (E). IDWEB:1559877

condiciones:

Ut enim ad minim veniam, quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo consequat.

Información del Anunciante

LLOREDA SA

Nombre: LLOREDA SA