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Descripción

REPÚBLICA DE COLOMBIA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO C.R.A. AUTO No. 306 DE 2023 POR MEDIO DEL CUAL SE DA INICIO DE TRÁMITE DE LICENCIA AMBIENTAL SOLICITADA POR URIEL SOLAR MALAMBO S.A.S. CON NIT. 901.550.489-5, PARA EL PROYECTO FOTOVOLTAICO SOLAR MALAMBO DE 50 MW Y SU LÍNEA DE CONEXIÓN DE 110 KV, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES DISPONE PRIMERO: INICIAR trámite de Licencia Ambiental a la sociedad denominada URIEL SOLAR MALAMBO S.A. con NIT.901.550.489-5, representada legalmente por el señor el señor Jorge Barbado Romero, ciudadano español identificado con Pasaporte No. PAE10211, o quien haga sus veces al momento de la notificación, para el PROYECTO y FOTOVOLTAICO SOLAR MALAMBO DE 50MW Y SU LÍNEA DE CONEXIÓN 110KV, en inmediaciones a la Subestación Caracolí, en el Departamento del Atlántico. PARÁGRAFO: La Subdirección de Gestión Ambiental, designará un funcionario para que mediante visita de inspección técnica verifique y conceptúe sobre la viabilidad y procedencia de la solicitud. SEGUNDO: Practíquense todas las diligencias tendientes al cabal cumplimiento de las obligaciones y funciones de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico TERCERO: Notificar electrónicamente el contenido del presente acto administrativo a la sociedad denominada URIEL SOLAR MALAMBO S.A. a los correos electrónicos: colombia@urielrenovables.com y gerencia@geodesa.co, autorizados durante la reunión de verificación preliminar de la documentación que conforma la solicitud de la licencia ambiental realizada para el PROYECTO FOTOVOLTAIVO SOLAR MALAMBO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 1427 de 2011 reformada por la Ley 2080 de 2021. CUARTO: La sociedad denominada URIEL SOLAR MALAMBO S.A. con NIT.901.550.489-5, deberán publicar la parte dispositiva del presente proveído en un periódico de amplia circulación en los términos de la Ley 1437 de 2011, Art. 73, en concordancia con lo previsto en el artículo 70 de la ley 99 de 1993. Dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación del presente Acto Administrativo, y remitir copia a la Subdirección de Gestión Ambiental en un término de cinco (5) días hábiles. PARAGRAFO: Una vez ejecutoriado el presente Acto Administrativo la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Entidad, procederá a realizar la correspondiente publicación en la página Web de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 reformada la Ley 2080 de 2021. QUINTO: Contra el presente acto administrativo, procede el recurso de reposición, el cual podrá ser interpuesto personalmente y por escrito o por medio electrónico por el interesado, su representante o apoderado debidamente constituido ante la Dirección General de esta Corporación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, conforme a lo dispuesto en la Ley 1437 del 2011 reformada la Ley 2080 de 2021. Dado en Barranquilla a los 31 MAY 2023 NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE JULIETTE SLEMAN CHAMS SUBDIRECTORA DE GESTIÓN AMBIENTAL Proyecto: Laura De Silvestri, Prof. Especializado. IDWEB:1560074

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2023-06-16 00:00:00

Ficha técnica

REPÚBLICA DE COLOMBIA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO C.R.A. AUTO No. 306 DE 2023 POR MEDIO DEL CUAL SE DA INICIO DE TRÁMITE DE LICENCIA AMBIENTAL SOLICITADA POR URIEL SOLAR MALAMBO S.A.S. CON NIT. 901.550.489-5, PARA EL PROYECTO FOTOVOLTAICO SOLAR MALAMBO DE 50 MW Y SU LÍNEA DE CONEXIÓN DE 110 KV, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES DISPONE PRIMERO: INICIAR trámite de Licencia Ambiental a la sociedad denominada URIEL SOLAR MALAMBO S.A. con NIT.901.550.489-5, representada legalmente por el señor el señor Jorge Barbado Romero, ciudadano español identificado con Pasaporte No. PAE10211, o quien haga sus veces al momento de la notificación, para el PROYECTO y FOTOVOLTAICO SOLAR MALAMBO DE 50MW Y SU LÍNEA DE CONEXIÓN 110KV, en inmediaciones a la Subestación Caracolí, en el Departamento del Atlántico. PARÁGRAFO: La Subdirección de Gestión Ambiental, designará un funcionario para que mediante visita de inspección técnica verifique y conceptúe sobre la viabilidad y procedencia de la solicitud. SEGUNDO: Practíquense todas las diligencias tendientes al cabal cumplimiento de las obligaciones y funciones de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico TERCERO: Notificar electrónicamente el contenido del presente acto administrativo a la sociedad denominada URIEL SOLAR MALAMBO S.A. a los correos electrónicos: colombia@urielrenovables.com y gerencia@geodesa.co, autorizados durante la reunión de verificación preliminar de la documentación que conforma la solicitud de la licencia ambiental realizada para el PROYECTO FOTOVOLTAIVO SOLAR MALAMBO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 1427 de 2011 reformada por la Ley 2080 de 2021. CUARTO: La sociedad denominada URIEL SOLAR MALAMBO S.A. con NIT.901.550.489-5, deberán publicar la parte dispositiva del presente proveído en un periódico de amplia circulación en los términos de la Ley 1437 de 2011, Art. 73, en concordancia con lo previsto en el artículo 70 de la ley 99 de 1993. Dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación del presente Acto Administrativo, y remitir copia a la Subdirección de Gestión Ambiental en un término de cinco (5) días hábiles. PARAGRAFO: Una vez ejecutoriado el presente Acto Administrativo la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Entidad, procederá a realizar la correspondiente publicación en la página Web de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 reformada la Ley 2080 de 2021. QUINTO: Contra el presente acto administrativo, procede el recurso de reposición, el cual podrá ser interpuesto personalmente y por escrito o por medio electrónico por el interesado, su representante o apoderado debidamente constituido ante la Dirección General de esta Corporación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, conforme a lo dispuesto en la Ley 1437 del 2011 reformada la Ley 2080 de 2021. Dado en Barranquilla a los 31 MAY 2023 NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE JULIETTE SLEMAN CHAMS SUBDIRECTORA DE GESTIÓN AMBIENTAL Proyecto: Laura De Silvestri, Prof. Especializado. IDWEB:1560074

condiciones:

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