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Descripción

Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura República de Colombia Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Oficina de Apoyo a los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Barranquilla JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA AVISO DE REMATE No. 006OCT104 EL JUZGADO SEXTO (6°) CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA ha señalado el día veintinueve (29) de noviembre de dos mil veintitrés (2023) a las 9:30 A.M. con el fin de llevar a cabo diligencia de REMATE del inmueble ubicado en la Carrera 59 No. 85-85 Apartamento 203 Edificio Riomar de Barranquilla, distinguido con matrícula inmobiliaria 040-28075, dentro del presente proceso en el JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS, de propiedad del demandado PATRICIA DRAGO OJEDA identificado con cedula de ciudadanía 32645334. Avaluado en la suma de $430.089.591,00ML, siendo postura admisible la que cubra el 70% del valor total del avalúo, que será la base de la licitación, previa consignación del 40% de conformidad con el Art. 451 C.G.P. Del proceso EJECUCTIVO con radicación 08-001-40-53-020-2013-00235-00 promovido por EDIFICIO RIOMAR contra PATRICIA DRAGO OJEDA identificada con cedula de ciudadanía 32645334, seguido en el JUZGADO SEXTO (6°) DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA. Como secuestre designado aparece el señor JAIRO IGLESIA RAMIREZ, identificado con C.C. Nº 8.720.553, en la ciudad de Barranquilla. El porcentaje que debe consignarse para hacer postura, será del 40% del avaluó respectivo. La licitación comenzara a las 9:30 AM, en la cual el secretario o el encargado de realizarlo anunciará en alta voz la apertura de la licitación, para que los interesados presenten en sobre cerrado sus ofertas para adquirir los bienes subastados. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el artículo 451 de C.G.P, cuando fuere necesario. Trascurrida una hora desde el comienzo de la licitación, el juez abrirá los sobres y leerá en alta voz, las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 del C.G.P; siendo postura admisible la que cubra el 70% del avaluó que será base de la licitación, previa consignación del porcentaje legal de conformidad con el artículo 451 del C.G.P. La subasta se realizará de forma PRESENCIAL, para lo cual se RECEPCIONARÁ DE FORMA FÍSICA las ofertas en sobres sellados de los interesados, el mismo día de la diligencia o dentro de los cinco (5) días anteriores al remate de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 451 del C.G.P. Los interesados en ofertar, pueden comunicarse a los correos institucionales ventanillaj06ecmbquilla@ cendoj.ramajudicial.gov.co y/o j06ejecmba@ cendoj.ramajudicial.gov.co para mayor información de la subasta. Igualmente, de requerirse la revisión del expediente contentivo del proceso, los interesados deberán solicitarlo a la misma dirección electrónica, con el fin que sea compartido digitalmente. Tenga en cuenta que la consignación del cuarenta por ciento (40%) del avaluó, deberán ser consignados en lo sucesivo a la cuenta No. 080012041801 del BANCO AGRARIO cuyo titular es la OFICINA DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA y el código de la dependencia judicial es el No. 080014303000. Para efectos del artículo 450 del C.G.P, se expide el presente AVISO DE REMATE hoy 10 de Octubre de 2023 y copia de él se entregan al interesado para su publicación en el periódico HERALDO o LA LIBERTAD, en día domingo y con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Entréguense el mismo a la parte interesada, quien igualmente deberá allegar certificado de tradición y libertad del bien mueble actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha previa para la diligencia de remate que podrá enviarlo al correo dispuesto para ello ventanillaj06ecmbquilla@ cendoj.ramajudicial.gov.co. Atentamente; ALFREDO TORRES VASQUEZ. Profesional Universitario Grado 12 con Funciones Secretariales. Se anexa copia del auto donde se pueden ver los lineamientos requeridos por el CSJ. movillasuarezabogados@gmail.com Firmado Por: Alfredo Torres Vasquez Profesional Universitario – Coordinador Oficina De Apoyo Barranquilla – Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b199948fa7b93b6f5 710b99b1d97835 dedc042e3394d9ecc 8435f74c054e8a37 Documento generado en 10/10/2023 11:28:04 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https:// procesojudicial.ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica. IDWEB:1564899

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2023-10-29 00:00:00

Ficha técnica

Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura República de Colombia Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Oficina de Apoyo a los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Barranquilla JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA AVISO DE REMATE No. 006OCT104 EL JUZGADO SEXTO (6°) CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA ha señalado el día veintinueve (29) de noviembre de dos mil veintitrés (2023) a las 9:30 A.M. con el fin de llevar a cabo diligencia de REMATE del inmueble ubicado en la Carrera 59 No. 85-85 Apartamento 203 Edificio Riomar de Barranquilla, distinguido con matrícula inmobiliaria 040-28075, dentro del presente proceso en el JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS, de propiedad del demandado PATRICIA DRAGO OJEDA identificado con cedula de ciudadanía 32645334. Avaluado en la suma de $430.089.591,00ML, siendo postura admisible la que cubra el 70% del valor total del avalúo, que será la base de la licitación, previa consignación del 40% de conformidad con el Art. 451 C.G.P. Del proceso EJECUCTIVO con radicación 08-001-40-53-020-2013-00235-00 promovido por EDIFICIO RIOMAR contra PATRICIA DRAGO OJEDA identificada con cedula de ciudadanía 32645334, seguido en el JUZGADO SEXTO (6°) DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA. Como secuestre designado aparece el señor JAIRO IGLESIA RAMIREZ, identificado con C.C. Nº 8.720.553, en la ciudad de Barranquilla. El porcentaje que debe consignarse para hacer postura, será del 40% del avaluó respectivo. La licitación comenzara a las 9:30 AM, en la cual el secretario o el encargado de realizarlo anunciará en alta voz la apertura de la licitación, para que los interesados presenten en sobre cerrado sus ofertas para adquirir los bienes subastados. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el artículo 451 de C.G.P, cuando fuere necesario. Trascurrida una hora desde el comienzo de la licitación, el juez abrirá los sobres y leerá en alta voz, las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 del C.G.P; siendo postura admisible la que cubra el 70% del avaluó que será base de la licitación, previa consignación del porcentaje legal de conformidad con el artículo 451 del C.G.P. La subasta se realizará de forma PRESENCIAL, para lo cual se RECEPCIONARÁ DE FORMA FÍSICA las ofertas en sobres sellados de los interesados, el mismo día de la diligencia o dentro de los cinco (5) días anteriores al remate de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 451 del C.G.P. Los interesados en ofertar, pueden comunicarse a los correos institucionales ventanillaj06ecmbquilla@ cendoj.ramajudicial.gov.co y/o j06ejecmba@ cendoj.ramajudicial.gov.co para mayor información de la subasta. Igualmente, de requerirse la revisión del expediente contentivo del proceso, los interesados deberán solicitarlo a la misma dirección electrónica, con el fin que sea compartido digitalmente. Tenga en cuenta que la consignación del cuarenta por ciento (40%) del avaluó, deberán ser consignados en lo sucesivo a la cuenta No. 080012041801 del BANCO AGRARIO cuyo titular es la OFICINA DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA y el código de la dependencia judicial es el No. 080014303000. Para efectos del artículo 450 del C.G.P, se expide el presente AVISO DE REMATE hoy 10 de Octubre de 2023 y copia de él se entregan al interesado para su publicación en el periódico HERALDO o LA LIBERTAD, en día domingo y con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Entréguense el mismo a la parte interesada, quien igualmente deberá allegar certificado de tradición y libertad del bien mueble actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha previa para la diligencia de remate que podrá enviarlo al correo dispuesto para ello ventanillaj06ecmbquilla@ cendoj.ramajudicial.gov.co. Atentamente; ALFREDO TORRES VASQUEZ. Profesional Universitario Grado 12 con Funciones Secretariales. Se anexa copia del auto donde se pueden ver los lineamientos requeridos por el CSJ. movillasuarezabogados@gmail.com Firmado Por: Alfredo Torres Vasquez Profesional Universitario – Coordinador Oficina De Apoyo Barranquilla – Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b199948fa7b93b6f5 710b99b1d97835 dedc042e3394d9ecc 8435f74c054e8a37 Documento generado en 10/10/2023 11:28:04 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https:// procesojudicial.ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica. IDWEB:1564899

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