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Descripción

REPÚBLICA DE COLOMBIA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO - C.R.A. AUTO No. 799 DE 2023 "POR MEDIO DEL CUAL SE INICIA UN TRÁMITE DE RENOVACIÓN -POR SEGUNDA VEZ- DE LA CONCESIÓN DE AGUAS SUBETRRÁNEAS Y EL PERMISO DE VERTIMIENTOS PRESENTADA POR LA SOCIEDAD STEEL CITY LTDA., CON NIT. 900.491.107-1 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" DISPONE PRIMERO: INICIAR el trámite de renovación -por segunda vez- de la Concesión de aguas subterráneas y el permiso de Vertimientos renovado -por primera vez- por medio de Resolución No. 000615 del 08 de agosto de 2019 e inicialmente otorgado mediante Resolución No. 000610 del 07 de octubre de 2013, a la sociedad STEEL CITY LTDA., con NIT. 900.491.107-1, representada legalmente por el señor NESTOR RODRÍGUEZ SÁNCHEZ o quien haga sus veces al momento de la notificación. Lo anterior, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo. SEGUNDO: La Subdirección de Gestión Ambiental designará a un funcionario para que mediante visita de inspección técnica establezca y conceptúe sobre la viabilidad y procedencia de la solicitud, de conformidad con lo establecido en el presente proveído. PARÁGRAFO ÚNICO: Practíquense todas las diligencias tendientes al cabal cumplimiento de las obligaciones y funciones por parte de la C.R.A. TERCERO: REQUERIR a la sociedad STEEL CITY LTDA., con NIT. 900.491.107-1, presentar ante esta Corporación el Programa para el Uso Eficiente y Ahorro del Agua - PUEAA y el Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos - PGRMV, en el marco de la solicitud de renovación de la Concesión de aguas subterráneas y el permiso de Vertimientos, conforme lo señalado en la normatividad ambiental que regula los instrumentos de control aquí tratados. PARÁGRAFO PRIMERO: ADVERTIR a la sociedad STEEL CITY LTDA., con NIT. 900.491.107-1, que el trámite iniciado queda condicionado al cumplimiento de lo dispuesto en el presente proveído. CUARTO: NOTIFICAR en debida forma a la sociedad STEEL CITY LTDA., con NIT. 900.491.107-1, el contenido del presente acto administrativo de acuerdo con lo señalado en el artículo 55, 56 y el numeral 1 º del artículo 67 de la Ley 1437 de 2011, reformada por la Ley 2080 de 2021; y demás normas que la complementen modifiquen o sustituyan. PARÁGRAFO PRIMERO: Para efectos de lo anterior, se tendrá en cuenta el correo electrónico dcastelblanco@cspdirect.com/ jvalarezo @t360.com.co y/o la dirección suministrada. El usuario deberá informar oportunamente sobre los cambios de su domicilio o cuenta electrónica. PARÁGRAFO SEGUNDO: En caso de imposibilitarse lo anterior, se procederá a notificar el contenido del presente proveído conforme lo previsto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011. QUINTO: La sociedad STEEL CITY LTDA., con NIT. 900.491.107-1, previamente a la continuidad del trámite, deberá publicar la parte dispositiva del presente proveído en un periódico de amplia circulación -en los términos del artículo 73 de la ley 1437 de 2011, reformada por la Ley 2080 de 2021 y, en concordancia con lo previsto en el artículo 70 de la Ley 99 de 1993-. Dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del presente Acto Administrativo, y posteriormente, remitir copia a la Subdirección de Gestión Ambiental en un término de cinco (5) días hábiles. PARÁGRAFO ÚNICO: Una vez ejecutoriado el presente acto administrativo, la Subdirección de Gestión Ambiental, procederá a realizar la correspondiente publicación en la página Web de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico - C.R.A., de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, reformada por la Ley 2080 de 2021. SEXTO: Téngase como interesado cualquier persona que así lo manifieste con su correspondiente identificación y dirección domiciliaria. SÉPTIMO: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición el cual podrá ser interpuesto personalmente por el interesado, su representante o apoderado debidamente constituido ante la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación conforme lo dispuesto en el artículo 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011, reformada por la Ley 2080 de 2021. PARÁGRAFO ÚNICO: En caso de interponer el precitado recurso, la sociedad STEEL CITY L TDA., con NIT. 900.491.107-1, deberá indicar en el asunto el Expediente No. 0801-374 / 0802-220, en el cual reposan las actuaciones administrativas relacionadas con el instrumento de control aquí tratado. Dado en Barranquilla a los 03 N0V 2023 NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, BLEYDY COLL PEÑA SUBDIRECTORA DE GESTION AMBIENTAL (E). IDWEB:1565877

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2023-11-30 00:00:00

Ficha técnica

REPÚBLICA DE COLOMBIA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO - C.R.A. AUTO No. 799 DE 2023 "POR MEDIO DEL CUAL SE INICIA UN TRÁMITE DE RENOVACIÓN -POR SEGUNDA VEZ- DE LA CONCESIÓN DE AGUAS SUBETRRÁNEAS Y EL PERMISO DE VERTIMIENTOS PRESENTADA POR LA SOCIEDAD STEEL CITY LTDA., CON NIT. 900.491.107-1 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" DISPONE PRIMERO: INICIAR el trámite de renovación -por segunda vez- de la Concesión de aguas subterráneas y el permiso de Vertimientos renovado -por primera vez- por medio de Resolución No. 000615 del 08 de agosto de 2019 e inicialmente otorgado mediante Resolución No. 000610 del 07 de octubre de 2013, a la sociedad STEEL CITY LTDA., con NIT. 900.491.107-1, representada legalmente por el señor NESTOR RODRÍGUEZ SÁNCHEZ o quien haga sus veces al momento de la notificación. Lo anterior, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo. SEGUNDO: La Subdirección de Gestión Ambiental designará a un funcionario para que mediante visita de inspección técnica establezca y conceptúe sobre la viabilidad y procedencia de la solicitud, de conformidad con lo establecido en el presente proveído. PARÁGRAFO ÚNICO: Practíquense todas las diligencias tendientes al cabal cumplimiento de las obligaciones y funciones por parte de la C.R.A. TERCERO: REQUERIR a la sociedad STEEL CITY LTDA., con NIT. 900.491.107-1, presentar ante esta Corporación el Programa para el Uso Eficiente y Ahorro del Agua - PUEAA y el Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos - PGRMV, en el marco de la solicitud de renovación de la Concesión de aguas subterráneas y el permiso de Vertimientos, conforme lo señalado en la normatividad ambiental que regula los instrumentos de control aquí tratados. PARÁGRAFO PRIMERO: ADVERTIR a la sociedad STEEL CITY LTDA., con NIT. 900.491.107-1, que el trámite iniciado queda condicionado al cumplimiento de lo dispuesto en el presente proveído. CUARTO: NOTIFICAR en debida forma a la sociedad STEEL CITY LTDA., con NIT. 900.491.107-1, el contenido del presente acto administrativo de acuerdo con lo señalado en el artículo 55, 56 y el numeral 1 º del artículo 67 de la Ley 1437 de 2011, reformada por la Ley 2080 de 2021; y demás normas que la complementen modifiquen o sustituyan. PARÁGRAFO PRIMERO: Para efectos de lo anterior, se tendrá en cuenta el correo electrónico dcastelblanco@cspdirect.com/ jvalarezo @t360.com.co y/o la dirección suministrada. El usuario deberá informar oportunamente sobre los cambios de su domicilio o cuenta electrónica. PARÁGRAFO SEGUNDO: En caso de imposibilitarse lo anterior, se procederá a notificar el contenido del presente proveído conforme lo previsto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011. QUINTO: La sociedad STEEL CITY LTDA., con NIT. 900.491.107-1, previamente a la continuidad del trámite, deberá publicar la parte dispositiva del presente proveído en un periódico de amplia circulación -en los términos del artículo 73 de la ley 1437 de 2011, reformada por la Ley 2080 de 2021 y, en concordancia con lo previsto en el artículo 70 de la Ley 99 de 1993-. Dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del presente Acto Administrativo, y posteriormente, remitir copia a la Subdirección de Gestión Ambiental en un término de cinco (5) días hábiles. PARÁGRAFO ÚNICO: Una vez ejecutoriado el presente acto administrativo, la Subdirección de Gestión Ambiental, procederá a realizar la correspondiente publicación en la página Web de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico - C.R.A., de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, reformada por la Ley 2080 de 2021. SEXTO: Téngase como interesado cualquier persona que así lo manifieste con su correspondiente identificación y dirección domiciliaria. SÉPTIMO: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición el cual podrá ser interpuesto personalmente por el interesado, su representante o apoderado debidamente constituido ante la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación conforme lo dispuesto en el artículo 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011, reformada por la Ley 2080 de 2021. PARÁGRAFO ÚNICO: En caso de interponer el precitado recurso, la sociedad STEEL CITY L TDA., con NIT. 900.491.107-1, deberá indicar en el asunto el Expediente No. 0801-374 / 0802-220, en el cual reposan las actuaciones administrativas relacionadas con el instrumento de control aquí tratado. Dado en Barranquilla a los 03 N0V 2023 NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, BLEYDY COLL PEÑA SUBDIRECTORA DE GESTION AMBIENTAL (E). IDWEB:1565877

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