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Descripción

RESUELVE RTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE la pérdida de fuerza ejecutoria de la Resolución No. 0553 de 2018, lo anterior de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR este acto administrativo a la FUNDACION HOSPITAL DEL NORTE con NIT: 890.112.801-3, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la ley 2080 de 2021, el numeral 1° del Artículo 67 y 68 de la ley 1437 de 2011, y demás normas que la complementen, modifiquen o sustituyan. Para efectos de lo anterior, se tendrá en cuenta la dirección electrónica: fcmn@uninorte.edu.co - y/o la que se autorice para ello por parte de dicha sociedad si desean recibir notificaciones por ese medio, y/o la dirección: Calle 30 #37-293 en el Municipio de Soledad Atlántico. En caso de imposibilitarse lo anterior se procederá a notificar conforme a lo previsto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, dejando las constancias respectivas dentro del expediente. ARTÍCULO TERCERO: La FUNDACIÓN HOSPITAL UNIVERSIDAD DEL NORTE, con NIT 890.112.801-3, deberá publicar la parte resolutiva del presente proveído en un periódico de amplia circulación en los términos del Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011 en concordancia con lo previsto en el Artículo 70 de la Ley 99 de 1993, dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación del presente proveído, y remitir copia a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta entidad, en un término de cinco días hábiles. Así mismo, una vez ejecutoriado el presente Acto Administrativo, la Subdirección de Gestión Ambiental, procederá a realizar la correspondiente publicación en la página web de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, de conformidad con el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO: Contra el presente acto administrativo, procede el Recurso de Reposición ante la Dirección General, el cual podrá ser interpuesto personalmente o mediante apoderado legalmente constituido, por escrito o por medio electrónico dentro de los 10 días siguientes a la notificación del presente Acto, conforme a lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011.. IDWEB:1566640

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2023-12-30 00:00:00

Ficha técnica

RESUELVE RTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE la pérdida de fuerza ejecutoria de la Resolución No. 0553 de 2018, lo anterior de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR este acto administrativo a la FUNDACION HOSPITAL DEL NORTE con NIT: 890.112.801-3, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la ley 2080 de 2021, el numeral 1° del Artículo 67 y 68 de la ley 1437 de 2011, y demás normas que la complementen, modifiquen o sustituyan. Para efectos de lo anterior, se tendrá en cuenta la dirección electrónica: fcmn@uninorte.edu.co - y/o la que se autorice para ello por parte de dicha sociedad si desean recibir notificaciones por ese medio, y/o la dirección: Calle 30 #37-293 en el Municipio de Soledad Atlántico. En caso de imposibilitarse lo anterior se procederá a notificar conforme a lo previsto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, dejando las constancias respectivas dentro del expediente. ARTÍCULO TERCERO: La FUNDACIÓN HOSPITAL UNIVERSIDAD DEL NORTE, con NIT 890.112.801-3, deberá publicar la parte resolutiva del presente proveído en un periódico de amplia circulación en los términos del Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011 en concordancia con lo previsto en el Artículo 70 de la Ley 99 de 1993, dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación del presente proveído, y remitir copia a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta entidad, en un término de cinco días hábiles. Así mismo, una vez ejecutoriado el presente Acto Administrativo, la Subdirección de Gestión Ambiental, procederá a realizar la correspondiente publicación en la página web de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, de conformidad con el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO: Contra el presente acto administrativo, procede el Recurso de Reposición ante la Dirección General, el cual podrá ser interpuesto personalmente o mediante apoderado legalmente constituido, por escrito o por medio electrónico dentro de los 10 días siguientes a la notificación del presente Acto, conforme a lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011.. IDWEB:1566640

condiciones:

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