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Descripción

JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGENA Cartagena de Indias, D. T. C. TIPO DE PROCESO EJECUTIVO CON GARANTIA REAL RADICADO 1300140030 1320170079800 DEMANDANTE BANCO COLPATRIA SANTA FE LOGISTICA Y DEPOSITOS SAS (CESIONARIO) DEMANDADO JUANA SOFIA REGINO DE GUERRA ASUNTO NUEVA FECHA DE REMATE REQUERIR AL DEMANDANTE DATO ESTADISTICO TERMINADO (NO) AUTO 1/1 Estando al despacho el proceso de la referencia luego de declararse fallida la fecha fijada en auto que antecede para llevar a cabo la diligencia de remate del vehículo de placa JBO-039 debido a que no fueron aportadas las publicaciones de que trata el artículo 451 del C.G. del P, procederá el despacho a fijar una nueva fecha. Así mismo, cómo quiera que el demandante es el mismo depositario del vehículo y no ha mostrado interés en realizar las publicaciones pertinentes, muy a pesar de que el bien se encuentra embargado, secuestrado y avaluado, y existe constancia q en las diligencias se han presentado posturas, con lo cual podría pagarse parte del crédito, el despacho requerirá a la parte demandante a través de su apoderado, para que informe las razones por las cuales no se ha diligenciado las publicaciones de las diferentes diligencias de remate. Finalmente, como quiera que el depositario del vehículo dejó ver que este se encuentra en la ciudad de Barranquilla, se dispondrá que el aviso de remate sea publicado en el diario el Heraldo, medio de comunicación que circula en el lugar donde está ubicado el bien. Por lo anterior, el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGENA, RESUELVE: PRIMERO: Señalar el 06 DE FEBRERO DE 2023, a las 10:00 a.m., para llevar a cabo la diligencia de REMATE del vehículo de placas JBO-039 de propiedad de la parte demandada, que se encuentra embargado, secuestrado y avaluado en el presente proceso en la suma de $40.530.000. DEPOSITARIO: SANTA FE FE LOGÍSTICA Y DEPÓSITOS S.A.S.- cesionario de este proceso: correo gerencia@argumentum.com SEGUNDO: REQUERIR a la parte ejecutante a través de su apoderado, informe al despacho las razones por las cuales no se ha diligenciado las publicaciones de las diferentes diligencias de remate que se han señalado en el proceso. TERCERO: La licitación comenzará a las 10:00 A.M.., y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora por lo menos, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, previa consignación del 40% del avalúo en el BANCO AGRARIO en la cuenta No. 130012041800, a nombre de OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGENA, indicando el nombre de las partes del proceso y de forma correcta los 23 dígitos del radicado de este asunto. CUARTO: PUBLIQUESE POR UNA SOLA VEZ en el diario El HERALDO. Publicación que deberá realizarse el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. QUINTO: SE ORDENA a la parte demandante que a través de su apoderado, anuncie el remate conforme lo previsto en el art. 450 del C, G. del P; quien deberá allegarlo para antes de la apertura de la licitación, junto con el certificado de tradición y libertad, SEXTO: INFÓRMESE A LOS INTERESADOS LO SIGUIENTE: La diligencia anteriormente programada, se celebrará de manera virtual, para lo cual, se utilizará el aplicativo "LifeSize" al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc.), y a través del link: https://call.lifesizecloud.com /19897218 El expediente se puede revisar en el aplicativo Tyba, a través del siguiente enlace: https://procesojudicial.ramajudicial. gov.co /Justicia21/ Administracion/ Ciudadanos/ frmConsulta.aspx En la diligencia se tendrá en cuenta lo dispuesto en la CIRCULAR OCSJC2126 de 17 de noviembre de 2021, expedida por el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, implementándose el MODULO DE SUBASTA JUDICIAL VIRTUAL y quien pretenda hacer postura deberá tomar atenta nota a lo establecido en el PROTOCOLO DE REMATE, el cual podrá acceder en el micrositio del Juzgado del portal web de la RAMA JUDICIAL. https://www.ramajudicial.gov.cc /documents /2858357/ 133361716/ PROTOCOLO+ PARA+ LA +REALIZACI% C3%93N+DE+ AUDIENCIAS+ DE +REMATE+VIRTUAL+- 2023+1. pdf/44b784f5- 29d3-4335-8fa2- eaf35beab59b SÉPTIMO: Por SECRETARIA solicitese al Juzgado de origen el traslado virtual del proceso dentro del portal PTW del Banco Agrario, en caso de que esto no se hubiere efectuado. OCTAVO: REQUERIR al cesionario para que en su calidad de depositario informe las condiciones en que se encuentra en vehículo; así mismo, diga porque no ha practicado los avisos de remate para la adjudicación del bien. NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE CARMEN LUZ COBOS GONZALEZ JUEZ. IDWEB:1567260

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2024-01-21 00:00:00

Ficha técnica

JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGENA Cartagena de Indias, D. T. C. TIPO DE PROCESO EJECUTIVO CON GARANTIA REAL RADICADO 1300140030 1320170079800 DEMANDANTE BANCO COLPATRIA SANTA FE LOGISTICA Y DEPOSITOS SAS (CESIONARIO) DEMANDADO JUANA SOFIA REGINO DE GUERRA ASUNTO NUEVA FECHA DE REMATE REQUERIR AL DEMANDANTE DATO ESTADISTICO TERMINADO (NO) AUTO 1/1 Estando al despacho el proceso de la referencia luego de declararse fallida la fecha fijada en auto que antecede para llevar a cabo la diligencia de remate del vehículo de placa JBO-039 debido a que no fueron aportadas las publicaciones de que trata el artículo 451 del C.G. del P, procederá el despacho a fijar una nueva fecha. Así mismo, cómo quiera que el demandante es el mismo depositario del vehículo y no ha mostrado interés en realizar las publicaciones pertinentes, muy a pesar de que el bien se encuentra embargado, secuestrado y avaluado, y existe constancia q en las diligencias se han presentado posturas, con lo cual podría pagarse parte del crédito, el despacho requerirá a la parte demandante a través de su apoderado, para que informe las razones por las cuales no se ha diligenciado las publicaciones de las diferentes diligencias de remate. Finalmente, como quiera que el depositario del vehículo dejó ver que este se encuentra en la ciudad de Barranquilla, se dispondrá que el aviso de remate sea publicado en el diario el Heraldo, medio de comunicación que circula en el lugar donde está ubicado el bien. Por lo anterior, el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGENA, RESUELVE: PRIMERO: Señalar el 06 DE FEBRERO DE 2023, a las 10:00 a.m., para llevar a cabo la diligencia de REMATE del vehículo de placas JBO-039 de propiedad de la parte demandada, que se encuentra embargado, secuestrado y avaluado en el presente proceso en la suma de $40.530.000. DEPOSITARIO: SANTA FE FE LOGÍSTICA Y DEPÓSITOS S.A.S.- cesionario de este proceso: correo gerencia@argumentum.com SEGUNDO: REQUERIR a la parte ejecutante a través de su apoderado, informe al despacho las razones por las cuales no se ha diligenciado las publicaciones de las diferentes diligencias de remate que se han señalado en el proceso. TERCERO: La licitación comenzará a las 10:00 A.M.., y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora por lo menos, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, previa consignación del 40% del avalúo en el BANCO AGRARIO en la cuenta No. 130012041800, a nombre de OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGENA, indicando el nombre de las partes del proceso y de forma correcta los 23 dígitos del radicado de este asunto. CUARTO: PUBLIQUESE POR UNA SOLA VEZ en el diario El HERALDO. Publicación que deberá realizarse el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. QUINTO: SE ORDENA a la parte demandante que a través de su apoderado, anuncie el remate conforme lo previsto en el art. 450 del C, G. del P; quien deberá allegarlo para antes de la apertura de la licitación, junto con el certificado de tradición y libertad, SEXTO: INFÓRMESE A LOS INTERESADOS LO SIGUIENTE: La diligencia anteriormente programada, se celebrará de manera virtual, para lo cual, se utilizará el aplicativo "LifeSize" al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc.), y a través del link: https://call.lifesizecloud.com /19897218 El expediente se puede revisar en el aplicativo Tyba, a través del siguiente enlace: https://procesojudicial.ramajudicial. gov.co /Justicia21/ Administracion/ Ciudadanos/ frmConsulta.aspx En la diligencia se tendrá en cuenta lo dispuesto en la CIRCULAR OCSJC2126 de 17 de noviembre de 2021, expedida por el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, implementándose el MODULO DE SUBASTA JUDICIAL VIRTUAL y quien pretenda hacer postura deberá tomar atenta nota a lo establecido en el PROTOCOLO DE REMATE, el cual podrá acceder en el micrositio del Juzgado del portal web de la RAMA JUDICIAL. https://www.ramajudicial.gov.cc /documents /2858357/ 133361716/ PROTOCOLO+ PARA+ LA +REALIZACI% C3%93N+DE+ AUDIENCIAS+ DE +REMATE+VIRTUAL+- 2023+1. pdf/44b784f5- 29d3-4335-8fa2- eaf35beab59b SÉPTIMO: Por SECRETARIA solicitese al Juzgado de origen el traslado virtual del proceso dentro del portal PTW del Banco Agrario, en caso de que esto no se hubiere efectuado. OCTAVO: REQUERIR al cesionario para que en su calidad de depositario informe las condiciones en que se encuentra en vehículo; así mismo, diga porque no ha practicado los avisos de remate para la adjudicación del bien. NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE CARMEN LUZ COBOS GONZALEZ JUEZ. IDWEB:1567260

condiciones:

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