Descripción
COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS CURADOR URBANO N° 1 GUILLERMO ENRIQUE ÁVILA BARRAGÁN CENTRO DE NEGOCIOS MIX VIA 40 #73-240 LOCALES 15-16 De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, se comunica a los propietarios o poseedores o tenedores o residentes o comuneros de los inmuebles objeto del trámite o colindantes a los predios objeto de las solicitudes que a continuación se relacionan, que ante esta Curaduría Urbana se han presentado las siguientes solicitudes de licencia. (Se indica en orden: N° de Expediente, Fecha de Radicación Trámite y modalidad, Dirección de inmueble (s) objetos de solicitud, Nombre del solicitante, Uso (s) propuestos: 08001-1-23-0330, 20-DIC-2023, RECONOCIMIENTO, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, MODIFICACIÓN, AMPLIACIÓN, CL 44 B 4 A 96 (ACTUAL), VIVIENDA, JULIO CESAR GUZMAN LASTRA C.C. 1143131471, EL PROYECTO PRETENDE DESARROLLAR EL (LOS) USO(S): VIVIENDA TRIFAMILIAR, (VIVIENDA) Esta publicación se efectúa para que Usted pueda hacerse parte dentro de la actuación iniciada y hacer valer sus derechos, caso en el cual, deberá dirigir un escrito, en el cual se manifiesten los motivos de orden técnico que fundamentan su objeción en relación con la solicitud radicada. Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina de curador urbano No 1 Guillermo Enrique Ávila Barragán ubicada en la Centro de Negocios Mix Via 40 #73-240 Locales 15-16, Lo anterior de acuerdo con los Artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015 hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Conforme con el Parágrafo Artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015 "Las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto decida sobre la solicitud." Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina del Curador Urbano No 1 de Barranquilla, Arquitecto Guillermo Enrique Ávila Barragán, ubicada en la Vía 40 No. 73-290 Locales 15 y 16 Centro de Negocios Mix, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva, acto que podrá expedirse a partir de cinco (5) días hábiles siguientes a esta publicación.. IDWEB:1567836
Ubicación
BarranquillaFecha de publicación
Publicado 2024-02-08 00:00:00Ficha técnica
COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS CURADOR URBANO N° 1 GUILLERMO ENRIQUE ÁVILA BARRAGÁN CENTRO DE NEGOCIOS MIX VIA 40 #73-240 LOCALES 15-16 De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, se comunica a los propietarios o poseedores o tenedores o residentes o comuneros de los inmuebles objeto del trámite o colindantes a los predios objeto de las solicitudes que a continuación se relacionan, que ante esta Curaduría Urbana se han presentado las siguientes solicitudes de licencia. (Se indica en orden: N° de Expediente, Fecha de Radicación Trámite y modalidad, Dirección de inmueble (s) objetos de solicitud, Nombre del solicitante, Uso (s) propuestos: 08001-1-23-0330, 20-DIC-2023, RECONOCIMIENTO, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, MODIFICACIÓN, AMPLIACIÓN, CL 44 B 4 A 96 (ACTUAL), VIVIENDA, JULIO CESAR GUZMAN LASTRA C.C. 1143131471, EL PROYECTO PRETENDE DESARROLLAR EL (LOS) USO(S): VIVIENDA TRIFAMILIAR, (VIVIENDA) Esta publicación se efectúa para que Usted pueda hacerse parte dentro de la actuación iniciada y hacer valer sus derechos, caso en el cual, deberá dirigir un escrito, en el cual se manifiesten los motivos de orden técnico que fundamentan su objeción en relación con la solicitud radicada. Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina de curador urbano No 1 Guillermo Enrique Ávila Barragán ubicada en la Centro de Negocios Mix Via 40 #73-240 Locales 15-16, Lo anterior de acuerdo con los Artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015 hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Conforme con el Parágrafo Artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015 "Las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto decida sobre la solicitud." Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina del Curador Urbano No 1 de Barranquilla, Arquitecto Guillermo Enrique Ávila Barragán, ubicada en la Vía 40 No. 73-290 Locales 15 y 16 Centro de Negocios Mix, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva, acto que podrá expedirse a partir de cinco (5) días hábiles siguientes a esta publicación.. IDWEB:1567836
condiciones:
Ut enim ad minim veniam, quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo consequat.
Información del Anunciante
Nombre: JACQUELINE LASTRA RICAURTER