Clasificados Vehículos Inmuebles Empleos Varios

precio no suministrado

Descripción

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Regional Magdalena Centro Zonal Plato Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Por orden de la Defensora de Familia N°2 del Centro Zonal Plato Regional Magdalena CITACION Y EMPLAZAMIENTO A la señora Rosa Elena Vargas Ochoa identificada con la C.C. N°1.081.926.322 de Plato, en calidad de progenitora y al señor Wilman de Jesús Jimenez Rodriguez identificado con la C.C. N°1.192.715.121 en calidad de padre, familiares interesados y personas indeterminadas que se consideren con interés para que en el término de cinco (5) días hábiles se presente en la Defensoría de Familia Centro Zonal Plato Magdalena Cra 15ª N° 18-29 Barrio San José, correo electrónico Leonela.Garcia@icbf.gov.co con el fin de NOTIFICARLE Auto de apertura de Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos de fecha veintitrés (23) de Octubre de 2023 y presenten las pruebas que estimen pertinentes en atención del derecho al debido proceso de conformidad con lo establecido en el artículos 100 de la ley 1098 del 2006 modificado por el artículo 4 de la ley 1878 del 2018 dentro del proceso de restablecimiento de derechos adelantado a favor de la niña YULIANA PAOLA JIMENEZ VARGAS identificada con la T.I N°1081921855 de 12 años de edad, SIM 24908875. Se deja constancia de que se surte de este modo la notificación por desconocerse el paradero de quien debe ser notificado. De no asistir se entenderá surtida la notificación conforme a lo dispuesto en el artículo Art.102 de la Ley 1098 de 2006 y Art. 293 C.G.P. Código General del Proceso. El término para que comparezca es el siguiente: 15 días siguientes a la publicación de éste edicto, un día domingo en los diarios “El Tiempo, Heraldo, Espectador”. Pasado ese término, en caso de no comparecencia se designará un curador que les represente, la notificación se entenderá surtida si transcurridos cinco días del término establecido los citados no comparecen LEONELA MARINA GARCIA HERNÁNDEZ Defensor de Familia Centro Zonal Plato ICBF Regional Magdalena Artículo 102 del Código de la Infancia y la Adolescencia Artículo 108 del Código de General del proceso. IDWEB:1568202

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2024-02-25 00:00:00

Ficha técnica

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Regional Magdalena Centro Zonal Plato Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Por orden de la Defensora de Familia N°2 del Centro Zonal Plato Regional Magdalena CITACION Y EMPLAZAMIENTO A la señora Rosa Elena Vargas Ochoa identificada con la C.C. N°1.081.926.322 de Plato, en calidad de progenitora y al señor Wilman de Jesús Jimenez Rodriguez identificado con la C.C. N°1.192.715.121 en calidad de padre, familiares interesados y personas indeterminadas que se consideren con interés para que en el término de cinco (5) días hábiles se presente en la Defensoría de Familia Centro Zonal Plato Magdalena Cra 15ª N° 18-29 Barrio San José, correo electrónico Leonela.Garcia@icbf.gov.co con el fin de NOTIFICARLE Auto de apertura de Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos de fecha veintitrés (23) de Octubre de 2023 y presenten las pruebas que estimen pertinentes en atención del derecho al debido proceso de conformidad con lo establecido en el artículos 100 de la ley 1098 del 2006 modificado por el artículo 4 de la ley 1878 del 2018 dentro del proceso de restablecimiento de derechos adelantado a favor de la niña YULIANA PAOLA JIMENEZ VARGAS identificada con la T.I N°1081921855 de 12 años de edad, SIM 24908875. Se deja constancia de que se surte de este modo la notificación por desconocerse el paradero de quien debe ser notificado. De no asistir se entenderá surtida la notificación conforme a lo dispuesto en el artículo Art.102 de la Ley 1098 de 2006 y Art. 293 C.G.P. Código General del Proceso. El término para que comparezca es el siguiente: 15 días siguientes a la publicación de éste edicto, un día domingo en los diarios “El Tiempo, Heraldo, Espectador”. Pasado ese término, en caso de no comparecencia se designará un curador que les represente, la notificación se entenderá surtida si transcurridos cinco días del término establecido los citados no comparecen LEONELA MARINA GARCIA HERNÁNDEZ Defensor de Familia Centro Zonal Plato ICBF Regional Magdalena Artículo 102 del Código de la Infancia y la Adolescencia Artículo 108 del Código de General del proceso. IDWEB:1568202

condiciones:

Ut enim ad minim veniam, quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo consequat.

Información del Anunciante