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Descripción

Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura Republica de Colombia AVISO ARTÍCULO 597 C.G.P. EL SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE VALLEDUPAR, CESAR, AVISA: Que, en el proceso EJECUTIVO promovido por BANCO DAVIVIENDA identificado con el Nit 860034313- 7, representada legalmente por Lucía Mejía Naranjo y quien actúa a través de apoderado judicial legalmente constituido Dra. CLAUDIA CECILIA MERINO ÁVILA identificado con la cédula de ciudadanía No. 49.761.829, portador de la T.P. No 311.856 del C.S.J. contra MANUEL MARIA MORON VEGA identificado con C.C. No 80.715.572, proceso que se identifica con el radicado 20001- 31- 03- 005- 2018- 00161- 00, se ha señalado día el día DIECIOCHO (18) de ABRIL de dos mil veinticuatro (2024), a las NUEVE de la mañana (09:00 A.M.) para practicar la diligencia de remate del bien inmueble identificado con la matrícula inmobiliaria No. 190- 102831 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Valledupar- Cesar, ubicado en la carrera 19A #4-40 Casa 2, Urbanización Los Rosales, de propiedad del demandado MANUEL MARIA MORON VEGA identificado con la cedula de ciudadanía No. 80.715.572, predio que se encuentra debidamente embargado y secuestrado dentro del presente asunto, por la secuestre GENNYS MABEL AISLANTH VEGA, identificado con la cedula de ciudadanía No. 22.832.826. Este inmueble fue avaluado en la suma de CUATROCIENTOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL PESOS MCTE ($409.857.000,00). La licitación comenzará a las NUEVE de la mañana (09:00 A.M.), del citado día, y transcurrida una hora desde el comienzo de la misma, se abrirán los sobres y se leerán en alta voz las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 del C.G.P., a continuación se adjudicará el bien al mejor postor, siendo postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo, previa consignación del porcentaje legal, es decir el 40% del mismo, equivalente a la suma de DOSCIENTO OCHENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NUEVECIENTOS PESOS MCTE ($286.899.900,00). Anúnciese el remate con el cumplimiento de las formalidades de que trata el artículo 450 del Código General del Proceso, haciéndose las publicaciones de rigor en un periódico de amplia circulación en la localidad tales como el Pilón o Heraldo o en otro medio masivo de comunicación tales como caracol radio o La voz del Cañahuate. Por secretaria líbrese el aviso respectivo. Se les advierte que la diligencia será realizada de manera virtual, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 07 de la ley 2213 del 2022, a través de la plataforma LIFESIZE. Igualmente, se le hace saber qué el expediente estará digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio del Juzgado (https:// www.ramajudicial.gov.co /web/juzgado- 05-civil-del -circuito-devalledupar), el día anterior la fecha y hora señalada para la realización de la audiencia de remate virtual, con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo, así como, el link de acceso para que los usuarios e interesados asistan a la misma. La audiencia de remate se regirá por las siguientes reglas: -Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del juez, en el buzón digital del despacho. -En la celebración de la audiencia virtual será necesaria la presencia de los postores, que hubieren hecho ofertas. -Para la postura en el remate virtual, la oferta debe remitirse de forma digital, legible y debidamente suscrita; la clave será suministrada por el ofertante únicamente al Juez en el desarrollo de la audiencia virtual, en la forma y oportunidad prevista en el artículo 452 del Código General del Proceso. -El juez o el encargado de realizar la audiencia virtual de remate abrirá la oferta digital y leerá las ofertas en la oportunidad, con las formalidades y los requisitos señalados en el artículo 452 del Código General del Proceso. -Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del C.G.P. La postura de remate deberá cumplir con los siguientes requisitos: -Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura – Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. – El monto por el que hace la postura. – La oferta debe estar suscrita por el interesado. Si es persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si esa una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este. – Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. -Copia del poder y documento de identidad del apoderado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado. Copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos de los previsto en el en el artículo 451 del Código General del Proceso. – A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta digital conforme a las formalidades exigidas por el artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberá constar en un solo archivo digital, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. – La oferta digital deberá remitirse única y exclusivamente, al correo designado por el despacho o al centro de servicios. Para lo anterior, se les informa a los interesados y apoderados judiciales de las partes que los canales disponibles de comunicación del juzgado son j05ccvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co y el abonado telefónico (605) 5885691 Ext. 128, a los cuales podrán comunicarse para recibir información sobre la manera en que se desarrollará la diligencia y contar con asistencia técnica para la efectividad de la misma. Las ofertas del remate se recibirán exclusivamente en el correo institucional del juzgado j05ccvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co, y deben ser remitidas en documento cifrado con contraseña, a fin de garantizar que su contenido solo pueda conocerse en el momento de la diligencia; y en el asunto del mensaje de datos se deberá indicar “POSTURA DE REMATE 2018- 0161- 00”. JOSE IGNACIO CERVANTES RESTREPO Secretario. Firmado Por: Jose Ignacio Cervantes Restrepo Secretario Juzgado De Circuito Civil 005 Valledupar – Cesar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0e9fbb41 72c117f f98877ce 783b871 681537 4fc2da08 7f06fd d55cc2 e169327f Documento generado en 14/03/2024 05:26:00 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https:// procesojudicial.ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica n.c 23120. IDWEB:1568900

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2024-03-24 00:00:00

Ficha técnica

Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura Republica de Colombia AVISO ARTÍCULO 597 C.G.P. EL SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE VALLEDUPAR, CESAR, AVISA: Que, en el proceso EJECUTIVO promovido por BANCO DAVIVIENDA identificado con el Nit 860034313- 7, representada legalmente por Lucía Mejía Naranjo y quien actúa a través de apoderado judicial legalmente constituido Dra. CLAUDIA CECILIA MERINO ÁVILA identificado con la cédula de ciudadanía No. 49.761.829, portador de la T.P. No 311.856 del C.S.J. contra MANUEL MARIA MORON VEGA identificado con C.C. No 80.715.572, proceso que se identifica con el radicado 20001- 31- 03- 005- 2018- 00161- 00, se ha señalado día el día DIECIOCHO (18) de ABRIL de dos mil veinticuatro (2024), a las NUEVE de la mañana (09:00 A.M.) para practicar la diligencia de remate del bien inmueble identificado con la matrícula inmobiliaria No. 190- 102831 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Valledupar- Cesar, ubicado en la carrera 19A #4-40 Casa 2, Urbanización Los Rosales, de propiedad del demandado MANUEL MARIA MORON VEGA identificado con la cedula de ciudadanía No. 80.715.572, predio que se encuentra debidamente embargado y secuestrado dentro del presente asunto, por la secuestre GENNYS MABEL AISLANTH VEGA, identificado con la cedula de ciudadanía No. 22.832.826. Este inmueble fue avaluado en la suma de CUATROCIENTOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL PESOS MCTE ($409.857.000,00). La licitación comenzará a las NUEVE de la mañana (09:00 A.M.), del citado día, y transcurrida una hora desde el comienzo de la misma, se abrirán los sobres y se leerán en alta voz las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 del C.G.P., a continuación se adjudicará el bien al mejor postor, siendo postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo, previa consignación del porcentaje legal, es decir el 40% del mismo, equivalente a la suma de DOSCIENTO OCHENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NUEVECIENTOS PESOS MCTE ($286.899.900,00). Anúnciese el remate con el cumplimiento de las formalidades de que trata el artículo 450 del Código General del Proceso, haciéndose las publicaciones de rigor en un periódico de amplia circulación en la localidad tales como el Pilón o Heraldo o en otro medio masivo de comunicación tales como caracol radio o La voz del Cañahuate. Por secretaria líbrese el aviso respectivo. Se les advierte que la diligencia será realizada de manera virtual, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 07 de la ley 2213 del 2022, a través de la plataforma LIFESIZE. Igualmente, se le hace saber qué el expediente estará digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio del Juzgado (https:// www.ramajudicial.gov.co /web/juzgado- 05-civil-del -circuito-devalledupar), el día anterior la fecha y hora señalada para la realización de la audiencia de remate virtual, con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo, así como, el link de acceso para que los usuarios e interesados asistan a la misma. La audiencia de remate se regirá por las siguientes reglas: -Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del juez, en el buzón digital del despacho. -En la celebración de la audiencia virtual será necesaria la presencia de los postores, que hubieren hecho ofertas. -Para la postura en el remate virtual, la oferta debe remitirse de forma digital, legible y debidamente suscrita; la clave será suministrada por el ofertante únicamente al Juez en el desarrollo de la audiencia virtual, en la forma y oportunidad prevista en el artículo 452 del Código General del Proceso. -El juez o el encargado de realizar la audiencia virtual de remate abrirá la oferta digital y leerá las ofertas en la oportunidad, con las formalidades y los requisitos señalados en el artículo 452 del Código General del Proceso. -Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del C.G.P. La postura de remate deberá cumplir con los siguientes requisitos: -Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura – Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. – El monto por el que hace la postura. – La oferta debe estar suscrita por el interesado. Si es persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si esa una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este. – Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. -Copia del poder y documento de identidad del apoderado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado. Copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos de los previsto en el en el artículo 451 del Código General del Proceso. – A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta digital conforme a las formalidades exigidas por el artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberá constar en un solo archivo digital, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. – La oferta digital deberá remitirse única y exclusivamente, al correo designado por el despacho o al centro de servicios. Para lo anterior, se les informa a los interesados y apoderados judiciales de las partes que los canales disponibles de comunicación del juzgado son j05ccvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co y el abonado telefónico (605) 5885691 Ext. 128, a los cuales podrán comunicarse para recibir información sobre la manera en que se desarrollará la diligencia y contar con asistencia técnica para la efectividad de la misma. Las ofertas del remate se recibirán exclusivamente en el correo institucional del juzgado j05ccvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co, y deben ser remitidas en documento cifrado con contraseña, a fin de garantizar que su contenido solo pueda conocerse en el momento de la diligencia; y en el asunto del mensaje de datos se deberá indicar “POSTURA DE REMATE 2018- 0161- 00”. JOSE IGNACIO CERVANTES RESTREPO Secretario. Firmado Por: Jose Ignacio Cervantes Restrepo Secretario Juzgado De Circuito Civil 005 Valledupar – Cesar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0e9fbb41 72c117f f98877ce 783b871 681537 4fc2da08 7f06fd d55cc2 e169327f Documento generado en 14/03/2024 05:26:00 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https:// procesojudicial.ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica n.c 23120. IDWEB:1568900

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