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Descripción

Fijado en ESTADO No. 054 del 18 de abril de 2024, a las 8:00 AM. REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL SANTA MARTA - MAGDALENA Santa Marta, diecisiete (17) de abril de dos mil veinticuatro (2024) REFERENCIA: PROCESO EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTIA REAL DEMANDANTE: HELTON JHON GARCIA PACHECO DEMANDADO: EDINSON ENRIQUE GONZALEZ RADICADO: 47001.40.53.002. 2019.00006.00 ASUNTO Procede el Despacho a pronunciarse respecto a la solicitud de fijación de nueva fecha de remate, presentada por la apoderada judicial de la parte demandante en este asunto. CONSIDERACIONES De una revisión del legajo se observa que en auto anterior se fijo el día 09 de febrero de 2024 a las 9 de la mañana, la diligencia de remate del bien objeto de esta causa civil. No obstante, en memorial de data 34 de enero de los corrientes, el extremo activo solicito fijar nueva fecha para la citada diligencia, en virtud a que no le fue posible publicar el edicto emitido. El art. 448 del C.G. del P., señala: "Ejecutoriada la providencia que ordene seguir adelante la ejecución, el ejecutante podrá pedir que se señale fecha para el remate de los bienes que lo permitan, siempre que se hayan embargado, secuestrado y avaluado, aun cuando no esté en firme la liquidación del crédito. En firme esta, cualquiera de las partes podrá pedir el remate de dichos bienes.- (…) "En el auto que ordene el remate el juez realizará el control de legalidad para sanear las irregularidades que puedan acarrear nulidad. En el mismo auto fijará la base de la licitación" De una revisión del proceso advierte el Despacho que no se encuentra irregularidad alguna que genere nulidad de la actuación, lo anterior en ejercicio del control de legalidad previsto en el inciso 3° de la norma en comento. Así las cosas, y teniendo en cuenta que el bien inmueble objeto de la litis se encuentra embargado, secuestrado y avaluado, cumpliendo con los parámetros establecidos en el art. 448 ibídem se accederá a señalar fecha para llevar a cabo la diligencia de remate del inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 080-630. Por otra parte, teniendo en cuenta la apertura al público de las sedes judiciales1 y la implementación de la prestación del servicio de forma presenciaI2, que garantiza la atención al público todos los días dentro del horario laboral3, se ordenará que el sobre cerrado con la oferta suscrita por el interesado y los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien, en los términos de los arts. 451 y 452 ejusdem, sea radicada en las instalaciones de este juzgado, ubicada en la dirección Calle 23 No. 5-63 PISO 4° Oficina 413 Edificio Juan A. Benavides Maceas, el cual deberá contener en su portada rotulación con la información de la clase de proceso, radicado, partes y el nombre de este despacho judicial, debiendo radicarlo en el horario comprendido de lunes a viernes de 08:00 A.M. a 12:00 M y de 1:00 P.M. a 5:00 P.M. Adicionalmente, se precisa que en virtud de lo previsto en la Ley 2213 del 2022, la diligencia del remate se surtirá de manera virtual, para lo cual, se utilizará el aplicativo "LIFESIZE" al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc.) haciendo uso del siguiente link que corresponde a la almoneda de la que aquí se trata. Link: https://call.lifesizecloud.com/19799054 Tanto la constancia de la publicación del aviso del remate como el certificado de tradición del inmueble deberán remitirse antes de la apertura de la licitación al correo electrónico j02cmsmta@ cendoj.ramajudicial.gov.co estableciendo como asunto las palabras "DOCUMENTOS REMATE" seguidas del radicado del proceso. Ej. "DOCUMENTOS REMATE x-20xx-00xx", SO PENA QUE EL JUZGADO SE ABSTENGA DE HACER APERTURA DEL REMATE". Las dudas o comentarios relativos a la práctica del remate, serán atendidas a través del correo electrónico del despacho j02cmsmta@cendoj.ramajudicial.gov,co, o en el teléfono del juzgado No. 3175688336, exclusivamente dentro del horario laboral de 08:00 A.M. a 12:00 M y de 1:00 P.M. a 5:00 P.M. Los demás aspectos relacionados con la mencionada diligencia, pago del precio y su aprobación, se continuarán sometiendo a los lineamientos establecidos en los artículos 453 y siguientes del Código General del Proceso. Por lo expuesto, se, RESUELVE: PRIMERO: SEÑALESE el día veintinueve (29) de mayo de dos mil veinticuatro (2024), para llevar a cabo diligencia de remate del bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado en este asunto. SEGUNDO: La licitación comenzará a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo del inmueble sobre la base de CIENTO CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS PESOS M/CTE. ($141.769.800), previa consignación del porcentaje legal que corresponde al 40% del avalúo total del bien inmueble. TERCERO: El inmueble objeto de remate se encuentra ubicado: en la calle 12 No 22a-04 de la Ciudad de Santa Marta, "con área de 154.00 metros: cuadrados, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas, tomados del título de adquisición: NORTE, en 7.00 metros calle 12 en medio con solar de Gabriel 'Archila; SUR, en 7.00 metros casa de María Medrano Coll; OESTE, en 22.50 metros, casa de Ernesto Moran, carrera 22 A 'en medio. ESTE, en 22.30 metros casa de Maria Eugenia Ariza y Acela Pinedo Bermudez. PARAGRAF0.- No obstante la cabida, los linderos y la longitud de los mismos, la Hipoteca se hace sobre cuerpo cierto." identificado con la matricula inmobiliaria No 080-13626, de la oficina de Instrumentos Públicos de Santa Marta. CUARTO: En virtud de lo previsto en la Ley 2213 del 2022, la almoneda se surtirá de manera virtual, para lo cual, se utilizará el aplicativo "LIFESIZE" al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc.) haciendo uso del siguiente link que corresponde a la diligencia de remate de la que aquí se trata: Link: https://call.lifesizecloud.com/19799054 Los interesados podrán formular sus ofertas, en sobre cerrado, la cual deberá estar suscrita por el interesado, acompañada de los documentos que acrediten el depósito del 40% del avallo del bien, en los términos del art. 451 y 452 del C.G.P., el sobre cerrado deberá ser radicado en la oficina de este Despacho, ubicada en la dirección Calle 23 No, 5-63 PISO 4° Oficina 413 Juan A. Benavides Macea, el cual deberá contener en su portada rotulación con la información de la clase de proceso, radicado, partes y el nombre de este despacho judicial, debiendo radicarlo en el horario comprendido de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 M y de 1:00 P.M. a 5:00 P.M. Tanto la constancia de la publicación del aviso del remate como el certificado de tradición del inmueble, deberán remitirse antes de la apertura de la licitación al correo electrónico j02cmsmta@cendoj.ramajudicial.gov.co estableciendo como asunto las palabras "DOCUMENTOS REMATE" seguidas del radicado del proceso. Ej. "DOCUMENTOS REMATE x-20xx-00xx", SO PENA DE QUE EL JUZGADO SE ABSTENGA DE HACER APERTURA DEL REMATE. Las dudas o comentarios relativos a la práctica del remate, serán atendidas a través del correo electrónico del despacho j02cmsmta@cendoj.ramajudicial.gov.co, o en el teléfono del juzgado No. 3175688336, exclusivamente dentro del horario laboral de 08:00 A.M. a 12:00 M y de 1:00 P.M. a 5:00 P.M. QUINTO: Expídase el respectivo aviso y procédase a su publicación por parte del demandante en el diario EL HERALDO o EL TIEMPO y désele cumplimiento a los lineamientos señalados en el art. 450 del C. G. del P. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, Firmado Por: Sandy Beatriz Loalza Redondo Juez Juzgado Municipal Civil 002 Santa Marta - Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b677bbf4e477c77918e310b 324c9c61606ea09e8cc933 e8d508cb33d468681d3 Documento generado en 17/04/2024 04:39:45 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL https://procesojudicial.ramajudicialgov.co/ FirmaElectronica. IDWEB:1569917

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2024-05-12 00:00:00

Ficha técnica

Fijado en ESTADO No. 054 del 18 de abril de 2024, a las 8:00 AM. REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL SANTA MARTA - MAGDALENA Santa Marta, diecisiete (17) de abril de dos mil veinticuatro (2024) REFERENCIA: PROCESO EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTIA REAL DEMANDANTE: HELTON JHON GARCIA PACHECO DEMANDADO: EDINSON ENRIQUE GONZALEZ RADICADO: 47001.40.53.002. 2019.00006.00 ASUNTO Procede el Despacho a pronunciarse respecto a la solicitud de fijación de nueva fecha de remate, presentada por la apoderada judicial de la parte demandante en este asunto. CONSIDERACIONES De una revisión del legajo se observa que en auto anterior se fijo el día 09 de febrero de 2024 a las 9 de la mañana, la diligencia de remate del bien objeto de esta causa civil. No obstante, en memorial de data 34 de enero de los corrientes, el extremo activo solicito fijar nueva fecha para la citada diligencia, en virtud a que no le fue posible publicar el edicto emitido. El art. 448 del C.G. del P., señala: "Ejecutoriada la providencia que ordene seguir adelante la ejecución, el ejecutante podrá pedir que se señale fecha para el remate de los bienes que lo permitan, siempre que se hayan embargado, secuestrado y avaluado, aun cuando no esté en firme la liquidación del crédito. En firme esta, cualquiera de las partes podrá pedir el remate de dichos bienes.- (…) "En el auto que ordene el remate el juez realizará el control de legalidad para sanear las irregularidades que puedan acarrear nulidad. En el mismo auto fijará la base de la licitación" De una revisión del proceso advierte el Despacho que no se encuentra irregularidad alguna que genere nulidad de la actuación, lo anterior en ejercicio del control de legalidad previsto en el inciso 3° de la norma en comento. Así las cosas, y teniendo en cuenta que el bien inmueble objeto de la litis se encuentra embargado, secuestrado y avaluado, cumpliendo con los parámetros establecidos en el art. 448 ibídem se accederá a señalar fecha para llevar a cabo la diligencia de remate del inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 080-630. Por otra parte, teniendo en cuenta la apertura al público de las sedes judiciales1 y la implementación de la prestación del servicio de forma presenciaI2, que garantiza la atención al público todos los días dentro del horario laboral3, se ordenará que el sobre cerrado con la oferta suscrita por el interesado y los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien, en los términos de los arts. 451 y 452 ejusdem, sea radicada en las instalaciones de este juzgado, ubicada en la dirección Calle 23 No. 5-63 PISO 4° Oficina 413 Edificio Juan A. Benavides Maceas, el cual deberá contener en su portada rotulación con la información de la clase de proceso, radicado, partes y el nombre de este despacho judicial, debiendo radicarlo en el horario comprendido de lunes a viernes de 08:00 A.M. a 12:00 M y de 1:00 P.M. a 5:00 P.M. Adicionalmente, se precisa que en virtud de lo previsto en la Ley 2213 del 2022, la diligencia del remate se surtirá de manera virtual, para lo cual, se utilizará el aplicativo "LIFESIZE" al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc.) haciendo uso del siguiente link que corresponde a la almoneda de la que aquí se trata. Link: https://call.lifesizecloud.com/19799054 Tanto la constancia de la publicación del aviso del remate como el certificado de tradición del inmueble deberán remitirse antes de la apertura de la licitación al correo electrónico j02cmsmta@ cendoj.ramajudicial.gov.co estableciendo como asunto las palabras "DOCUMENTOS REMATE" seguidas del radicado del proceso. Ej. "DOCUMENTOS REMATE x-20xx-00xx", SO PENA QUE EL JUZGADO SE ABSTENGA DE HACER APERTURA DEL REMATE". Las dudas o comentarios relativos a la práctica del remate, serán atendidas a través del correo electrónico del despacho j02cmsmta@cendoj.ramajudicial.gov,co, o en el teléfono del juzgado No. 3175688336, exclusivamente dentro del horario laboral de 08:00 A.M. a 12:00 M y de 1:00 P.M. a 5:00 P.M. Los demás aspectos relacionados con la mencionada diligencia, pago del precio y su aprobación, se continuarán sometiendo a los lineamientos establecidos en los artículos 453 y siguientes del Código General del Proceso. Por lo expuesto, se, RESUELVE: PRIMERO: SEÑALESE el día veintinueve (29) de mayo de dos mil veinticuatro (2024), para llevar a cabo diligencia de remate del bien inmueble embargado, secuestrado y avaluado en este asunto. SEGUNDO: La licitación comenzará a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo del inmueble sobre la base de CIENTO CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS PESOS M/CTE. ($141.769.800), previa consignación del porcentaje legal que corresponde al 40% del avalúo total del bien inmueble. TERCERO: El inmueble objeto de remate se encuentra ubicado: en la calle 12 No 22a-04 de la Ciudad de Santa Marta, "con área de 154.00 metros: cuadrados, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas, tomados del título de adquisición: NORTE, en 7.00 metros calle 12 en medio con solar de Gabriel 'Archila; SUR, en 7.00 metros casa de María Medrano Coll; OESTE, en 22.50 metros, casa de Ernesto Moran, carrera 22 A 'en medio. ESTE, en 22.30 metros casa de Maria Eugenia Ariza y Acela Pinedo Bermudez. PARAGRAF0.- No obstante la cabida, los linderos y la longitud de los mismos, la Hipoteca se hace sobre cuerpo cierto." identificado con la matricula inmobiliaria No 080-13626, de la oficina de Instrumentos Públicos de Santa Marta. CUARTO: En virtud de lo previsto en la Ley 2213 del 2022, la almoneda se surtirá de manera virtual, para lo cual, se utilizará el aplicativo "LIFESIZE" al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc.) haciendo uso del siguiente link que corresponde a la diligencia de remate de la que aquí se trata: Link: https://call.lifesizecloud.com/19799054 Los interesados podrán formular sus ofertas, en sobre cerrado, la cual deberá estar suscrita por el interesado, acompañada de los documentos que acrediten el depósito del 40% del avallo del bien, en los términos del art. 451 y 452 del C.G.P., el sobre cerrado deberá ser radicado en la oficina de este Despacho, ubicada en la dirección Calle 23 No, 5-63 PISO 4° Oficina 413 Juan A. Benavides Macea, el cual deberá contener en su portada rotulación con la información de la clase de proceso, radicado, partes y el nombre de este despacho judicial, debiendo radicarlo en el horario comprendido de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 M y de 1:00 P.M. a 5:00 P.M. Tanto la constancia de la publicación del aviso del remate como el certificado de tradición del inmueble, deberán remitirse antes de la apertura de la licitación al correo electrónico j02cmsmta@cendoj.ramajudicial.gov.co estableciendo como asunto las palabras "DOCUMENTOS REMATE" seguidas del radicado del proceso. Ej. "DOCUMENTOS REMATE x-20xx-00xx", SO PENA DE QUE EL JUZGADO SE ABSTENGA DE HACER APERTURA DEL REMATE. Las dudas o comentarios relativos a la práctica del remate, serán atendidas a través del correo electrónico del despacho j02cmsmta@cendoj.ramajudicial.gov.co, o en el teléfono del juzgado No. 3175688336, exclusivamente dentro del horario laboral de 08:00 A.M. a 12:00 M y de 1:00 P.M. a 5:00 P.M. QUINTO: Expídase el respectivo aviso y procédase a su publicación por parte del demandante en el diario EL HERALDO o EL TIEMPO y désele cumplimiento a los lineamientos señalados en el art. 450 del C. G. del P. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, Firmado Por: Sandy Beatriz Loalza Redondo Juez Juzgado Municipal Civil 002 Santa Marta - Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b677bbf4e477c77918e310b 324c9c61606ea09e8cc933 e8d508cb33d468681d3 Documento generado en 17/04/2024 04:39:45 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL https://procesojudicial.ramajudicialgov.co/ FirmaElectronica. IDWEB:1569917

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