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Descripción

JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE VALLEDUPAR. EMPLAZAMIENTO EL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE LA CIUDAD DE VALLEDUPAR CESAR. EMPLAZA A la señora ENILDA MARIA RAMOS ESCOBAR identificada con cédula de ciudadanía N° 36.487.513, quien tuvo su ultimo domicilio en el Municipio de Agustín Codazzi - Cesar, para que se presente a este Juzgado, y a estar a derecho en el presente proceso de MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO, promovido por el señor JORGE MARIO JIMENEZ RAMOS, por medio de apoderada judicial la Dra. ELIANA PATRICIA ESCORCIA PALMA CON RADICADO N° 20001- 31- 10- 002- 2024- 00076- 00, según demanda que así se extracta. HECHOS: 1. El 23 de septiembre de 1996 en Agustín Codazzi — Cesar, las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá, irrumpieron en viviendas de habitantes de dicho municipio y las trasladaron a paradero desconocido. 2. Entre los residentes de Agustín Codazzi, victimas del hecho, se encontraba la señora ENILDA MARÍA RAMOS ESCOBAR. 3. Por el hecho perpetrado por el Bloque Norte de las Autodefensas se señaló al máximo comandante del mismo, quien acepto su responsabilidad ante los hechos y fue condenado penalmente. 4. Desde el acaecimiento de lo sucedido en septiembre de 1996 hasta la fecha no se ha encontrado el cuerpo de la señora ENILDA MARIA ESCOBAR RAMOS, como hace constar el GRUPO DE BÚSQUEDA, IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA DE PERSONAS DESAPRECIDAS (GRUBE). 5. En dicha constancia se expresa que la desaparición de la señora RAMOS ESCOBAR fue reportada por sus hijos, LUZ IDALY JIMÉNEZ ESCOBAR y JORGE MARIO JIMÉNEZ RAMOS, quien hoy busca la declaratoria de muerte presunta de la señora ENILDA RAMOS. 6. La información periodística y la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN a través de la DIREECIÓN DE JUSTICIA TRANSICIONAL GRUBE, deja notar que los secuestros y asesinatos perpetrados por las Autodefensas en el Bloque Norte en septiembre de 1996, involucraron, como víctima, a la señora ENILDA MARIA RAMOS ESCOBAR. Se le advierte a la emplazada que si no comparece se le nombrara un Curador Ad Litem, e igualmente se les hace saber a las personas que tengan noticias de la emplazada que deben informarlo inmediatamente a este Juzgado. Y para los efectos del Artículo 108 del C.G.P. y 97 del Código Civil.; numeral 2 publíquese el presente edicto en un periódico de amplia circulación nacional (El Tiempo) y local ( El Heraldo), el día domingo por tres veces con un intervalo no inferior entre cada uno de cuatro (4) meses y en una radiodifusora local (RCN RADIO O Caracol Radio) por tres veces con un intervalo no inferior entre cada uno de cuatro (4) meses, en las horas comprendidas entre las SEIS (6) DE LA MAÑANA y las ONCE (11) DE LA NOCHE, así mismo se deberá incluir este emplazamiento en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. Se expide hoy, Abril Once (11) del año Dos Mil Veinticuatro (2024). MILDRED PUMAREJO MAESTRE Secretaria. n.c 22500. IDWEB:1571226

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2024-06-30 00:00:00

Ficha técnica

JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE VALLEDUPAR. EMPLAZAMIENTO EL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE LA CIUDAD DE VALLEDUPAR CESAR. EMPLAZA A la señora ENILDA MARIA RAMOS ESCOBAR identificada con cédula de ciudadanía N° 36.487.513, quien tuvo su ultimo domicilio en el Municipio de Agustín Codazzi - Cesar, para que se presente a este Juzgado, y a estar a derecho en el presente proceso de MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO, promovido por el señor JORGE MARIO JIMENEZ RAMOS, por medio de apoderada judicial la Dra. ELIANA PATRICIA ESCORCIA PALMA CON RADICADO N° 20001- 31- 10- 002- 2024- 00076- 00, según demanda que así se extracta. HECHOS: 1. El 23 de septiembre de 1996 en Agustín Codazzi — Cesar, las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá, irrumpieron en viviendas de habitantes de dicho municipio y las trasladaron a paradero desconocido. 2. Entre los residentes de Agustín Codazzi, victimas del hecho, se encontraba la señora ENILDA MARÍA RAMOS ESCOBAR. 3. Por el hecho perpetrado por el Bloque Norte de las Autodefensas se señaló al máximo comandante del mismo, quien acepto su responsabilidad ante los hechos y fue condenado penalmente. 4. Desde el acaecimiento de lo sucedido en septiembre de 1996 hasta la fecha no se ha encontrado el cuerpo de la señora ENILDA MARIA ESCOBAR RAMOS, como hace constar el GRUPO DE BÚSQUEDA, IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA DE PERSONAS DESAPRECIDAS (GRUBE). 5. En dicha constancia se expresa que la desaparición de la señora RAMOS ESCOBAR fue reportada por sus hijos, LUZ IDALY JIMÉNEZ ESCOBAR y JORGE MARIO JIMÉNEZ RAMOS, quien hoy busca la declaratoria de muerte presunta de la señora ENILDA RAMOS. 6. La información periodística y la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN a través de la DIREECIÓN DE JUSTICIA TRANSICIONAL GRUBE, deja notar que los secuestros y asesinatos perpetrados por las Autodefensas en el Bloque Norte en septiembre de 1996, involucraron, como víctima, a la señora ENILDA MARIA RAMOS ESCOBAR. Se le advierte a la emplazada que si no comparece se le nombrara un Curador Ad Litem, e igualmente se les hace saber a las personas que tengan noticias de la emplazada que deben informarlo inmediatamente a este Juzgado. Y para los efectos del Artículo 108 del C.G.P. y 97 del Código Civil.; numeral 2 publíquese el presente edicto en un periódico de amplia circulación nacional (El Tiempo) y local ( El Heraldo), el día domingo por tres veces con un intervalo no inferior entre cada uno de cuatro (4) meses y en una radiodifusora local (RCN RADIO O Caracol Radio) por tres veces con un intervalo no inferior entre cada uno de cuatro (4) meses, en las horas comprendidas entre las SEIS (6) DE LA MAÑANA y las ONCE (11) DE LA NOCHE, así mismo se deberá incluir este emplazamiento en el Registro Nacional de Personas Emplazadas. Se expide hoy, Abril Once (11) del año Dos Mil Veinticuatro (2024). MILDRED PUMAREJO MAESTRE Secretaria. n.c 22500. IDWEB:1571226

condiciones:

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