Descripción
Notaría 02 NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE RIOHACHA Riohacha, 10 de julio de 2024 Revisada la solicitud que antecede, se tiene que los requisitos de orden legal, en especial los indicados por el decreto 902 de 1988 y por lo tanto se dispone: 1.- Emplácese a todas las personas que se crean con derecho para intervenir en la sucesión de la fallecida señora CARMEN MENGUAL SALAZAR identificada con la C.C. No. 26.650.150 expedida en Riohacha, quien falleció en la ciudad de Riohacha. el día 05 de febrero de 2006, siendo Riohacha su ultimo domicilio. 2.- Por medio de edicto que se fijara durante el termino de diez (10) días en lugar visible al publico en el recinto de la Notaria y que además, a de ser publicado por una vez en un periódico de amplia circulación Nacional y en una emisora del lugar. 3.- Comuníquese inmediatamente a la oficina de cobranza de la DlAN seccional de la Guajira, con el fin de que esta haga parte para los efectos del orden fiscal a que haya lugar. 4.- Comuníquese a la Superintendencia de Notariado y Registro, haciéndole saber la iniciación del tramite herencial, para que allí se haga la correspondiente anotación en el libro de liquidación notarial de herencias. ROBERTO DE JESUS FONSECA DE LUQUE Notario Segundo del Circulo de Riohacha. IDWEB:1571537
Ubicación
BarranquillaFecha de publicación
Publicado 2024-07-12 00:00:00Ficha técnica
Notaría 02 NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE RIOHACHA Riohacha, 10 de julio de 2024 Revisada la solicitud que antecede, se tiene que los requisitos de orden legal, en especial los indicados por el decreto 902 de 1988 y por lo tanto se dispone: 1.- Emplácese a todas las personas que se crean con derecho para intervenir en la sucesión de la fallecida señora CARMEN MENGUAL SALAZAR identificada con la C.C. No. 26.650.150 expedida en Riohacha, quien falleció en la ciudad de Riohacha. el día 05 de febrero de 2006, siendo Riohacha su ultimo domicilio. 2.- Por medio de edicto que se fijara durante el termino de diez (10) días en lugar visible al publico en el recinto de la Notaria y que además, a de ser publicado por una vez en un periódico de amplia circulación Nacional y en una emisora del lugar. 3.- Comuníquese inmediatamente a la oficina de cobranza de la DlAN seccional de la Guajira, con el fin de que esta haga parte para los efectos del orden fiscal a que haya lugar. 4.- Comuníquese a la Superintendencia de Notariado y Registro, haciéndole saber la iniciación del tramite herencial, para que allí se haga la correspondiente anotación en el libro de liquidación notarial de herencias. ROBERTO DE JESUS FONSECA DE LUQUE Notario Segundo del Circulo de Riohacha. IDWEB:1571537
condiciones:
Ut enim ad minim veniam, quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo consequat.
Información del Anunciante
Nombre: ALEX DE JESUS FONSECA GONZALEZ