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Descripción

JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA PROCESO: ADJUDICACIÓN DE APOYO DEMANDANTE : SILVANA BURITICA RODRÍGUEZ A FAVOR DE : GERMAN BURITICA RODRÍGUEZ RADICACION : 08001311000 719990046400 A C T A N o . 4 7 Inicio de audiencia: Julio dieciocho (18) de 2024 a las nueve de la mañana (9:00 a.m.). Fin de audiencia: Julio dieciocho (18) de 2024 a las diez y cuarenta y cinco de la mañana (10:45 a.m.) I N T E R V I N I E N T E S Dr. Andrés Humberto Calle Mozo : JUEZ A S I S T E N T E S Apoyo : Silvana Buritica Rodríguez Titular del acto jurídico : German Buritica Rodríguez Apoderada : Sara Fernández Álvarez Se inicia la audiencia con la presentación de las partes y seguidamente se procede a darle curso a las declaraciones, previo agotamiento de las etapas procesales de rigor, El JUZGADO SEPTIMO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA D.E., ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR revisada la sentencia de interdicción proferida por este juzgado en fecha 7 de julio de 2000, en los términos del artículo 56 de la Ley 1996 de 2019. SEGUNDO: DECLARAR que German Buritica Rodríguez, requiere adjudicación judicial de apoyos para su representación y toma de decisiones. TERCERO: DESIGNAR apoyo de German Buritica Rodríguez por el plazo de cinco (5) años a Silvana Buritica Rodríguez, para los siguientes actos jurídicos: - Acompañarlo en gestiones judiciales y extrajudiciales asociadas a la cuota alimentaria percibida por el señor Germán Burírtica Rodríguez de su progenitor, y la administración del dinero y demás temas ante el sistema financiero por dicho concepto. -Gestiones asociadas a la salud y su cuidado ante la EPS a la que se encuentra afiliado. CUARTO: PREVENIR a Silvana Buritica Rodríguez, para que cumpla con las obligaciones y acciones señaladas en los artículos 46 y 47 de la Ley 1996 de 2019. QUINTO: CONMINAR a Silvana Buritica Rodríguez, para que, al finalizar cada año, a partir de la ejecutoria de este proveído, presenten a este juzgado un balance de su gestión, en relación con los siguientes aspectos: a) El tipo de apoyo que prestó en los actos jurídicos en los cuales tuvo injerencia. b) Las razones que motivaron la forma en que prestó el apoyo, con especial énfasis en cómo estas representaban la voluntad y preferencias de la persona. C) La persistencia de una relación de confianza entre la persona de apoyo y el titular del acto jurídico. SEXTO: ORDENAR la notificación al público por aviso que se insertará una vez por lo menos en un diario de amplia circulación nacional. SÉPTIMO: ORDENAR la posesión de Silvana Buritica Rodríguez Caro, una vez se haya cumplido con el ordenamiento del numeral anterior. OCTAVO: OFICIAR a la Notaría Segunda de Barranquilla para que cancele la medida de interdicción judicial decretada por este juzgado el 7 de julio de 2000, inscrita al margen del registro civil de nacimiento de German Buritica Rodríguez con indicativo serial N° 01391986, inscrito el 4 de agosto de 1975. NOVENO: DISPONER el archivo del expediente, una vez se hayan cumplido los ordenamientos anteriores. La presente providencia se notifica en estrados a las partes y se da por concluida la presente audiencia virtual. El acta se enviará por correo electrónico a partes y apoderada. Link de la audiencia: https://playback.lifesize.com /#/publicvideo /aa327961- 70c4-4ed1- a3d3-f30fe4d 04468? vcpubtoken= ccf60fdc- 9a2e-4a48-b97b 8c6e2ae3f3f6 https://playback.lifesize.com /#/publicvideo /f823371f- 4637-4af1- 87b4-642d5657b40c ?vcpubtoken =e49d777c- 4d42-4d74- 8f6d c5c40 cb283ec A N D R É S HUMBERTO CALLE MOZO JUEZ Firmado Por: Andres Humberto Calle Mozo Juez Juzgado De Circuito De 007 Familia Barranquilla – Atlántico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: eccef5580ae 49c2b72fe77c 93ea854621 a14fbab00e 1548332b56 dfe19ba890d Documento generado en 18/07/2024 12:37:59 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co /Firma Electronica. IDWEB:1571943

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2024-07-28 00:00:00

Ficha técnica

JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA PROCESO: ADJUDICACIÓN DE APOYO DEMANDANTE : SILVANA BURITICA RODRÍGUEZ A FAVOR DE : GERMAN BURITICA RODRÍGUEZ RADICACION : 08001311000 719990046400 A C T A N o . 4 7 Inicio de audiencia: Julio dieciocho (18) de 2024 a las nueve de la mañana (9:00 a.m.). Fin de audiencia: Julio dieciocho (18) de 2024 a las diez y cuarenta y cinco de la mañana (10:45 a.m.) I N T E R V I N I E N T E S Dr. Andrés Humberto Calle Mozo : JUEZ A S I S T E N T E S Apoyo : Silvana Buritica Rodríguez Titular del acto jurídico : German Buritica Rodríguez Apoderada : Sara Fernández Álvarez Se inicia la audiencia con la presentación de las partes y seguidamente se procede a darle curso a las declaraciones, previo agotamiento de las etapas procesales de rigor, El JUZGADO SEPTIMO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA D.E., ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR revisada la sentencia de interdicción proferida por este juzgado en fecha 7 de julio de 2000, en los términos del artículo 56 de la Ley 1996 de 2019. SEGUNDO: DECLARAR que German Buritica Rodríguez, requiere adjudicación judicial de apoyos para su representación y toma de decisiones. TERCERO: DESIGNAR apoyo de German Buritica Rodríguez por el plazo de cinco (5) años a Silvana Buritica Rodríguez, para los siguientes actos jurídicos: - Acompañarlo en gestiones judiciales y extrajudiciales asociadas a la cuota alimentaria percibida por el señor Germán Burírtica Rodríguez de su progenitor, y la administración del dinero y demás temas ante el sistema financiero por dicho concepto. -Gestiones asociadas a la salud y su cuidado ante la EPS a la que se encuentra afiliado. CUARTO: PREVENIR a Silvana Buritica Rodríguez, para que cumpla con las obligaciones y acciones señaladas en los artículos 46 y 47 de la Ley 1996 de 2019. QUINTO: CONMINAR a Silvana Buritica Rodríguez, para que, al finalizar cada año, a partir de la ejecutoria de este proveído, presenten a este juzgado un balance de su gestión, en relación con los siguientes aspectos: a) El tipo de apoyo que prestó en los actos jurídicos en los cuales tuvo injerencia. b) Las razones que motivaron la forma en que prestó el apoyo, con especial énfasis en cómo estas representaban la voluntad y preferencias de la persona. C) La persistencia de una relación de confianza entre la persona de apoyo y el titular del acto jurídico. SEXTO: ORDENAR la notificación al público por aviso que se insertará una vez por lo menos en un diario de amplia circulación nacional. SÉPTIMO: ORDENAR la posesión de Silvana Buritica Rodríguez Caro, una vez se haya cumplido con el ordenamiento del numeral anterior. OCTAVO: OFICIAR a la Notaría Segunda de Barranquilla para que cancele la medida de interdicción judicial decretada por este juzgado el 7 de julio de 2000, inscrita al margen del registro civil de nacimiento de German Buritica Rodríguez con indicativo serial N° 01391986, inscrito el 4 de agosto de 1975. NOVENO: DISPONER el archivo del expediente, una vez se hayan cumplido los ordenamientos anteriores. La presente providencia se notifica en estrados a las partes y se da por concluida la presente audiencia virtual. El acta se enviará por correo electrónico a partes y apoderada. Link de la audiencia: https://playback.lifesize.com /#/publicvideo /aa327961- 70c4-4ed1- a3d3-f30fe4d 04468? vcpubtoken= ccf60fdc- 9a2e-4a48-b97b 8c6e2ae3f3f6 https://playback.lifesize.com /#/publicvideo /f823371f- 4637-4af1- 87b4-642d5657b40c ?vcpubtoken =e49d777c- 4d42-4d74- 8f6d c5c40 cb283ec A N D R É S HUMBERTO CALLE MOZO JUEZ Firmado Por: Andres Humberto Calle Mozo Juez Juzgado De Circuito De 007 Familia Barranquilla – Atlántico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: eccef5580ae 49c2b72fe77c 93ea854621 a14fbab00e 1548332b56 dfe19ba890d Documento generado en 18/07/2024 12:37:59 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co /Firma Electronica. IDWEB:1571943

condiciones:

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