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Descripción

AVISO CITACION A VECINOS La Curadora Urbana Número Uno (1) del Municipio de Puerto Colombia Atlántico, en ejercicio de sus facultades legales, en especial cumpliendo con el mandato legal del artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 2015 Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, el cual establece para efectos de citación a vecinos lo siguiente: "Si la citación no fuere posible, se insertará un aviso en la publicación que para tal efecto tuviere la entidad o en un periódico de amplia circulación local o nacional. En la publicación se incluirá la información indicada para las citaciones". Dentro del procedimiento de licenciamiento que se describe en el cuadro que se encuentra a continuación, se hicieron las gestiones para notificar directamente a los vecinos que tuvieren la calidad de propietarios, poseedores, tenedores o residentes de predios colindantes, entendidos estos como aquellos que tienen un lindero en común con el inmueble o inmuebles objeto de solicitud de licencia para que puedan constituirse como parte dentro del trámite de la misma, se haga parte y pueda hacer valer sus derechos. No obstante, ante dicha imposibilidad, se procede a publicar el presente aviso en cartelera de la Curaduría Urbana Número Uno del Municipio de Puerto Colombia Atlántico y en periódico de amplia circulación local. Mediante radicado N: 08573-1-240064 de fecha: Mayo 2 de 2024 Fecha de radicación en legal y debida forma: Mayo 10 de 2024 Tipo de solicitud: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Proyecto: INNOVA SCHOOLS COLOMBIA Área construida: 7.737,24 m2 Dirección: LOTE D1 - LOTE D3 PORTAL DE GENOVES ET 2 Solicitante: GRUPO ARGOS S.A Arquitecto que firma los planos arquitectónicos: CARLOS ANDRES NUÑEZ DAVILA Ingeniero que firma los planos estructurales JULIO CESAR MARTINEZ FIERRO Constructor responsable de la obra: ISRAEL MENDEZ TAVIERA Modalidad: OBRA NUEVA Niveles: 3 Unidades: 6 BLOQUES Uso: INSTITUCIONAL Vigencia: 36 MESES Arquitecto N. De matrícula: A25222002-79724521 Desarrollo proyecto Ingeniero N. de matrícula: 25202-48454 CND N. De matrícula; 25202-371226 CND Acorde a lo estipulado en el ARTICULO 2.2.6.1.2.2.2 del citado Decreto, respecto a la intervención de terceros, establece: "Toda persona interesada en formular objeciones a la expedición de una licencia urbanística podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud''. Es importante tener presente los siguientes aspectos legales: La licencia Urbanística sólo podrá ser expedida una vez haya transcurrido un término mínimo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de la presente citación a los vecinos colindantes o de la publicación (cuando sea de aplicación). La solicitud de constitución en parte deberá presentarse por escrito, bien sea de manera presencial en la oficina de la Curaduría Urbana Número Uno de Puerto Colombia ubicada en la CALLE 2 #20-42 PRADOMAR; o a través de medios electrónicos en nuestro correo radicacion@curaduria1puertocolombia.com Si es de su interés constituirse en parte, su escrito deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto administrativo que decida sobre la solicitud. Atentamente; DENNYS VALVERDE SANCHEZ Curadora Urbana No.1 Puerto Colombia. IDWEB:1572512

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2024-08-16 00:00:00

Ficha técnica

AVISO CITACION A VECINOS La Curadora Urbana Número Uno (1) del Municipio de Puerto Colombia Atlántico, en ejercicio de sus facultades legales, en especial cumpliendo con el mandato legal del artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 2015 Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, el cual establece para efectos de citación a vecinos lo siguiente: "Si la citación no fuere posible, se insertará un aviso en la publicación que para tal efecto tuviere la entidad o en un periódico de amplia circulación local o nacional. En la publicación se incluirá la información indicada para las citaciones". Dentro del procedimiento de licenciamiento que se describe en el cuadro que se encuentra a continuación, se hicieron las gestiones para notificar directamente a los vecinos que tuvieren la calidad de propietarios, poseedores, tenedores o residentes de predios colindantes, entendidos estos como aquellos que tienen un lindero en común con el inmueble o inmuebles objeto de solicitud de licencia para que puedan constituirse como parte dentro del trámite de la misma, se haga parte y pueda hacer valer sus derechos. No obstante, ante dicha imposibilidad, se procede a publicar el presente aviso en cartelera de la Curaduría Urbana Número Uno del Municipio de Puerto Colombia Atlántico y en periódico de amplia circulación local. Mediante radicado N: 08573-1-240064 de fecha: Mayo 2 de 2024 Fecha de radicación en legal y debida forma: Mayo 10 de 2024 Tipo de solicitud: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Proyecto: INNOVA SCHOOLS COLOMBIA Área construida: 7.737,24 m2 Dirección: LOTE D1 - LOTE D3 PORTAL DE GENOVES ET 2 Solicitante: GRUPO ARGOS S.A Arquitecto que firma los planos arquitectónicos: CARLOS ANDRES NUÑEZ DAVILA Ingeniero que firma los planos estructurales JULIO CESAR MARTINEZ FIERRO Constructor responsable de la obra: ISRAEL MENDEZ TAVIERA Modalidad: OBRA NUEVA Niveles: 3 Unidades: 6 BLOQUES Uso: INSTITUCIONAL Vigencia: 36 MESES Arquitecto N. De matrícula: A25222002-79724521 Desarrollo proyecto Ingeniero N. de matrícula: 25202-48454 CND N. De matrícula; 25202-371226 CND Acorde a lo estipulado en el ARTICULO 2.2.6.1.2.2.2 del citado Decreto, respecto a la intervención de terceros, establece: "Toda persona interesada en formular objeciones a la expedición de una licencia urbanística podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud''. Es importante tener presente los siguientes aspectos legales: La licencia Urbanística sólo podrá ser expedida una vez haya transcurrido un término mínimo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de la presente citación a los vecinos colindantes o de la publicación (cuando sea de aplicación). La solicitud de constitución en parte deberá presentarse por escrito, bien sea de manera presencial en la oficina de la Curaduría Urbana Número Uno de Puerto Colombia ubicada en la CALLE 2 #20-42 PRADOMAR; o a través de medios electrónicos en nuestro correo radicacion@curaduria1puertocolombia.com Si es de su interés constituirse en parte, su escrito deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto administrativo que decida sobre la solicitud. Atentamente; DENNYS VALVERDE SANCHEZ Curadora Urbana No.1 Puerto Colombia. IDWEB:1572512

condiciones:

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