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Descripción

EDICTO EMPLAZATORIO La suscrita asesora Jurídica de la Capitanía de Puerto de Barranquilla, por medio de la presente, hace saber, que miembros de la ASOCIACIÓN DE SERVIDORES TURISTICOS Y EMBELLECIMIENTO DE PUERTO VELERO “ASOSERTUVEL” identificada con NIT No. 900.635.628-5, presentaron ante esta Capitanía de Puerto solicitud de concesión para los siguientes proyectos denominados; mediante aviso 52 - SEPTIEMBRE 2024/ CONCESION “RESTAURANTE DELICIAS DEL MAR”; propiedad del señor ANIBAL CHARRIS REYES, identificado con cedula No. 3.728.924 de Juan de Acosta; el mencionado proyecto abarca un área de 14.118.8 Mt2 y contará con 01 Restaurante, 24 kioscos en la zona de playa y 01 baño; y mediante aviso 51 – SEPTIEMBRE 2024 / CONCESION “RESTAURANTE CEVICHERIA PAULA”; propiedad del señor FRANCISCO JAVIER CHARRIS ESPINOSA, identificado con cedula No. 3.730.261 de Juan de Acosta; el mencionado proyecto abarca un área de 2.586.7 Mt2 y contará con 01 Restaurante, 12 kioscos en la zona de playa, 02 kioscos y 01 baño; los proyectos se ubican sobre terrenos con características técnicas de playa marítimas, aguas marítimas y zonas de bajamar, en el sector de Puerto Velero, municipio de Tubará, en el departamento del Atlántico y serán utilizados para la prestación de servicios asociados al turismo de sol y playa. Por lo anterior y dando cumplimiento al artículo 171 del Decreto Ley 2324 de 1984, modificado por articulo 66 el Decreto 2106 del 2019, se fija el presente aviso en las instalaciones de la Capitanía de Puerto de Barranquilla, en la página Web de la Dirección General Marítima (www.dimar.mil.co). por el término de veinte (20) días calendario. Igualmente dando cumplimiento a la Resolución No. 0008-2020 del 9 de enero del 2020, emitida por la Dirección General Marítima se publicará este aviso en un diario de amplia circulación regional por una sola vez. Por lo tanto, se emplaza en dicho período a todas las personas que se consideren con derechos o un interés y crean que se puedan oponer a este trámite, presentar documento escrito acompañado de las pruebas que sirvan de fundamento a su petición, ante la Capitanía de Puerto de Barranquilla. IDWEB:1573144

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2024-09-11 00:00:00

Ficha técnica

EDICTO EMPLAZATORIO La suscrita asesora Jurídica de la Capitanía de Puerto de Barranquilla, por medio de la presente, hace saber, que miembros de la ASOCIACIÓN DE SERVIDORES TURISTICOS Y EMBELLECIMIENTO DE PUERTO VELERO “ASOSERTUVEL” identificada con NIT No. 900.635.628-5, presentaron ante esta Capitanía de Puerto solicitud de concesión para los siguientes proyectos denominados; mediante aviso 52 - SEPTIEMBRE 2024/ CONCESION “RESTAURANTE DELICIAS DEL MAR”; propiedad del señor ANIBAL CHARRIS REYES, identificado con cedula No. 3.728.924 de Juan de Acosta; el mencionado proyecto abarca un área de 14.118.8 Mt2 y contará con 01 Restaurante, 24 kioscos en la zona de playa y 01 baño; y mediante aviso 51 – SEPTIEMBRE 2024 / CONCESION “RESTAURANTE CEVICHERIA PAULA”; propiedad del señor FRANCISCO JAVIER CHARRIS ESPINOSA, identificado con cedula No. 3.730.261 de Juan de Acosta; el mencionado proyecto abarca un área de 2.586.7 Mt2 y contará con 01 Restaurante, 12 kioscos en la zona de playa, 02 kioscos y 01 baño; los proyectos se ubican sobre terrenos con características técnicas de playa marítimas, aguas marítimas y zonas de bajamar, en el sector de Puerto Velero, municipio de Tubará, en el departamento del Atlántico y serán utilizados para la prestación de servicios asociados al turismo de sol y playa. Por lo anterior y dando cumplimiento al artículo 171 del Decreto Ley 2324 de 1984, modificado por articulo 66 el Decreto 2106 del 2019, se fija el presente aviso en las instalaciones de la Capitanía de Puerto de Barranquilla, en la página Web de la Dirección General Marítima (www.dimar.mil.co). por el término de veinte (20) días calendario. Igualmente dando cumplimiento a la Resolución No. 0008-2020 del 9 de enero del 2020, emitida por la Dirección General Marítima se publicará este aviso en un diario de amplia circulación regional por una sola vez. Por lo tanto, se emplaza en dicho período a todas las personas que se consideren con derechos o un interés y crean que se puedan oponer a este trámite, presentar documento escrito acompañado de las pruebas que sirvan de fundamento a su petición, ante la Capitanía de Puerto de Barranquilla. IDWEB:1573144

condiciones:

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