Descripción
RESOLUCIÓN N.° 0353 DE 2024 (14 de noviembre de 2024) POR MEDIO DE LA CUAL SE INICIA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA TENDIENTE A REVISAR Y EMITIR CONCEPTO DE APROBACIÓN O DESAPROBACIÓN DE ESTUDIO DE TRANSITO (ET) DEL PROYECTO DENOMINADO RIVERBAY. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar la Actuación Administrativa tendiente a revisar y emitir concepto de aprobación o desaprobación de Estudio de Tránsito (ET) del proyecto denominado RIVERBAY, de conformidad con la solicitud presentada por el señor JOHAN ALEXANDER FRITZ ROJAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 72.270.930, en calidad de apoderado la sociedad URBANIZADORA MARVAL S.A.S., identificada bajo el Nit.: 830.012.053-3. El citado proyecto es un conjunto de viviendas NO VIS desarrollado sobre un lote de área útil de 22.562.40 m2, RIVERBAY consta de 640 unidades de apartamentos con áreas entre los 55,25 m2 y los 86,53m2, distribuidos en 11 torres de 8 - 11 y 12 pisos las cuales ocho cuentan con 6 apartamentos por piso (torre 1-2-4-6-8-9-10-11-), tres torres que cuentan con 4 apartamentos por piso (Torre 3-5-6) para un total de 11 torres dentro de este total existen 6 torres con escalonamiento. Cuenta con un edificio de parqueaderos en proporción de 1/1 para residentes y 1/5 para visitantes, algunos parqueaderos adicionales para asignar a propietarios proponiendo un total de 774 parqueaderos para propietarios y visitantes y un completo club house, cuartos técnicos y zonas verdes internas. Se encuentra ubicado en Barranquilla, al norte de la ciudad - Sector de RIOMAR, cerca del centro comercial villa Carolina, Pista BMX "Daniel Eduardo Barragán Noguera". El proyecto está ubicado en un sector de nuevo desarrollo urbano como es el plan zonal de Riomar el predio identificado con número de matrícula 040-638405 del Distrito de Barranquilla. PARÁGRAFO: Sin perjuicio de la presente decisión, esta Secretaría, podrá solicitar la realización de consultas o estudios técnicos adicionales a los presentados por el solicitante, si así lo considera pertinente, para definir la viabilidad del proyecto. Los costos asociados a consultas y/o estudios técnicos a los que se refiere este artículo serán asumidos por el solicitante. ARTÍCULO SEGUNDO: En consecuencia, efectúese la publicación de que trata el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA), en concordancia con el artículo 10° del Decreto Distrital 0711 de 2016, a través de un medio masivo de comunicación nacional o local, según el caso, o a través de cualquier otro mecanismo eficaz, a cargo de la sociedad URBANIZADORA MARVAL S.A.S., identificada bajo el Nit.: 830.012.053-3, la cual se deberá efectuar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto. PARÁGRAFO: El solicitante deberá hacer llegar a esta Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial - Oficina de Gestión de Tránsito, un ejemplar de la mencionada publicación debidamente certificada por el periódico local o nacional, para que haga parte del expediente de la presente actuación. ARTÍCULO TERCERO: Colocar, a disposición de los terceros indeterminados que se crean con interés en la resulta de la presente actuación, el Estudio de Tránsito (ET), referenciado en el artículo anterior, el cual podrá ser consultado ante la Oficina de Gestión del Tránsito de la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla, ubicada en la Carrera 54 No. 74 - 127 Piso 2, dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de las notificaciones, comunicaciones y publicaciones del caso. ARTÍCULO CUARTO: Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo normado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Dado en Barranquilla D.E.I.P, a los catorce (14) días del mes de noviembre de dos mil veinticuatro (2024). NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE EUCARIS NAVARRO MANZUR Secretaria Distrital de Tránsito y Seguridad Vial. IDWEB:1574917
Ubicación
BarranquillaFecha de publicación
Publicado 2024-11-28 00:00:00Ficha técnica
RESOLUCIÓN N.° 0353 DE 2024 (14 de noviembre de 2024) POR MEDIO DE LA CUAL SE INICIA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA TENDIENTE A REVISAR Y EMITIR CONCEPTO DE APROBACIÓN O DESAPROBACIÓN DE ESTUDIO DE TRANSITO (ET) DEL PROYECTO DENOMINADO RIVERBAY. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar la Actuación Administrativa tendiente a revisar y emitir concepto de aprobación o desaprobación de Estudio de Tránsito (ET) del proyecto denominado RIVERBAY, de conformidad con la solicitud presentada por el señor JOHAN ALEXANDER FRITZ ROJAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 72.270.930, en calidad de apoderado la sociedad URBANIZADORA MARVAL S.A.S., identificada bajo el Nit.: 830.012.053-3. El citado proyecto es un conjunto de viviendas NO VIS desarrollado sobre un lote de área útil de 22.562.40 m2, RIVERBAY consta de 640 unidades de apartamentos con áreas entre los 55,25 m2 y los 86,53m2, distribuidos en 11 torres de 8 - 11 y 12 pisos las cuales ocho cuentan con 6 apartamentos por piso (torre 1-2-4-6-8-9-10-11-), tres torres que cuentan con 4 apartamentos por piso (Torre 3-5-6) para un total de 11 torres dentro de este total existen 6 torres con escalonamiento. Cuenta con un edificio de parqueaderos en proporción de 1/1 para residentes y 1/5 para visitantes, algunos parqueaderos adicionales para asignar a propietarios proponiendo un total de 774 parqueaderos para propietarios y visitantes y un completo club house, cuartos técnicos y zonas verdes internas. Se encuentra ubicado en Barranquilla, al norte de la ciudad - Sector de RIOMAR, cerca del centro comercial villa Carolina, Pista BMX "Daniel Eduardo Barragán Noguera". El proyecto está ubicado en un sector de nuevo desarrollo urbano como es el plan zonal de Riomar el predio identificado con número de matrícula 040-638405 del Distrito de Barranquilla. PARÁGRAFO: Sin perjuicio de la presente decisión, esta Secretaría, podrá solicitar la realización de consultas o estudios técnicos adicionales a los presentados por el solicitante, si así lo considera pertinente, para definir la viabilidad del proyecto. Los costos asociados a consultas y/o estudios técnicos a los que se refiere este artículo serán asumidos por el solicitante. ARTÍCULO SEGUNDO: En consecuencia, efectúese la publicación de que trata el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA), en concordancia con el artículo 10° del Decreto Distrital 0711 de 2016, a través de un medio masivo de comunicación nacional o local, según el caso, o a través de cualquier otro mecanismo eficaz, a cargo de la sociedad URBANIZADORA MARVAL S.A.S., identificada bajo el Nit.: 830.012.053-3, la cual se deberá efectuar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto. PARÁGRAFO: El solicitante deberá hacer llegar a esta Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial - Oficina de Gestión de Tránsito, un ejemplar de la mencionada publicación debidamente certificada por el periódico local o nacional, para que haga parte del expediente de la presente actuación. ARTÍCULO TERCERO: Colocar, a disposición de los terceros indeterminados que se crean con interés en la resulta de la presente actuación, el Estudio de Tránsito (ET), referenciado en el artículo anterior, el cual podrá ser consultado ante la Oficina de Gestión del Tránsito de la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla, ubicada en la Carrera 54 No. 74 - 127 Piso 2, dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de las notificaciones, comunicaciones y publicaciones del caso. ARTÍCULO CUARTO: Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo normado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Dado en Barranquilla D.E.I.P, a los catorce (14) días del mes de noviembre de dos mil veinticuatro (2024). NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE EUCARIS NAVARRO MANZUR Secretaria Distrital de Tránsito y Seguridad Vial. IDWEB:1574917
condiciones:
Ut enim ad minim veniam, quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo consequat.
Información del Anunciante
Nombre: CONTRUCCIONES MARVAL S.A