Descripción
RAMA JUDICIAL JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE VALLEDUPAR-CESAR REPÚBLICA DE COLOMBIA Valledupar, veinte (20) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: Divisorio Demandante: ANEIDIS MARIA MARIN VELASQUEZ C.C. 49.796.809 Demandados: ANIBAL VIDAL MANZANO C.C. 77.170.699 Radicación: 200014003003 2019 0043300 Observándose que el trámite procesal se ha ajustado a las exigencias de los artículos 411 del C.G.P., se impone continuar con lo preceptuado en los artículos 450 a 452 ibídem en concordancia con lo normado en el artículo 7° de la Ley 2213 de 2022. De acuerdo además con la agenda de esta Judicatura, se programará su realización virtual, haciendo las advertencias de rigor. Por lo brevemente expuesto el Juzgado, DISPONE: PRIMERO: SEÑALAR el día veintidós (22) de enero de dos mil veinticinco (2025) a partir de las ocho de la mañana (08:00 a.m.) para llevar a cabo la venta en pública subasta del bien inmueble distinguido con la matrícula inmobiliaria No. 190-146103 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de esta ciudad, cuyos linderos son: NORTE: en 106.50 metros, Calle 34 A en medio, con predios de la Manzana E – 18 de la misma urbanización; SUR: en 106.50 metros, Calle 35 en medio y predios de la Manzana E – 16 de la misma urbanización; ESTE: en 36 metros Carrera 5 B – 1 en medio con predios de la Manzana G – 3 de la misma urbanización; OESTE: en 36 metros, con predios de la Manzana E – 3 de la misma urbanización, propiedad de la señora ADEIDIS MARIA MARIN VELASQUEZ identificada con C.C. No. 49.796.809 y del señor ANIBAL VIDAL MANZANO identificado con No. C.C. 77.170.699. SEGUNDO: La licitación principiará a las ocho de la mañana (08:00 a.m.) no se cerrará sino después de haber transcurrido una (1) hora por lo menos, siendo postura admisible de esta LICITACIÓN la que cubra el CIEN CIENTO (100%) del avalúo de conformidad con el artículo 448 del C.G.P. y previa consignación del 40% del mismo avalúo (Art. 451 del C.G.P.), sobre los derechos del inmueble avaluado en la suma de DOSCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES DE PESOS ($223.000.000, oo). TERCERO: ORDENAR que a cargo de la parte actora se enuncie al público la subasta mediante su inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en el periódico EL TIEMPO, EL HERALDO, o EL ESPECTADOR en los términos y para los fines previstos indicados en el artículo 450 del Código General del Proceso. El listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para la subasta. CUARTO: Con la copia o constancia de la publicación del aviso, deberá allegarse un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado dentro de los tres (3) días anteriores a la fecha prevista para la diligencia de venta en pública subasta a través del correo institucional del Juzgado j03cmvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co. QUINTO: Téngase para todos los efectos que el auxiliar de la justicia que actúa dentro del presente proceso como secuestre a BEDEL ALEJANDRO VALLE, quien puede ser contactado en los números telefónicos 311 4040882; correo electrónico bedelvalle00@hotmail.com. SEXTO: ADVERTIR a quienes actúan, intervienen y se interesen en intervenir en este asunto: 6.1 Que la mencionada diligencia se llevará a cabo a través de una audiencia virtual, para lo cual se les enviará un correo electrónico, o mensaje de datos, con la información pertinente que permitirá la conexión - sea esta un código o link propiamente dicho- a quienes lo soliciten previamente enviando la respectiva petición dirigida al correo institucional: j03cmvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co. La plataforma de conexión será Microsoft Teams, en consecuencia, deberán descargar tal aplicativo, o en su defecto, utilizar su versión online. Con la información de código o ID de la reunión, el Despacho les remitirá a su correo electrónico el instructivo que contiene el paso a paso para el ingreso y uso de la plataforma, así como el Acuerdo PSAA15-10444, contentivo del protocolo de audiencias en vigencia del CGP. 6.2 Que afectos de los artículos 451 y 452 del C.G.P., los que pretendan oportunamente hacer posturas, deberán cumplir con los siguientes pasos: 1. Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del juez, en el buzón digital del despacho. En la celebración de la audiencia virtual será necesaria la presencia de los postores, que hubieren hecho ofertas. 2. Para la postura en la subasta virtual, la oferta debe remitirse de forma digital, legible y debidamente suscrita; la clave será suministrada por el ofertante únicamente al Juez en el desarrollo de la audiencia virtual, en la forma y oportunidad prevista en el artículo 452 del Código General del Proceso. 3. El juez o el encargado de realizar la audiencia virtual de subasta abrirá la oferta digital y leerá las ofertas en la oportunidad, con las formalidades y los requisitos señalados en el artículo 452 del Código General del Proceso. 4. Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del C.G.P. Todas las posturas presentadas deberán contener como mínimo la siguiente información: 1. Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura. 2. Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. 3. El monto por el que hace la postura. 4. La oferta debe estar suscrita por el interesado. Si es persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si esa una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este. 5. Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. 6. Copia del poder y documento de identidad del apoderado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado. 7. Copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos de los previsto en el en el artículo 451 del Código General del Proceso. 8. A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta digital conforme a las formalidades exigidas por el artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberá constar en un solo archivo digital, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. 9. La oferta digital deberá remitirse única y exclusivamente, al correo j03cmvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co; SÉPTIMO: EXHORTAR a los sujetos procesales para que cumplan estrictamente las referidas directrices, con el objeto de llevar a buen término la audiencia programada. OCTAVO: Previo a decidir respecto de la solicitud presentada por la apoderada judicial de la parte demandante, se le requiere para que dentro de los cinco (05) días siguientes informe al Despacho si ha contribuido o contribuye actualmente con alguna suma de dinero por concepto de pago de crédito hipotecario en favor de la entidad financiera AV VILLAS, por el cual se encuentra gravado el bien inmueble objeto de división. Notifíquese y Cúmplase: Firmado Por: Clauris Amalia Moron Bermudez Juez Municipal Juzgado Municipal Civil 003 Valledupar – Cesar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e574a5e434b 11fb63d5dc 308bb23fa27454a 0673eaef7ba 2b2fee021703d 68b8 Documento generado en 20/11/2024 03:37:51 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co /Firma Electronica. IDWEB:1575495
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BarranquillaFecha de publicación
Publicado 2025-01-05 00:00:00Ficha técnica
RAMA JUDICIAL JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE VALLEDUPAR-CESAR REPÚBLICA DE COLOMBIA Valledupar, veinte (20) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: Divisorio Demandante: ANEIDIS MARIA MARIN VELASQUEZ C.C. 49.796.809 Demandados: ANIBAL VIDAL MANZANO C.C. 77.170.699 Radicación: 200014003003 2019 0043300 Observándose que el trámite procesal se ha ajustado a las exigencias de los artículos 411 del C.G.P., se impone continuar con lo preceptuado en los artículos 450 a 452 ibídem en concordancia con lo normado en el artículo 7° de la Ley 2213 de 2022. De acuerdo además con la agenda de esta Judicatura, se programará su realización virtual, haciendo las advertencias de rigor. Por lo brevemente expuesto el Juzgado, DISPONE: PRIMERO: SEÑALAR el día veintidós (22) de enero de dos mil veinticinco (2025) a partir de las ocho de la mañana (08:00 a.m.) para llevar a cabo la venta en pública subasta del bien inmueble distinguido con la matrícula inmobiliaria No. 190-146103 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de esta ciudad, cuyos linderos son: NORTE: en 106.50 metros, Calle 34 A en medio, con predios de la Manzana E – 18 de la misma urbanización; SUR: en 106.50 metros, Calle 35 en medio y predios de la Manzana E – 16 de la misma urbanización; ESTE: en 36 metros Carrera 5 B – 1 en medio con predios de la Manzana G – 3 de la misma urbanización; OESTE: en 36 metros, con predios de la Manzana E – 3 de la misma urbanización, propiedad de la señora ADEIDIS MARIA MARIN VELASQUEZ identificada con C.C. No. 49.796.809 y del señor ANIBAL VIDAL MANZANO identificado con No. C.C. 77.170.699. SEGUNDO: La licitación principiará a las ocho de la mañana (08:00 a.m.) no se cerrará sino después de haber transcurrido una (1) hora por lo menos, siendo postura admisible de esta LICITACIÓN la que cubra el CIEN CIENTO (100%) del avalúo de conformidad con el artículo 448 del C.G.P. y previa consignación del 40% del mismo avalúo (Art. 451 del C.G.P.), sobre los derechos del inmueble avaluado en la suma de DOSCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES DE PESOS ($223.000.000, oo). TERCERO: ORDENAR que a cargo de la parte actora se enuncie al público la subasta mediante su inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en el periódico EL TIEMPO, EL HERALDO, o EL ESPECTADOR en los términos y para los fines previstos indicados en el artículo 450 del Código General del Proceso. El listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para la subasta. CUARTO: Con la copia o constancia de la publicación del aviso, deberá allegarse un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado dentro de los tres (3) días anteriores a la fecha prevista para la diligencia de venta en pública subasta a través del correo institucional del Juzgado j03cmvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co. QUINTO: Téngase para todos los efectos que el auxiliar de la justicia que actúa dentro del presente proceso como secuestre a BEDEL ALEJANDRO VALLE, quien puede ser contactado en los números telefónicos 311 4040882; correo electrónico bedelvalle00@hotmail.com. SEXTO: ADVERTIR a quienes actúan, intervienen y se interesen en intervenir en este asunto: 6.1 Que la mencionada diligencia se llevará a cabo a través de una audiencia virtual, para lo cual se les enviará un correo electrónico, o mensaje de datos, con la información pertinente que permitirá la conexión - sea esta un código o link propiamente dicho- a quienes lo soliciten previamente enviando la respectiva petición dirigida al correo institucional: j03cmvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co. La plataforma de conexión será Microsoft Teams, en consecuencia, deberán descargar tal aplicativo, o en su defecto, utilizar su versión online. Con la información de código o ID de la reunión, el Despacho les remitirá a su correo electrónico el instructivo que contiene el paso a paso para el ingreso y uso de la plataforma, así como el Acuerdo PSAA15-10444, contentivo del protocolo de audiencias en vigencia del CGP. 6.2 Que afectos de los artículos 451 y 452 del C.G.P., los que pretendan oportunamente hacer posturas, deberán cumplir con los siguientes pasos: 1. Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del juez, en el buzón digital del despacho. En la celebración de la audiencia virtual será necesaria la presencia de los postores, que hubieren hecho ofertas. 2. Para la postura en la subasta virtual, la oferta debe remitirse de forma digital, legible y debidamente suscrita; la clave será suministrada por el ofertante únicamente al Juez en el desarrollo de la audiencia virtual, en la forma y oportunidad prevista en el artículo 452 del Código General del Proceso. 3. El juez o el encargado de realizar la audiencia virtual de subasta abrirá la oferta digital y leerá las ofertas en la oportunidad, con las formalidades y los requisitos señalados en el artículo 452 del Código General del Proceso. 4. Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan los siguientes requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del C.G.P. Todas las posturas presentadas deberán contener como mínimo la siguiente información: 1. Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura. 2. Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. 3. El monto por el que hace la postura. 4. La oferta debe estar suscrita por el interesado. Si es persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si esa una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este. 5. Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. 6. Copia del poder y documento de identidad del apoderado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado. 7. Copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos de los previsto en el en el artículo 451 del Código General del Proceso. 8. A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta digital conforme a las formalidades exigidas por el artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberá constar en un solo archivo digital, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. 9. La oferta digital deberá remitirse única y exclusivamente, al correo j03cmvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co; SÉPTIMO: EXHORTAR a los sujetos procesales para que cumplan estrictamente las referidas directrices, con el objeto de llevar a buen término la audiencia programada. OCTAVO: Previo a decidir respecto de la solicitud presentada por la apoderada judicial de la parte demandante, se le requiere para que dentro de los cinco (05) días siguientes informe al Despacho si ha contribuido o contribuye actualmente con alguna suma de dinero por concepto de pago de crédito hipotecario en favor de la entidad financiera AV VILLAS, por el cual se encuentra gravado el bien inmueble objeto de división. Notifíquese y Cúmplase: Firmado Por: Clauris Amalia Moron Bermudez Juez Municipal Juzgado Municipal Civil 003 Valledupar – Cesar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e574a5e434b 11fb63d5dc 308bb23fa27454a 0673eaef7ba 2b2fee021703d 68b8 Documento generado en 20/11/2024 03:37:51 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co /Firma Electronica. 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condiciones:
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Información del Anunciante
Nombre: ANEIDIS MARIA MARIN VELASQUEZ