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Descripción

AVISO DE REMATE/ARTÍCULO 450 DEL C.G.P. JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA ATLÁNTICO EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA REAL CON RADICADO 080013153004 20210025300 Radicado Interno: C4-0546-2023 PARTE DEMANDANTE: BANCO BBVA COLOMBIA S.A NIT.860.003.020-1 PARTE DEMANDADA: HEREDEROS INDETERMINADOS DE MANUEL RAMON CAMACHO SARABIA QUE EN VIDA SE IDENTIFICON CON CC 7432835 FIJA FECHA PARA DILIGENCIA DE REMATE DEL BIEN INMUEBLE EL DÍA 31 DE ENERO DE 2025, A LAS 09:00 A.M. BIENES MATERIA DEL REMATE: BIENES INMUEBLES CON FOLIOS DE MATRÍCULAS INMOBILIARIAS Nos. 040-550628 y 040-550603 DE LA OFICINA DE RGEISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE BARRANQUILLA APTO 601 Y GARAJE No 15 UBICADOS EN LA CRA 42E No. 83-60 EDIFICIO NUEVO HORIZONTE DE LA CIUDAD DE BARRANQUILLA LA BASE DE LA LICITACIÓN SERÁ EL 70 % DEL AVALÚO DADO AL CADA INMUEBLE EL CUAL FUE AVALUADO EN LA SUMA DE TRESCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS PESOS ($329.430.000,oo) Apto 601 y CATORCE MILLONES SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS ($14.071.500,oo) GARAJE NO. 15 RESPECTIVAMENTE, TODO POSTOR PARA SER ADMITIDO DEBERÁ CONSIGNAR A ÓRDENES DEL JUZGADO EN EL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. EL 40 % DE DICHO AVALÚO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 451 DEL C.G.P. LOS INTERESADOS DEBERÁN PRESENTAR EN SOBRE DEBIDAMENTE CERRADO SU OFERTA, EL TÍTULO DE DEPÓSITO JUDICIAL Y EL OFICIO DE CONSIGNACIÓN. TRANSCURRIDA UNA HORA DESDE EL COMIENZO DE LA LICITACIÓN SE ABRIRÁN LOS SOBRES, LEERÁN LAS OFERTAS Y SE ADJUDICARÁ EL BIEN AL MEJOR POSTOR. CABE INDICAR QUE LA POSTURA ELECTRÓNICA DEBE SER ENVIADA AL CORREO ELECTRÓNICO J01EJECCBA@CENDOJ.RAMAJUDICIAL.GOV.CO INDICANDO EN EL ASUNTO: POSTURA DE REMATE 080013153004 20210025300 Radicado Interno: C4-0546-2023+ 31-01-2025, DENTRO DE LOS CINCO (05) DÍAS HÁBILES ANTERIORES A LA FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA DE REMATE LAS PERSONAS QUE HAGAN USO DE PAGOS ELECTRÓNICOS EN LÍNEA (PSE O SIMILARES), CHEQUES Y CUALQUIER OTRO MEDIO DE PAGO CUYO PROCEDIMIENTO DE COMPROBACIÓN NO SEA INMEDIATO O NO SE REFLEJE AL MOMENTO DE LA APERTURA DE LOS SOBRES CERRADOS, DEBERÁN HACER DICHO PAGO DE MANERA ANTICIPADA O POR LO MENOS, DOS (2) DÍAS HÁBILES ANTERIORES A LA FECHA DEL REMATE; ELLO CON EL FIN DE QUE EL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A., CONSTITUYA EL CORRESPONDIENTE TÍTULO JUDICIAL A ÓRDENES DE ESTE JUZGADO; EL INCUMPLIMIENTO DE ESTE TÉRMINO O LAS DIFICULTADES INTERNAS QUE IMPIDAN REFLEJAR EL TÍTULO, SERÁN MOTIVOS SUFICIENTES PARA DECLARAR LA INADMISIBILIDAD DE LA EVENTUAL POSTURA LAS OFERTAS PRESENTADAS DEBEN REUNIR LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 452 DEL C.G.P. ES IMPORTANTE RESALTAR QUE DENTRO DE LA HORA TRANSCURRIDA DESDE EL INICIO DE LA LICITACIÓN SÓLO PODRÁN APORTARSE OFERTAS VIRTUALES, TAL COMO LO INDICA EL PROTOCOLO DE DILIGENCIAS DE REMATE LA DILIGENCIA SE DESARROLLARÁ DE MANERA VIRTUAL A TRAVÉS DEL APLICATIVO TEAMS Y UTILIZANDO EL SIGUIENTE ENLACE: https:// teams.microsoft.com /l/ meetupjoin/19% 3ameeting_ ZGMwOTNh MTMtZGQ4O C00ZjM2LTgz NDktNGQ4Z WUyNTQzZmZl %40thread. v2/0?context=% 7b%22Tid%22%3ª %22622cba98- 80f8-41f3-8df5- 8eb99901598 b%22%2c%22 Oid%22 %3a %22f3258051 -9508-4416- 834e-f825 ed704 bb2%22%7d EL JUZGADO DARÁ INICIO A LA DILIGENCIA CON APEGO A LAS NORMAS ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 452 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO Y AL PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE AUDIENCIAS DE REMATE QUE DEBERÁ SER CONSULTADO POR LAS PARTES Y LOS INTERESADOS EN EL SIGUIENTE LINK: https: //www.ramajudicial.gov.co /documents/ 39569465/ 39604605 /CIRCULAR+ 006-OAJCCESB+- +Protocolo+ Diligencias +de+Remate. pdf/ 95a43977- 0cbf-4ebb-a7d8- d58e2b77d342 FUNGE COMO SECUESTRE EL SEÑOR JAVIER AUGUSTO AHUMADA AHUMADA, IDENTIFICADO CON LA C.C. 72.234.380 QUIEN PUEDE SER UBICADO EN LA CALLE 59 #21B-90, TELF. 3464798- 3103574174, CORREO ahumadajg2012 @hotmail.com. Adjunto auto de fecha 10 de diciembre del 2024 proferido por el Juzgado Primero Civil del Circuito de ejecución de sentencias de Barranquilla, Att ANA TERESA GONZALEZ POLO SAS Nit 901272400-8, representada por ANA TERESA GONZALEZ POLO abogada parte demandante CC 32646172 y T.P. No. 48.153 C.S.J.. IDWEB:1575667

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2025-01-12 00:00:00

Ficha técnica

AVISO DE REMATE/ARTÍCULO 450 DEL C.G.P. JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA ATLÁNTICO EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA REAL CON RADICADO 080013153004 20210025300 Radicado Interno: C4-0546-2023 PARTE DEMANDANTE: BANCO BBVA COLOMBIA S.A NIT.860.003.020-1 PARTE DEMANDADA: HEREDEROS INDETERMINADOS DE MANUEL RAMON CAMACHO SARABIA QUE EN VIDA SE IDENTIFICON CON CC 7432835 FIJA FECHA PARA DILIGENCIA DE REMATE DEL BIEN INMUEBLE EL DÍA 31 DE ENERO DE 2025, A LAS 09:00 A.M. BIENES MATERIA DEL REMATE: BIENES INMUEBLES CON FOLIOS DE MATRÍCULAS INMOBILIARIAS Nos. 040-550628 y 040-550603 DE LA OFICINA DE RGEISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE BARRANQUILLA APTO 601 Y GARAJE No 15 UBICADOS EN LA CRA 42E No. 83-60 EDIFICIO NUEVO HORIZONTE DE LA CIUDAD DE BARRANQUILLA LA BASE DE LA LICITACIÓN SERÁ EL 70 % DEL AVALÚO DADO AL CADA INMUEBLE EL CUAL FUE AVALUADO EN LA SUMA DE TRESCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS PESOS ($329.430.000,oo) Apto 601 y CATORCE MILLONES SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS ($14.071.500,oo) GARAJE NO. 15 RESPECTIVAMENTE, TODO POSTOR PARA SER ADMITIDO DEBERÁ CONSIGNAR A ÓRDENES DEL JUZGADO EN EL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. EL 40 % DE DICHO AVALÚO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 451 DEL C.G.P. LOS INTERESADOS DEBERÁN PRESENTAR EN SOBRE DEBIDAMENTE CERRADO SU OFERTA, EL TÍTULO DE DEPÓSITO JUDICIAL Y EL OFICIO DE CONSIGNACIÓN. TRANSCURRIDA UNA HORA DESDE EL COMIENZO DE LA LICITACIÓN SE ABRIRÁN LOS SOBRES, LEERÁN LAS OFERTAS Y SE ADJUDICARÁ EL BIEN AL MEJOR POSTOR. CABE INDICAR QUE LA POSTURA ELECTRÓNICA DEBE SER ENVIADA AL CORREO ELECTRÓNICO J01EJECCBA@CENDOJ.RAMAJUDICIAL.GOV.CO INDICANDO EN EL ASUNTO: POSTURA DE REMATE 080013153004 20210025300 Radicado Interno: C4-0546-2023+ 31-01-2025, DENTRO DE LOS CINCO (05) DÍAS HÁBILES ANTERIORES A LA FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA DE REMATE LAS PERSONAS QUE HAGAN USO DE PAGOS ELECTRÓNICOS EN LÍNEA (PSE O SIMILARES), CHEQUES Y CUALQUIER OTRO MEDIO DE PAGO CUYO PROCEDIMIENTO DE COMPROBACIÓN NO SEA INMEDIATO O NO SE REFLEJE AL MOMENTO DE LA APERTURA DE LOS SOBRES CERRADOS, DEBERÁN HACER DICHO PAGO DE MANERA ANTICIPADA O POR LO MENOS, DOS (2) DÍAS HÁBILES ANTERIORES A LA FECHA DEL REMATE; ELLO CON EL FIN DE QUE EL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A., CONSTITUYA EL CORRESPONDIENTE TÍTULO JUDICIAL A ÓRDENES DE ESTE JUZGADO; EL INCUMPLIMIENTO DE ESTE TÉRMINO O LAS DIFICULTADES INTERNAS QUE IMPIDAN REFLEJAR EL TÍTULO, SERÁN MOTIVOS SUFICIENTES PARA DECLARAR LA INADMISIBILIDAD DE LA EVENTUAL POSTURA LAS OFERTAS PRESENTADAS DEBEN REUNIR LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 452 DEL C.G.P. ES IMPORTANTE RESALTAR QUE DENTRO DE LA HORA TRANSCURRIDA DESDE EL INICIO DE LA LICITACIÓN SÓLO PODRÁN APORTARSE OFERTAS VIRTUALES, TAL COMO LO INDICA EL PROTOCOLO DE DILIGENCIAS DE REMATE LA DILIGENCIA SE DESARROLLARÁ DE MANERA VIRTUAL A TRAVÉS DEL APLICATIVO TEAMS Y UTILIZANDO EL SIGUIENTE ENLACE: https:// teams.microsoft.com /l/ meetupjoin/19% 3ameeting_ ZGMwOTNh MTMtZGQ4O C00ZjM2LTgz NDktNGQ4Z WUyNTQzZmZl %40thread. v2/0?context=% 7b%22Tid%22%3ª %22622cba98- 80f8-41f3-8df5- 8eb99901598 b%22%2c%22 Oid%22 %3a %22f3258051 -9508-4416- 834e-f825 ed704 bb2%22%7d EL JUZGADO DARÁ INICIO A LA DILIGENCIA CON APEGO A LAS NORMAS ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 452 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO Y AL PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE AUDIENCIAS DE REMATE QUE DEBERÁ SER CONSULTADO POR LAS PARTES Y LOS INTERESADOS EN EL SIGUIENTE LINK: https: //www.ramajudicial.gov.co /documents/ 39569465/ 39604605 /CIRCULAR+ 006-OAJCCESB+- +Protocolo+ Diligencias +de+Remate. pdf/ 95a43977- 0cbf-4ebb-a7d8- d58e2b77d342 FUNGE COMO SECUESTRE EL SEÑOR JAVIER AUGUSTO AHUMADA AHUMADA, IDENTIFICADO CON LA C.C. 72.234.380 QUIEN PUEDE SER UBICADO EN LA CALLE 59 #21B-90, TELF. 3464798- 3103574174, CORREO ahumadajg2012 @hotmail.com. Adjunto auto de fecha 10 de diciembre del 2024 proferido por el Juzgado Primero Civil del Circuito de ejecución de sentencias de Barranquilla, Att ANA TERESA GONZALEZ POLO SAS Nit 901272400-8, representada por ANA TERESA GONZALEZ POLO abogada parte demandante CC 32646172 y T.P. No. 48.153 C.S.J.. IDWEB:1575667

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