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Descripción

RESOLUCIÓN No. 0002 DE 2025 (16 de enero de 2025) POR MEDIO DE LA CUAL SE INICIA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA TENDIENTE A REVISAR Y EMITIR CONCEPTO DE APROBACIÓN O DESAPROBACIÓN DE ESTUDIO DE TRANSITO (ET) DEL PROYECTO DENOMINADO OFICINA CARRERA 46. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar la Actuación Administrativa tendiente a revisar y emitir concepto de aprobación o desaprobación de Estudio de Tránsito (ET) del proyecto denominado OFICINA CARRERA 46, de conformidad con la solicitud presentada por el señor JOHAN ALEXANDER FRITZ ROJAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 72.270.930, en calidad de apoderado la sociedad GUIMATEX S.A.S., identificada bajo el Nit. 802.013.127-2, ALIANZA EL ENCANTO S.A.S. identificada bajo el Nit.900.332.256-8 y GOMEZ VIERA S.A.S., identificada bajo el Nit.900.210.233-5. El citado proyecto es una edificación de uso comercial de servicios destinada a oficinas, comprendidas por 2 bloques de 3 pisos y un sótano, el proyecto contará con un área total construida de 4516.15 m2, con una oferta de 40 celdas de estacionamientos. El proyecto se ubica sobre la calzada sur (sentido Occidente a Oriente) de la Carrera 46 entre calles 84 y 82, y teniendo acceso también por la carrera 45 entre calle 84 y 82, sobre los predios identificados con número de matrícula 040-197681 y 040-456142 del Distrito de Barranquilla. PARÁGRAFO: Sin perjuicio de la presente decisión, esta Secretaría, podrá solicitar la realización de consultas o estudios técnicos adicionales a los presentados por el solicitante, si así lo considera pertinente, para definir la viabilidad del proyecto. Los costos asociados a consultas y/o estudios técnicos a los que se refiere este artículo serán asumidos por el solicitante. ARTÍCULO SEGUNDO: En consecuencia, efectúese la publicación de que trata el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA), en concordancia con el artículo 10° del Decreto Distrital 0711 de 2016, a través de un medio masivo de comunicación nacional o local, según el caso, o a través de cualquier otro mecanismo eficaz, a cargo de alguna de las siguientes sociedades GUIMATEX S.A.S., identificada bajo el Nit. 802.013.127-2, ALIANZA EL ENCANTO S.A.S. identificada bajo el Nit.900.332.256-8 y GOMEZ VIERA S.A.S., identificada bajo el Nit.900.210.233-5, la cual se deberá efectuar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto. PARÁGRAFO: El solicitante deberá hacer llegar a esta Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial - Oficina de Gestión de Tránsito, un ejemplar de la mencionada publicación debidamente certificada por el periódico local o nacional, para que haga parte del expediente de la presente actuación. ARTÍCULO TERCERO: Colocar, a disposición de los terceros indeterminados que se crean con interés en la resulta de la presente actuación, el Estudio de Tránsito (ET), referenciado en el artículo anterior, el cual podrá ser consultado ante la Oficina de Gestión del Tránsito de la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla, ubicada en la Carrera 54 No. 74-127 Piso 2, dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de las notificaciones, comunicaciones y publicaciones del caso. ARTÍCULO CUARTO: Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo normado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Dado en Barranquilla D.E.I.P, a los dieciséis (16) días del mes de enero de dos mil veinticinco (2025). NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE EUCARIS NAVARRO MANZUR Secretaria Distrital de Tránsito y Seguridad Vial. IDWEB:1575934

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2025-01-26 00:00:00

Ficha técnica

RESOLUCIÓN No. 0002 DE 2025 (16 de enero de 2025) POR MEDIO DE LA CUAL SE INICIA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA TENDIENTE A REVISAR Y EMITIR CONCEPTO DE APROBACIÓN O DESAPROBACIÓN DE ESTUDIO DE TRANSITO (ET) DEL PROYECTO DENOMINADO OFICINA CARRERA 46. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar la Actuación Administrativa tendiente a revisar y emitir concepto de aprobación o desaprobación de Estudio de Tránsito (ET) del proyecto denominado OFICINA CARRERA 46, de conformidad con la solicitud presentada por el señor JOHAN ALEXANDER FRITZ ROJAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 72.270.930, en calidad de apoderado la sociedad GUIMATEX S.A.S., identificada bajo el Nit. 802.013.127-2, ALIANZA EL ENCANTO S.A.S. identificada bajo el Nit.900.332.256-8 y GOMEZ VIERA S.A.S., identificada bajo el Nit.900.210.233-5. El citado proyecto es una edificación de uso comercial de servicios destinada a oficinas, comprendidas por 2 bloques de 3 pisos y un sótano, el proyecto contará con un área total construida de 4516.15 m2, con una oferta de 40 celdas de estacionamientos. El proyecto se ubica sobre la calzada sur (sentido Occidente a Oriente) de la Carrera 46 entre calles 84 y 82, y teniendo acceso también por la carrera 45 entre calle 84 y 82, sobre los predios identificados con número de matrícula 040-197681 y 040-456142 del Distrito de Barranquilla. PARÁGRAFO: Sin perjuicio de la presente decisión, esta Secretaría, podrá solicitar la realización de consultas o estudios técnicos adicionales a los presentados por el solicitante, si así lo considera pertinente, para definir la viabilidad del proyecto. Los costos asociados a consultas y/o estudios técnicos a los que se refiere este artículo serán asumidos por el solicitante. ARTÍCULO SEGUNDO: En consecuencia, efectúese la publicación de que trata el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA), en concordancia con el artículo 10° del Decreto Distrital 0711 de 2016, a través de un medio masivo de comunicación nacional o local, según el caso, o a través de cualquier otro mecanismo eficaz, a cargo de alguna de las siguientes sociedades GUIMATEX S.A.S., identificada bajo el Nit. 802.013.127-2, ALIANZA EL ENCANTO S.A.S. identificada bajo el Nit.900.332.256-8 y GOMEZ VIERA S.A.S., identificada bajo el Nit.900.210.233-5, la cual se deberá efectuar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto. PARÁGRAFO: El solicitante deberá hacer llegar a esta Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial - Oficina de Gestión de Tránsito, un ejemplar de la mencionada publicación debidamente certificada por el periódico local o nacional, para que haga parte del expediente de la presente actuación. ARTÍCULO TERCERO: Colocar, a disposición de los terceros indeterminados que se crean con interés en la resulta de la presente actuación, el Estudio de Tránsito (ET), referenciado en el artículo anterior, el cual podrá ser consultado ante la Oficina de Gestión del Tránsito de la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla, ubicada en la Carrera 54 No. 74-127 Piso 2, dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de las notificaciones, comunicaciones y publicaciones del caso. ARTÍCULO CUARTO: Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo normado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Dado en Barranquilla D.E.I.P, a los dieciséis (16) días del mes de enero de dos mil veinticinco (2025). NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE EUCARIS NAVARRO MANZUR Secretaria Distrital de Tránsito y Seguridad Vial. IDWEB:1575934

condiciones:

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