Descripción
Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Oficina de Apoyo De los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Barranquilla JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA AVISO DE REMATE 06FEBR25-0152G 08001-40-53-010-2017-00267-00 EL JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA, ha señalado el día once (11) de marzo de dos mil veinticinco (2025), a las 09:00 AM, a fin de llevar a cabo la diligencia de remate del vehículo con PLACA IRW-289–MARCA CHEVROLETH MODELO 2016 de propiedad del demandado MARIANO BRITO BERMEJO, de conformidad a lo establecido en el Artículo 448 del C.G.P. La licitación comenzará a las 09:00 AM. y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora por lo menos, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo del vehículo, el cual ha sido avaluado en la suma de TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS m/l ($33.600.000), previa consignación del 40% del mencionado valor, en el Banco Agrario a órdenes de la OFICINA DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL de esta ciudad, por concepto de depósito para hacer postura al tenor de lo establecido en el art. 448 y 452 del C.G.P. El secuestre designado es el señor JAMILTON MEJIA CUPITRA de la lista de los auxiliares de la Justicia, quien puede ser ubicado en la Carrera 38a # 77-29 de Barranquilla, Cel. No. 311-405.24.55 correo: jamiltonmejia@hotmail.com Para efectos del artículo 450 del C.G.P, se expide el presente AVISO DE REMATE hoy 19 de febrero de 2025, y copia de él se entregan al interesado para su publicación. La subasta se realizará de forma PRESENCIAL, para lo cual se RECEPCIONARA DE FORMA FISICA las ofertas en sobres sellados de los interesados, el mismo día de la diligencia o dentro de los cinco (5) días anteriores al remate de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 451 del C.G.P. Los interesados en ofertar, pueden comunicarse al correo institucional ventanillaj06ecmbquilla @cendoj.ramajudicial.gov.co para mayor información de la subasta. Igualmente, de requerirse la revisión del expediente contentivo del proceso, los interesados deberán solicitarlo a la misma dirección electrónica, con el fin que sea compartido digitalmente. Anúnciese el remate con el cumplimiento de las formalidades contempladas en los artículos 448 del CGP. Publíquese el aviso de remate en un periódico de amplia circulación, conforme al inciso 1° del artículo 450 del CGP por una vez en día DOMINGO con antelación no inferior a Diez (10) días para la fecha señalada para el remate. La página del diario o periódico, y/o la certificación de la publicación y un certificado de tradición y libertad del inmueble a rematar con fecha actualizada expedido dentro del mes anterior a la fecha de la diligencia de remate, deberá ser anexado al paginaría antes de dar inicio a la subasta. Tenga en cuenta que la consignación del cuarenta por ciento (40%) del avalúo, deberán ser depositados en lo sucesivo a la cuenta No. 080012041801 del Banco Agrario cuyo titular es la OFICINA DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA, y el código de la dependencia judicial es el No. 08001430300. Los interesados podrán solicitar el aviso correspondiente a la dirección de correo electrónico ventanillaj06ecmbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co, a fin que sea elaborado por Secretaría de la Oficina de Apoyo de forma inmediata, una vez se encuentre debidamente ejecutoriado el presente auto. Para el día de la audiencia de remate, las partes, apoderados e interesados deberán seguir las siguientes indicaciones: a. Usar en forma permanente el tapabocas. b. Lavarse constantemente las manos con agua y jabón y evitar tocarse los ojos, nariz y boca, sin habérselas lavado. c. Abstenerse de acudir a las sedes si presenta fiebre o síntomas de una afección respiratoria. d. Los visitantes deben ingresar únicamente al lugar autorizado y por el período de tiempo concedido. e. Se debe mantener en todo momento una distancia mínima de dos metros con las demás personas que permanezcan dentro de las sedes judiciales y administrativas. f. Tener presente las condiciones de mayor vulnerabilidad al COVID-19, en virtud de lo establecido en el numeral 4.1.1 de la Resolución 666 de 2020, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social: diabetes, enfermedad cardiovascular, incluyendo hipertensión arterial y accidente cerebrovascular, VIH, cáncer, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC); que usen corticoides o inmunosupresores; que tengan mal nutrición (obesidad y desnutrición); que sean fumadores; mayores de 60 años o mujeres en estado de gestación. g. Se reitera la prohibición del ingreso de menores de edad a las sedes judiciales. h. Tratándose de persona natural, se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. i. Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este. j. La oferta realizada fuera del término, se entiende extemporánea. k. Demás medidas y protocolos contenidos en la Circular DEAJC20-35 de fecha 05 de mayo de 2020. Igualmente, de requerirse la revisión del expediente contentivo del proceso, o solicitudes, escritos o inquietudes de los interesados podrán ser solicitadas a la dirección de correo electrónico ventanillaj06ecmbquilla @cendoj.ramajudicial.gov.co, con el fin que sea compartido digitalmente. Cordialmente; ALFREDO TORRES VASQUEZ. Profesional Universitario Grado 12 con Funciones Secretariales. Es importante anotar que este oficio NO requiere actualización. Así mismo se le recuerda que OECMB no sella documentos originales, a excepción de copias debidamente autorizadas dentro del expediente. Firmado Por: Alfredo Torres Vasquez Profesional Universitario – Coordinador Oficina De Apoyo Barranquilla – Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4373 f289ecee d0b0b016d 6a36b6a4de 708f94c0e 11658fb199c5 b022988d6e2f Documento generado en 19/02/2025 01:20:30 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https:// procesojudicial.ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica. IDWEB:1576407
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BarranquillaFecha de publicación
Publicado 2025-02-23 00:00:00Ficha técnica
Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Oficina de Apoyo De los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Barranquilla JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA AVISO DE REMATE 06FEBR25-0152G 08001-40-53-010-2017-00267-00 EL JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA, ha señalado el día once (11) de marzo de dos mil veinticinco (2025), a las 09:00 AM, a fin de llevar a cabo la diligencia de remate del vehículo con PLACA IRW-289–MARCA CHEVROLETH MODELO 2016 de propiedad del demandado MARIANO BRITO BERMEJO, de conformidad a lo establecido en el Artículo 448 del C.G.P. La licitación comenzará a las 09:00 AM. y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora por lo menos, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo del vehículo, el cual ha sido avaluado en la suma de TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS m/l ($33.600.000), previa consignación del 40% del mencionado valor, en el Banco Agrario a órdenes de la OFICINA DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL de esta ciudad, por concepto de depósito para hacer postura al tenor de lo establecido en el art. 448 y 452 del C.G.P. El secuestre designado es el señor JAMILTON MEJIA CUPITRA de la lista de los auxiliares de la Justicia, quien puede ser ubicado en la Carrera 38a # 77-29 de Barranquilla, Cel. No. 311-405.24.55 correo: jamiltonmejia@hotmail.com Para efectos del artículo 450 del C.G.P, se expide el presente AVISO DE REMATE hoy 19 de febrero de 2025, y copia de él se entregan al interesado para su publicación. La subasta se realizará de forma PRESENCIAL, para lo cual se RECEPCIONARA DE FORMA FISICA las ofertas en sobres sellados de los interesados, el mismo día de la diligencia o dentro de los cinco (5) días anteriores al remate de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 451 del C.G.P. Los interesados en ofertar, pueden comunicarse al correo institucional ventanillaj06ecmbquilla @cendoj.ramajudicial.gov.co para mayor información de la subasta. Igualmente, de requerirse la revisión del expediente contentivo del proceso, los interesados deberán solicitarlo a la misma dirección electrónica, con el fin que sea compartido digitalmente. Anúnciese el remate con el cumplimiento de las formalidades contempladas en los artículos 448 del CGP. Publíquese el aviso de remate en un periódico de amplia circulación, conforme al inciso 1° del artículo 450 del CGP por una vez en día DOMINGO con antelación no inferior a Diez (10) días para la fecha señalada para el remate. La página del diario o periódico, y/o la certificación de la publicación y un certificado de tradición y libertad del inmueble a rematar con fecha actualizada expedido dentro del mes anterior a la fecha de la diligencia de remate, deberá ser anexado al paginaría antes de dar inicio a la subasta. Tenga en cuenta que la consignación del cuarenta por ciento (40%) del avalúo, deberán ser depositados en lo sucesivo a la cuenta No. 080012041801 del Banco Agrario cuyo titular es la OFICINA DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA, y el código de la dependencia judicial es el No. 08001430300. Los interesados podrán solicitar el aviso correspondiente a la dirección de correo electrónico ventanillaj06ecmbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co, a fin que sea elaborado por Secretaría de la Oficina de Apoyo de forma inmediata, una vez se encuentre debidamente ejecutoriado el presente auto. Para el día de la audiencia de remate, las partes, apoderados e interesados deberán seguir las siguientes indicaciones: a. Usar en forma permanente el tapabocas. b. Lavarse constantemente las manos con agua y jabón y evitar tocarse los ojos, nariz y boca, sin habérselas lavado. c. Abstenerse de acudir a las sedes si presenta fiebre o síntomas de una afección respiratoria. d. Los visitantes deben ingresar únicamente al lugar autorizado y por el período de tiempo concedido. e. Se debe mantener en todo momento una distancia mínima de dos metros con las demás personas que permanezcan dentro de las sedes judiciales y administrativas. f. Tener presente las condiciones de mayor vulnerabilidad al COVID-19, en virtud de lo establecido en el numeral 4.1.1 de la Resolución 666 de 2020, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social: diabetes, enfermedad cardiovascular, incluyendo hipertensión arterial y accidente cerebrovascular, VIH, cáncer, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC); que usen corticoides o inmunosupresores; que tengan mal nutrición (obesidad y desnutrición); que sean fumadores; mayores de 60 años o mujeres en estado de gestación. g. Se reitera la prohibición del ingreso de menores de edad a las sedes judiciales. h. Tratándose de persona natural, se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. i. Tratándose de persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este. j. La oferta realizada fuera del término, se entiende extemporánea. k. Demás medidas y protocolos contenidos en la Circular DEAJC20-35 de fecha 05 de mayo de 2020. Igualmente, de requerirse la revisión del expediente contentivo del proceso, o solicitudes, escritos o inquietudes de los interesados podrán ser solicitadas a la dirección de correo electrónico ventanillaj06ecmbquilla @cendoj.ramajudicial.gov.co, con el fin que sea compartido digitalmente. Cordialmente; ALFREDO TORRES VASQUEZ. Profesional Universitario Grado 12 con Funciones Secretariales. Es importante anotar que este oficio NO requiere actualización. Así mismo se le recuerda que OECMB no sella documentos originales, a excepción de copias debidamente autorizadas dentro del expediente. Firmado Por: Alfredo Torres Vasquez Profesional Universitario – Coordinador Oficina De Apoyo Barranquilla – Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4373 f289ecee d0b0b016d 6a36b6a4de 708f94c0e 11658fb199c5 b022988d6e2f Documento generado en 19/02/2025 01:20:30 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https:// procesojudicial.ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica. IDWEB:1576407
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