REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO VALLEDUPAR- CESAR j05ccvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co EL SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE VALLEDUPAR, CESAR, AVISA: Que en el proceso EJECUTIVO seguido por BANCOLOMBIA S.A identificada con el Nit. 890.903.938- 8, contra SOCIEDAD DE TAPICEROS DEL CESAR "SOTACESAR LTDA" identificada con el Nit. 824.004. 687- 7. Radicado bajo el No. 20 001 31 03 005 —2018- 00107- 00, se ha señalado, el día dieciocho (18) de Septiembre del 2020, con el fin de llevar a cabo el remate del siguiente bien: "bien inmueble ubicado en la carrera 12 No. 19D — 15 barrio la Granja de esta ciudad, el cual se encuentra integrado por 02 locales comerciales y 10 habitaciones, con un área de 135 mt2, identificado con la matrícula inmobiliaria No. 190-50997 y la cedula catastral No. 01- 02- 0092- 0021- 00, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Valledupar de propiedad del demandado SOCIEDAD DE TAPICEROS DEL CESAR "SOTACESAR LTDA" identificado con el Nit. 824.004.687- 7, el cual se encuentra debidamente embargado y secuestrado dentro del presente asunto". Este inmueble fue avaluado en la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES DE PESOS MCTE ($243.000.000,oo). El secuestre en este asunto es la señora GENNYS MABEL AISLAND VEGA identificada con la cedula de ciudadanía No. 22.832.826, la cual puede ser contactada al abonado telefónico No. 301.646. 72.56, y en la carrera 12 No. 13 — 51 barrio Obrero de la ciudad de Valledupar. La licitación comenzará a las nueve de la mañana (9:00 A.M.), del citado día, y transcurrida una hora desde el comienzo de la misma, se abrirán los sobres y se leerán en alta voz las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 del C.G.P., a continuación se adjudicará el bien al mejor postor, siendo postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo, previa consignación del porcentaje legal, es decir el 40% del mismo, equivalente a la suma de NOVENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ML ($97.200.000,oo). El rematante deberá consignar el 5% del valor del remate de conformidad con el Art. 7 de la Ley 11 de 1987. Las ofertas del remate se recibirán exclusivamente en el correo institucional del juzgado j05ccvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co Anúnciese el remate con el cumplimiento de las formalidades de que trata el artículo 450 del Código General del Proceso, haciéndose las publicaciones de rigor en un periódico de amplia circulación en la localidad tales como el Pilón o Heraldo o en otro medio masivo de comunicación tales cómo Caracol radio o La voz del Cañahuate. Se les advierte que la diligencia será realizada de manera virtual, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 07 del Decreto 806 de 2020. Igualmente se le hace saber qué con antelación le será remitido el protocolo de audiencias y se le informará sobre la herramienta tecnológica a utilizar para la realización de la misma. LEONARDO JOSÉ BOBADILLA MARTINEZ Secretario REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO VALLEDUPAR - CESAR j05ccvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co Firmado Por: LEONARDO JOSÉ BOBADILLA MARTINEZ SECRETARIO JUZGADO 05 DE CIRCUITO CIVIL ESCRITURAL DE LA CIUDAD DE VALLEDUPAR- CESAR Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1258439491a76609f1b78d65b1bf9aa7d81e84f7706d9255aa4f3ae8b03c58 08 Documento generado en 19/08/2020 05:50:24 p.m.
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