Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura Republica de Colombia Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD SOLEDAD- ATLANTICO AVISO DE REMATE (RAD 2018-045) LA SECRETARIA DEL JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE SOLEDAD-ATLANTICO HACE SABER: Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO, instaurado por el BANCO COLPATRIA SA, a través de apoderado judicial Dr. HUBER ARLEY SANTANA contra el señor REGULO ALBERTO CONSUEGRA COBA E IBETH SOFIA COGA, se ha señalado el día PRIMERO (1°) Octubre Del año en curso, a partir de las 9:30 AM, como fecha para llevar a cabo la diligencia de remate en este proceso.- El bien inmueble materia de subasta se encuentra ubicado en la Calle 76B No. 23 E-27 manzana 10, lote 16, soledad (Atlántico), registrado bajo el folio de matrícula inmobiliaria N° 041-51515 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Soledad, Atlántico. Secuestre Julio Wilfrido Mercado De Los Reyes calle 54 No.31-29 Barranquilla. Cel.301-502-60-80. Este inmueble ha sido avaluado por la suma de Ciento Diecisiete Millones Ciento Cincuenta Mil Pesos m/l ($117.150.000.oo) será postura admisible para esta subasta la que cubra el setenta por ciento (70%), del avaluó dado al bien a rematar por ser la primera licitación y todo postor para ser admitido como tal deberá consignar previamente el Cuarenta por ciento (40%) del mencionado avaluó, en la sección de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia de la Ciudad de Barranquilla. Licitación que comenzara el día y hora arriba señalados y no se cerrará sino después de una (1) hora por lo menos desde su iniciación. En cumplimiento del artículo 450 del CGP, el presente aviso se publicara por una vez en un periódico de amplia circulación en la localidad (El Heraldo o El Tiempo), en día DOMINGO, con antelación no inferior a diez días a la fecha señalada para el remate. Que el Ministerio de Salud a través de la expedición de la Resolución No 385 del 12 de marzo del 2020 "Por el cual se declara la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19 y so adoptan medidas para hacer frente al virus". Que el Ministerio de Justicia y del Derecho a través de la expedición del Decreto Legislativo No 806 del 04 de junio del 2020, por la cual adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, dispuso en su parte resolutiva artículo 2 inciso segundo: "...Se utilizaran los medios tecnológicos para todas las actuaciones, audiencias y diligencias y se permitirá a los sujetos procesales actuar en los procesos o tramites a través de los medios digitales disponibles…" Que el Consejo Superior de la Judicatura a través del Acuerdo No PCSJA20-11567 del 05 de junio del 2020, por medio del cual adopta medidas para el levantamiento de los términos judiciales y se dictan otras disposiciones por motivos de salubridad pública y fuerza mayor, dispuso entre otras medidas en el artículo 28 lo siguiente: "Los jueces y magistrados utilizaran preferencialmente los medios tecnológicos para todas las actuaciones, comunicaciones, notificaciones, audiencias y diligencias y permitirán a las partes, abogados, terceros e intervinientes actuar en los procesos mediante los medios tecnológicos disponibles..." Que mediante Resolución No 06 del 26 de junio del 2020, proferida por este Despacho, se implementa el canal oficial de comunicaciones e información a través de correo electrónico del Juzgado Cuarto Civil Municipal de Oralidad de Soledad. De conformidad con lo anterior las ofertas serán presentadas con anterioridad al día y hora señalado, dando cumplimiento al artículo 452 del C.G.P, a través del correo institucional Email: j04cmpalsoledad@cendoj.ramajudicial.gov.co Para participar en la diligencia de remate deberá unirse a la reunión Zoom: https://us04web.zoom.us/j/2346878473?pwd:=TFE4ZVZWT2dCVk1xUmg2dmN6Q1c0UT09 ID de reunión: 234 687 8473 Código de acceso: 2qwQ5h Se expide, en Soledad a los veintiséis (26) mes de Agosto del dos mil veinte (2.020).- CONSTANCIA SECRETARIAL: Es fiel copia de su original que se entrega al interesado para su publicación.. STELLA PATRICIA GOENAGA CARO Secretaria Firmado Por: STELLA PATRICIA GOENAGA CARO SECRETARIO SECRETARIO - JUZGADO 004 MUNICIPAL CIVIL DE LA CIUDAD DE SOLEDAD-ATLANTICO Este documento fue generado con firma elecctrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e6757d58c0963f8dbadfd6c7a34e1c6ca1 6e54f6b445ee02bb53e48b324dd7f7 Documento generado en 27/08/2020 12:43:13 p.m
BANCO
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