Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura República de Colombia Consejo Superior de la Judicatura Consejo Superior de la Judicatura República de Colombia Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Juzgado Promiscuo Municipal de Puerto Colombia EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE PUERTO COLOMBIA. EMPLAZA. A PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derecho a intervenir en el proceso de PERTENENCIA con número de radicación 085734089001- 2019 -00813-00, por Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de dominio promovida por CARLOS MARIO GAMARRA SIERRA CC. 1.129.495.051, por medio de apoderado judicial contra BANCO SERFINANZA S.A. NIT. 860.043.186-6 Y PERSONAS INDETERMINADAS, a fin de notificarse del auto admisorio de la demanda de fecha enero veintiuno (21) del año Dos Mil Veinte (2020). El Bien a prescribir es el siguiente: el inmueble con folio de matrícula inmobiliaria No. 040 204105 y con número referencia catastral No. 00-01-00-00-0000- 1001-0-00-00-0000, ubicado en la carrera 39A No. 4-81 Urbanización Vistas de Pradomar, corregimiento de Salgar, municipio de Puerto Colombia. Se les hace saber a los emplazados, que si dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente Edicto, no han comparecido a este Juzgado a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda antes mencionada, se les nombrará Curador Ad- Litem para que los represente en el proceso, con quién se surtirá la notificación. En la forma establecida en el artículo 108 del C.G. del P., se dispone que el emplazamiento se surta mediante la inclusión del nombre del emplazado, las partes del proceso, su naturaleza y la designación de este juzgado en un listado que se publicará por una sola vez en un medio escrito (prensa) de amplia circulación nacional o en un medio de comunicación hablada (radio) que tenga cobertura a nivel nacional. La parte interesada dispondrá la publicación del listado a través de uno de los medios de comunicación expresamente señalados por este juzgado. Si la parte interesada dispone la publicación del listado en un medio escrito de comunicación podrá hacerlos en el diario EL TIEMPO, EL ESPECTADOR, EL HERALDO, caso en el cual la publicación se hará en día domingo, y el interesado allegará al. Proceso copia informal de la página respectiva del periódico donde se hubiere publicado el listado. Si la publicación del listado la realiza por radio (RCN O CARACOL), podrá hacerse cualquier día entre las 6 de la mañana y las 11 de la noche caso en el cual allegará al expediente, constancia sobre su emisión o transmisión; suscrita por el administrador o funcionario de la emisora. Se expide en Puerto Colombia, a los dieciocho (18) días del mes de Febrero del año Dos mil Veinte (2020). HENRY CAMPO SAÉNZ Secretario
CARLOS
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