En cumplimiento de lo establecido en la resolución 0000017 de 14 de enero de 2021 emitida por la Corporación Autónoma Regional del Atlántico – CRA, se publica lo siguiente: LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO – CRA, RESUELV ARTICULO PRIMERO: La empresa AIR-E S.A.S. E.S.P. identificada con NIT 901.380.930-2, representada legalmente por la señora Heidy Calderón Prado o quien haga sus veces al momento de su notificación, deberá dar cumplimiento a las obligaciones que se relacionan a continuación: 1. Presentar el reporte de la implementación del Programa Manejo ambiental de residuos de construcción y demolición – RCD, con sus respectivos soportes deberá ser emitido a la autoridad ambiental competente dentro de los 45 días calendario siguiente a la terminación de la obra. 2. Se prohíbe el abandono de residuos de construcción y demolición en el territorio nacional. 3. No podrá disponer residuos de construcción y demolición en espacio público o en los rellenos sanitarios. 4. No deberá mezclar los RCD generados con residuos sólidos ordinarios o residuos peligrosos. 5. No podrá recibir en los sitios de disposición final de RCD, residuos sólidos ordinarios o residuos peligrosos mezclados con RCD. 6. Se prohíbe el almacenamiento temporal o permanente de RCD en zonas verdes, aéreas, arbolizadas, reservas forestales, áreas de recreación y parques, ríos, quebradas, playas, canales, caños, páramos, humedales, manglares y zonas ribereñas. ARTÍCULO SEGUNDO: El informe técnico No 493 del 24 de 2020, hace parte integral de la presente Resolución. ARTÍCUO TERCERO: La CRA, supervisará y/o verificará en cualquier momento el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acto administrativo, cualquier contravención de la misma podrá ser casual para que se apliquen las sanciones referidas en al Ley 1333 de 2009. ARTÍCULO CUARTO: Notificar en debida forma a través de medios electrónicos, al correo electrónico gmoralese@air-e.com del contenido del presente acto administrativo a los interesados o a su apoderado debidamente constituido, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55,56 y numeral 1 del artículo 67 de la Ley 1437 de 2011. PARÁGRAFO: El representante legal de la empresa AIR-E S.A.S. E.S.P. identificada con el NIT 901.380.930-2, o quien haga sus veces, deberá informar por escrito o al correo electrónico notificaciones@crautonoma.gov.co la dirección de correo electrónico por medio del cual autoriza a la CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL ATLANTICO C.R.A. surtir la notificación y/o comunicación de acros administrativos, requerimientos o demás oficios que se produzcan a partir del momento de la autorización. La empresa AIR-E S.A.S. E.S.P. identificada con el NIT 901.380.930-2, deberá informar oportunamente a la CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL ATLANTICO C.R.A. sobre los cambios a la dirección de correo que se registre en cumplimiento del presente parágrafo. ARTICULO QUINTO: La empresa AIR-E S.A.S. E.S.P. identificada con el NIT 901.380.930-2, deberá publicar la parte resolutiva del presente proveído en un periódico de amplia circulación en los términos de la Ley 1437 de 2011 (artículo 73) en concordancia con loa previsto en el artículo 70 de la Ley 99 de 1993. Dicha publicación deberá realizarse en un término máximo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación del presente Acto Administrativo, y remitir copia a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta entidad, en un término de cinco días hábiles. PARAGRAFO: Una vez ejecutoriado el presente Acto Administrativo, la Subdirección de Gestión Ambiental, procederá a realizar la correspondiente publicación. ARTÍCULO SEXTO: Contra el presente acto administrativo, procede el Recurso de Reposición ante la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación, al cual podrá ser interpuesta personalmente o por medio de apoderado y por escrito, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación conforme a lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011. Dado en Barranquilla a los 14 días del mes de enero de 2021 NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE JAVIER E RESTREPO VIECO Subdirector de Gestión Ambiental
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