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Descripción

Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura de Atlántico JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE MALAMBO EJECUTIVO HIPOTECARIO DE MÍNIMA CUANTÍA RADICADO No. 084 334089001 20170015500 DEMANDANTE: BANCOLOMBIA S.A. DEMANDADO: MARISOL BUELVAS PUCHE ASUNTO: CORREGIR PROVIDENCIA AVISO DE REMATE NO. 3 – 2024 EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE MALAMBO – ATLÁNTICO HACE SABER: Que, en el proceso ejecutivo hipotecario promovido por BANCOLOMBIA S.A., contra MARISOL BUELVAS PUCHE, con radicación 08433 4089001 20170015500, mediante providencia fechada de 30 de julio de 2024 y corregida mediante providencia fechada de 30 de septiembre de 2024, se resolvió: 1. Señalar el día miércoles, 30 de octubre de 2024, a las 10:00 AM, para realizar de manera virtual, diligencia de remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria número 041-30950, de propiedad de la parte demandada, el cual se encuentra embargado, secuestrado, avaluado y ubicado en la Carrera 28 No. 22-41 en jurisdicción del municipio de Malambo. 2. Para lo anterior, se requiere a los apoderados judiciales de las partes y a los interesados para que remitan sus correos electrónicos al cual se les comunicará el canal disponible, previamente a la audiencia, a efecto de establecer la conexión y contar con la asistencia técnica para el desarrollo de esta. 3. Efectuar la inclusión del remate en un listado que se publicará por una sola vez el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para llevar a cabo la audiencia de remate en un periódico de amplia circulación en la localidad, sea el HERALDO, EL TIEMPO, o LA LIBERTAD, debiendo contener el listado a publicar, la información establecida en el artículo 450 del Código General del Proceso. 4. Requerir a la demandante y a su apoderada con el fin de que allegue copia informal de la página en que se publique el listado o la constancia de publicación expedida por el referido diario, y se agregará al expediente antes de la apertura de la licitación, acompañada del certificado de tradición del inmueble mencionado, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia. 5. La licitación empezará a la hora indicada y sólo será suspendida una vez transcurrida una (1) hora desde su inicio. Fijar como base de la licitación la suma de $ 49.224.000 correspondiente al 70% del avalúo del bien inmueble, el cual corresponde a $ 70.320.000. Así las cosas, para hacer postura en la subasta, los interesados deberán consignar previamente en dinero a órdenes del Juzgado, en la cuenta de depósitos judiciales No. 084332042001, que tiene este Despacho Judicial en el Banco Agrario de Colombia, el 40% del avalúo del bien objeto del proceso, pudiendo hacer postura ÚNICAMENTE dentro de los 5 días anteriores al remate, caso en el cual no sería necesaria su presencia en la subasta, o podrán presentar su oferta una vez iniciada la audiencia de remate de conformidad con los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso, y si se presenta algún comunero como postor deberá tener en cuenta lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 411 ibídem. 6. Las posturas para el remate se recibirán ÚNICAMENTE en el correo electrónico j01prmpalmalambo @cendoj.ramajudicial.gov.co y deben ser remitidas en documento cifrado con contraseña, a fin de garantizar que su contenido solo pueda conocerse en el momento de la diligencia; y en el asunto se deberá indicar “POSTURA REMATE PROCESO 08433408900 120170015500”. 7. Publicar el aviso de remate en el micro sitio web de este despacho en la página web de la Rama Judicial, en el ítem “REMATES”. 8. Disponer que las partes intervinientes, deberán seguir el protocolo de audiencias judiciales de la Rama Judicial, adoptado mediante ACUERDO PCSJA24-12185 de fecha 27 de mayo de 2024, el cual, podrá consultar aquí: e79ba9d4-80ce-6f86- 87c3-b1d7874fe590 (ramajudicial.gov.co). Se advierte a la parte interesada que la mencionada audiencia será realizada de manera virtual por la plataforma Lifesize, garantizando los principios de transparencia, integridad y autenticidad, para lo cual las partes interesadas deberán indicar a este despacho los correos electrónicos a los cuales se les hará llegar el respectivo link donde deberán conectarse en la fecha señalada. Por último, al allegar el certificado de tradición del bien inmueble, este debe ser expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, en cumplimiento al inciso 2 del Art. 450 del Código General del Proceso, el cual debe ser enviado al correo electrónico institucional asignado a este Despacho. Finalmente, se informa que, en la respectiva diligencia de secuestro, actuó como auxiliar de la justicia, el señor JAN CARLOS CAMPO REYES, identificado con C.C. 1129529486, quien puede ser localizado al teléfono 3017510893, a la dirección: Carrera 8L No. 128-50 del Barrio Caribe Verde en Barranquilla y al correo electrónico jonqui21 @hotmail.com. Para efectos del artículo 450 del Código General del Proceso, se fija por segunda vez el presente aviso, el día primero (1) de octubre de 2024, en el micro sitio web de este despacho en la página web de la Rama Judicial, en el ítem “REMATES” y en la cartelera física del Despacho. Atentamente, Secretario DONALDO AUGUSTO ESPINOSA RODRÍGUEZ. Firmado Por: Donaldo Espinoza Rodriguez Secretario Juzgado Municipal Juzgado 001 Promiscuo Municipal Malambo – Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0ffce 0c4d6 b142feee92 c7da8f1f10a1abaa 31db0d63c21bc2e49 cdf3585bd2b Documento generado en 30/09/2024 02:33:35 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https:// procesojudicial.ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica. IDWEB:1573969

Ubicación

Barranquilla

Fecha de publicación

Publicado 2024-10-13 00:00:00

Ficha técnica

Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura de Atlántico JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE MALAMBO EJECUTIVO HIPOTECARIO DE MÍNIMA CUANTÍA RADICADO No. 084 334089001 20170015500 DEMANDANTE: BANCOLOMBIA S.A. DEMANDADO: MARISOL BUELVAS PUCHE ASUNTO: CORREGIR PROVIDENCIA AVISO DE REMATE NO. 3 – 2024 EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE MALAMBO – ATLÁNTICO HACE SABER: Que, en el proceso ejecutivo hipotecario promovido por BANCOLOMBIA S.A., contra MARISOL BUELVAS PUCHE, con radicación 08433 4089001 20170015500, mediante providencia fechada de 30 de julio de 2024 y corregida mediante providencia fechada de 30 de septiembre de 2024, se resolvió: 1. Señalar el día miércoles, 30 de octubre de 2024, a las 10:00 AM, para realizar de manera virtual, diligencia de remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria número 041-30950, de propiedad de la parte demandada, el cual se encuentra embargado, secuestrado, avaluado y ubicado en la Carrera 28 No. 22-41 en jurisdicción del municipio de Malambo. 2. Para lo anterior, se requiere a los apoderados judiciales de las partes y a los interesados para que remitan sus correos electrónicos al cual se les comunicará el canal disponible, previamente a la audiencia, a efecto de establecer la conexión y contar con la asistencia técnica para el desarrollo de esta. 3. Efectuar la inclusión del remate en un listado que se publicará por una sola vez el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para llevar a cabo la audiencia de remate en un periódico de amplia circulación en la localidad, sea el HERALDO, EL TIEMPO, o LA LIBERTAD, debiendo contener el listado a publicar, la información establecida en el artículo 450 del Código General del Proceso. 4. Requerir a la demandante y a su apoderada con el fin de que allegue copia informal de la página en que se publique el listado o la constancia de publicación expedida por el referido diario, y se agregará al expediente antes de la apertura de la licitación, acompañada del certificado de tradición del inmueble mencionado, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia. 5. La licitación empezará a la hora indicada y sólo será suspendida una vez transcurrida una (1) hora desde su inicio. Fijar como base de la licitación la suma de $ 49.224.000 correspondiente al 70% del avalúo del bien inmueble, el cual corresponde a $ 70.320.000. Así las cosas, para hacer postura en la subasta, los interesados deberán consignar previamente en dinero a órdenes del Juzgado, en la cuenta de depósitos judiciales No. 084332042001, que tiene este Despacho Judicial en el Banco Agrario de Colombia, el 40% del avalúo del bien objeto del proceso, pudiendo hacer postura ÚNICAMENTE dentro de los 5 días anteriores al remate, caso en el cual no sería necesaria su presencia en la subasta, o podrán presentar su oferta una vez iniciada la audiencia de remate de conformidad con los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso, y si se presenta algún comunero como postor deberá tener en cuenta lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 411 ibídem. 6. Las posturas para el remate se recibirán ÚNICAMENTE en el correo electrónico j01prmpalmalambo @cendoj.ramajudicial.gov.co y deben ser remitidas en documento cifrado con contraseña, a fin de garantizar que su contenido solo pueda conocerse en el momento de la diligencia; y en el asunto se deberá indicar “POSTURA REMATE PROCESO 08433408900 120170015500”. 7. Publicar el aviso de remate en el micro sitio web de este despacho en la página web de la Rama Judicial, en el ítem “REMATES”. 8. Disponer que las partes intervinientes, deberán seguir el protocolo de audiencias judiciales de la Rama Judicial, adoptado mediante ACUERDO PCSJA24-12185 de fecha 27 de mayo de 2024, el cual, podrá consultar aquí: e79ba9d4-80ce-6f86- 87c3-b1d7874fe590 (ramajudicial.gov.co). Se advierte a la parte interesada que la mencionada audiencia será realizada de manera virtual por la plataforma Lifesize, garantizando los principios de transparencia, integridad y autenticidad, para lo cual las partes interesadas deberán indicar a este despacho los correos electrónicos a los cuales se les hará llegar el respectivo link donde deberán conectarse en la fecha señalada. Por último, al allegar el certificado de tradición del bien inmueble, este debe ser expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate, en cumplimiento al inciso 2 del Art. 450 del Código General del Proceso, el cual debe ser enviado al correo electrónico institucional asignado a este Despacho. Finalmente, se informa que, en la respectiva diligencia de secuestro, actuó como auxiliar de la justicia, el señor JAN CARLOS CAMPO REYES, identificado con C.C. 1129529486, quien puede ser localizado al teléfono 3017510893, a la dirección: Carrera 8L No. 128-50 del Barrio Caribe Verde en Barranquilla y al correo electrónico jonqui21 @hotmail.com. Para efectos del artículo 450 del Código General del Proceso, se fija por segunda vez el presente aviso, el día primero (1) de octubre de 2024, en el micro sitio web de este despacho en la página web de la Rama Judicial, en el ítem “REMATES” y en la cartelera física del Despacho. Atentamente, Secretario DONALDO AUGUSTO ESPINOSA RODRÍGUEZ. Firmado Por: Donaldo Espinoza Rodriguez Secretario Juzgado Municipal Juzgado 001 Promiscuo Municipal Malambo – Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0ffce 0c4d6 b142feee92 c7da8f1f10a1abaa 31db0d63c21bc2e49 cdf3585bd2b Documento generado en 30/09/2024 02:33:35 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https:// procesojudicial.ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica. IDWEB:1573969

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